Principio de no bis in idem
Enviado por anny20ynca • 6 de Mayo de 2013 • Ensayo • 974 Palabras (4 Páginas) • 423 Visitas
XI. PRINCIPIO DE NO BIS IN IDEM.
1) Definición.
§ i. “Este principio implica que nadie puede sufrir más de una sanción por el mismo hecho(..) este principio supone que no recaiga duplicidad de sanciones (administrativa y penal) en los casos en que se aprecia la identidad del sujeto, hecho y fundamento sin existencia de una relación de supremacía especial de la Administración (relación de funcionario, servicio, público, concesionario, etc.) que justificase el ejercicio del ius puniendi por los Tribunales y a su vez la potestad sancionadora de la administración ”.
§ ii. “El respeto al principio de ne bis in idem es según el cual nadie puede ser sancionado más de una vez por el mismo hecho, en base al mismo fundamento ”.
2) El principio de ne bis in idem está vinculado al principio de proporcionalidad.
§ i. “Cuando la correspondiente condena ha de considerarse suficiente desde una perspectiva punitiva, aplicar otra sanción representaría una reacción excesiva del ordenamiento jurídico al infringirle al condenado una sanción desproporcionada respecto a la infracción que ha cometido ”.
§ ii. “El principio ne bis in idem material tiene conexión con el principio de proporcionalidad, está vinculado a la llamada prohibición de exceso, esto es, sancionar más de una vez por el mismo contenido injusto ”.
3) El principio de ne bis in idem está vinculado al principio de legalidad.
§ i. “El principio de ne bis in idem integra el derecho fundamental vinculado al principio de legalidad en materia penal y sancionadora y que se encuentra conectado con las garantías de tipicidad y de legalidad de las infracciones (..). El principio de legalidad impide que un mismo hecho pueda ser sancionado más de una vez ”.
§ ii. “Conduce a declarar que, cuando el ordenamiento permite una dualidad de procedimientos sancionadores, y en cada uno de ellos ha de producirse un enjuiciamiento y una calificación de unos mismos hechos, dicho enjuiciamiento no puede hacerse con independencia en o que se refiere a la apreciación de tales hechos, pues s claro que los mismos no pueden existir y dejar de existir para los organismos del Estado ”.
3) El principio de ne bis in idem material.
§ i. “En su formulación material, el enunciado según el cual, nadie puede ser castigado dos veces por un mismo hecho, expresa la imposibilidad de que recaigan dos sanciones sobre el mismo sujeto por la misma infracción, puesto que tal proceder constituiría un exceso del poder sancionador, contrario a las garantías propias del Estado de Derecho ”.
§ ii. “El principio ne bis in idem impíde que un mismo hecho pueda ser valorado dos veces a efectos agravatorios de la responsabilidad penal (aplicación de circunstancias agravantes que ya han sido tenidas en cuenta en la aplicación del
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