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Principios Constitucionales Tributarios


Enviado por   •  24 de Diciembre de 2012  •  10.006 Palabras (41 Páginas)  •  959 Visitas

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UNIVERSIDAD CASTILLA-LA MANCHA

MAESTRIA EN DERECHO TRIBUTARIO

ASESOR

DR.PEDRO JOSÉ CARRASCO PARRILA

AUTOR

ABOG.ELISA MARIA VIVAS MURILLO

TITULO DE LA INVESTIGACION

“PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES TRIBUTARIOS, ESPAÑA-HONDURAS”

INDICE

I.TITULO DE LA INVESTIGACIÒN………………………………………………..3

II.INTRODUCCION…………………………………………………………………...4

III.CONTENIDO………………………………………………………………............5

3.1. Principios Constitucionales Tributarios de España……………………………..5

3.1.2. Antecedentes Históricos de la Constitución de España….…………………….5

3.2Principios Constitucionales Tributarios Constitución Española de 1978…..…..6

3.2.1 Vías de Acceso a la Justicia Constitucional……………………………………7

3.2.2 Principio de Capacidad Económica…………..………………………………..7

3.2.3 Principio de Generalidad……………………………………………………….9

3.2.4 Principio de Igualdad……..……………………………………………………10

3.2.5 Principio de Progresividad………….…………………………………………14

3.2.6 Principio de No Confiscatoriedad………………..……………………………15

3.2.7 Principio Material de Justicia en el Gasto Público………..…………………17

3.2.8 Principio de Reserva de Ley…………….……………………………………..18

3.3 Principios Constitucionales Tributario de Honduras…………………………..20

3.3.1Antecedentes Históricos Constitución de Honduras ………………………….20

3.3.2 Principios Constitucionales Tributarios Constitución de Honduras 1982….22

3.3.3.Vias de Acceso a la Justicia Constitucional……………………………………23

3.3.4.Principio de Legalidad………………………………………………………….24

3.3.5.Principio de Proporcionalidad…………………………………………………27

3.3.6.Principio de Generalidad………………………………………………………30

3.3.7.Excepción Al Principio de Generalidad………………………………………32

3.3.8.Principio de Equidad…………………………………………………………..36

3.3.9 Principio de Capacidad Económica…………………………………………..38

3.4. Derecho de No Confiscatoriedad……………………………………………….39

3.5. Proporcionalidad del Gasto……………………………………………………...40

IV.CONCLUCIONES………………………………………………………………...41

VI. BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………42

ANEXOS………………………………………………………………………………43

INTRODUCCION

En este contexto se orienta al estudio de los Principios constitucionales Tributarios, su reconocimiento en la constitución sus límites y efectos así como también algunas garantías y derechos individuales, mismos que serán desarrollados en el orden en que se encuentran en la constitución.

Se observarán los Principios Constitucionales Tributarios de España y Honduras, los cuales son normas de orden constitucional que legalmente deben observarse en ambos países, los que son límites al poder del Estado, de asegurar mediante la colaboración de quienes más tienen, los derechos de todos.

Estos principios los estudiaremos desde la perspectiva de la Constitución Española de 1978 la que contiene los principios de Capacidad Económica, Generalidad, Igualdad, Progresividad, No Confiscatoriedad, Principio de Reserva de Ley y Justicia en el Gasto Público.- La constitución de Honduras consagra los principios de legalidad, generalidad, y Equidad, de acuerdo con la Capacidad Económica del Contribuyente.

Analizaremos los derechos que los sujetos pasivos tienen cuando una norma constitucional al ser aplicada se vuelve inconstitucional, las vías de acceso que tienen los mismos en caso de vulneración de estos principios.

Estudiaremos los principios constitucionales tanto de España como de Honduras al tenor de las prescripción de la constituciones vigentes, complementado con un desarrollo doctrinario que manifiesta la actitud de estos principios frente del poder tributario.-Se enfoca igualmente Garantías y Derechos que tienen los ciudadanos y las limitaciones que establece la ley ante los funcionarios públicos para con los sujetos pasivos.

3.1. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES TRIBUTARIOS DE ESPAÑA

3.1.2. ANTECEDENTES HISTORICOS CONSTITUCION DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA.

“La Constitución de 1978 es resultado de un amplio consenso y proclama, entre otros

conceptos, los derechos fundamentales y las libertades públicas, la división de poderes y la soberanía popular.

El 22 de noviembre de 1975, dos días después de la muerte del general Franco, Juan Carlos I fue proclamado Rey de España. Comenzaba la transición hacia un régimen político democrático. La legalización de todos los partidos políticos, previa a las elecciones de junio de 1977, aseguró la composición de unas Cortes constituyentes que

Reflejaran adecuadamente la pluralidad de la sociedad española.

La Constitución de 1978 es el resultado de un amplísimo consenso y está plenamente Integrada en la tradición democrática occidental. La proclamación de los derechos Fundaméntales y las libertades públicas, la división de poderes y la soberanía popular son su núcleo esencial. Del pueblo español emanan todos los poderes de un Estado social y democrático de derecho, que adopta como forma de gobierno la Monarquía Parlamentaria.

La gran novedad de la Constitución de 1978 es el reconocimiento pleno de las Comunidades Autónomas, que ha servido para avanzar en el proceso de Descentralización política y administrativa.

Lo cierto es que la Constitución de 1978 constituye un hecho único en la historia del constitucionalismo español, ya que por primera vez en nuestra historia

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