Procedimiento Familiar
Enviado por ivan8027 • 16 de Abril de 2015 • 329 Palabras (2 Páginas) • 156 Visitas
1. La conciliación. Definición e importancia
En un proceso judicial la solución del caso radica en la decisión del Juez, quien habiendo investigado y luego estudiado los hechos, llega a ciertas convicciones respecto de ellos y sus circunstancias; posteriormente, los analizará dentro del ordenamiento jurídico y arribará a conclusiones jurídicas, las que articulará en una decisión final, considerando diversos factores, como los principios en juego, las consecuencias sociales y económicas del fallo (el impacto del fallo en la sociedad), entre otros aspectos. Esta solución de la controversia es heterocompositiva[1], es decir, se encuentra fuera de la decisión de las partes.
Sin embargo, nuestro sistema y cultura admite –y muchas veces, prefiere- la solución autocompositiva, por la que la solución a la que llegan las partes es de común acuerdo.
La conciliación[2] es una forma de autocomposición dirigida de lo que es materia de controversia, que puede realizarse antes de acudir al Poder Judicial[3], o dentro de un proceso judicial. Es una forma de autocomposición dirigida, por cuanto en ella un tercero interviene, pero no decide, solo dirige, orienta, coadyuva a que las partes alcancen la solución a su conflicto de intereses.
En términos generales, puede definirse la conciliación como “la intervención de un tercero entre los portadores de dos intereses en conflicto con objeto de inducirles a una composición justa.”[4], así como “el acto jurídico e instrumento por medio del cual las partes en conflicto, antes de un proceso o en el transcurso de éste, se someten a un trámite conciliatorio para llegar a un convenio de todo aquello que es susceptible de transacción y que lo permita la Ley, teniendo como intermediario objetivo e imparcial, la autoridad del Juez, otro funcionario o particular debidamente autorizado para ello, quien, previo conocimiento del caso, debe procurar por las fórmulas justas de arreglo expuestas por las partes o en su defecto proponerlas y desarrollarlas, a fin que se llegue a un acuerdo, el que contiene derechos constituidos y reconocidos con carácter de cosa juzgada.”
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