PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES PRINCIPIOS TRIBUTARIOS
Enviado por Daya Vimos • 1 de Mayo de 2018 • Documentos de Investigación • 2.652 Palabras (11 Páginas) • 189 Visitas
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
PRINCIPIOS TRIBUTARIOS
DAYANA MARIBEL VIMOS ROSILLO
DR. NELSON PAZ
DERECHO III
TERCERO “2”
ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO
FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
ESCUELA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
RIOBAMBA-ECUADOR
2018
Índice
1. Introducción 3
2. Desarrollo 4
2.1. Principios Constitucionales 4
2.1.1. Generalidad 4
2.1.2. Progresividad 4
2.1.3. Eficiencia 5
2.1.4. Simplicidad Administrativa 5
2.1.5. Irretroactividad 6
2.1.6. Equidad 7
2.1.7. Transparencia 7
2.1.8. Suficiencia Recaudatoria 8
2.2. Principios Tributarios 8
2.2.1. Legalidad 8
2.2.2. Generalidad 9
2.2.3. Igualdad 10
2.2.4. Proporcionalidad 10
2.2.5. Irretroactividad 10
3. Conclusiones 12
4. Bibliografía 13
Introducción
Los Principios Constitucionales son la forma en la que el Estado recaudara los tributos es decir, un tipo de ideología planteada para hacer de esta responsabilidad más fácil en el Ecuador los principios que poseemos son 8 y son los siguientes según el Art 300 de la Constitución de la Republica del 2008:
- Generalidad
- Progresividad
- Eficiencia
- Simplicidad administrativa
- Irretroactividad
- Equidad
- Transparencia
- Suficiencia recaudatoria
Estos principios son la base para que exista una buena administración dentro de cada país de igual manera para ser más específicos existen los principios Tributarios que son similares a los Constitucionales ya que cumplen la misma función.
Es necesario recalcar que si no existirían estos principios la administración tributaria sería muy compleja, y existirían complicaciones al momento de la recaudación de los tributos.
El Código Tributario en su Art 5 nos indica otros principios que son utilizados para la Administración de los tributos y son los siguientes:
Generalidad, Legalidad, Igualdad, Proporcionalidad e Irretroactividad.
Con los cuales se lograra un mejor desempeño en el área de Tributación y en sus leyes.
Desarrollo
Principios Constitucionales
(ConstitucionDelEcuador, 2008) Art. 300.- El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos.
La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables. (Analuisa, 2011)
Generalidad
El régimen tributarlo se rige por el principio de generalidad, es decir, las ley tributaria tienen carácter de general y abstracta, motivo por el cual no está direccionada a determinada persona o grupo de personas, todo ello sea concediéndoles beneficios, exenciones o imponiéndoles gravámenes. (Analuisa, 2011)
El inciso 4 del Art. 66 de la Constitución de la República determina:
Art. 66. Se reconoce y garantiza a las personas:
- Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación.
Progresividad
Nuestra Constitución de la República al establecer que debe priorizarse en el Régimen Tributario los impuestos progresivos, estableciendo por lo tanto que la fijación de los tributos se realizara tomando en consideración una tarifa gradual.
Este principio proclama que conforme aumenta o mejora la capacidad económica de una persona, debe de aumentarse de manera gradual, los gravámenes que debe pagar dicha persona por concepto de tributos. (Analuisa, 2011)
Eficiencia
Este principio tiene estrecha vinculación con el ámbito administrativo, se lo ha incluido con la finalidad de que sea obligación del Estado, el propiciar de que las Administraciones Tributarias sean eficientes, es decir que obtengan los mejores resultados, con la utilización de menor cantidad de recursos.
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