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PROCEDIMIENTO FAMILIAR PRIVILEGIADO SOBRE


Enviado por   •  20 de Abril de 2015  •  Tesis  •  5.409 Palabras (22 Páginas)  •  306 Visitas

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EXPEDIENTE NÚMERO: ____ /2015

CAROLINA HUERTA MARTINEZ

V & S

LUIS ALBERTO MENDOZA DURAN.

PROCEDIMIENTO FAMILIAR PRIVILEGIADO SOBRE

PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD.

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.

CAROLINA HUERTA MARTINEZ, promoviendo por mi propio derecho, con domicilio particular en la casa marcada con el número 19 diecinueve de la Calle New México (Nuevo México) de la Colonia Vista Alegre de esta Ciudad e Puebla, Puebla; y señalando como domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones en el despacho ubicado en Calle 16 dieciséis de Septiembre Numero 1310 mil trescientos diez Colonia El Carmen de esta Ciudad de Puebla, Puebla; y en estricto cumplimento a los señalado en el artículo 19 en correlación al 22 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla designando como nuestra Abogada Patrona a la C. LIC. GABRIELA PORRAS CERVANTES, Abogado con numero de cedula profesional 6535876, expedida por la Dirección General de Profesiones así como debidamente registrado entre el H. Tribunal Superior de Justicia en el Estado por acuerdo de Pleno de fecha 19 diecinueve de diciembre del año dos mil seis bajo la partida noventa y nueve, a fojas veinticinco vuelta, libro noveno; ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Q U E, por medio del presente escrito y con documentos que acompaño vengo a promover PROCEDIMIENTO FAMILIAR PRIVILEGIADO, solicitando LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, de mi menor hijo de nombre VICTOR HUGO MENDOZA HUERTA, en contra del C. LUIS ALBERTO MENDOZA DURÁN, a quien le señalo como domicilio para ser emplazado el ubicado, en la casa marcada con el numero 78 setenta y ocho de la Calle Abandames en el Fraccionamiento Vista Alegre en la Colonia de San José Xilotzingo, de esta ciudad de Puebla, Puebla.

“P R E S T A C I O N E S”

A) LA PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD SOBRE MI MENOR HIJO DEL MATRIMONIO DE NOMBRE LUIS ALBERTO MENDOZA DURÁN, POR HABER DADO CAUSA EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN VIDEL ARTICÚLO 628 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE PUEBLA.

B) EL PAGO DE GASTOS Y COSTAS QUE SE ORIGINEN POR LA TERMINACIÓN DEL PRESENTE JUICIO.

Fundo la presente solicitud al tenor de las siguientes particulares y consideraciones de orden legal:

“H E C H O S”

1.- Que con fecha 30 treinta de septiembre del año 1999 mil novecientos noventa y nueve, contraje Matrimonio Civil con el Señor LUIS ALBERTO MENDOZA DURÁN, lo cual acredito con la copia certificada del acta de matrimonio numero 747 setecientos cuarenta y siete, del libro de matrimonios numero 04 cuatro, del año 1999 mil novecientos noventa y nueve, Celebrado ante el Juzgado Segundo del Registro del Estado Civil, y que me permito exhibir como Anexo #1.

2.- Durante la vigencia de nuestro matrimonio procreamos a mi menor hijo VICTOR HUGO MENDOZA HUERTA, que actualmente cuenta con 15 quince años de edad, tal y como se demuestra en la copia certificada del acta de nacimiento numero 3016 tres mil treinta y seis, asentada en el libro numero 16 dieciséis de nacimientos del año 1999 mil novecientos noventa y nueve, de fecha 30 treinta de septiembre del año 1999 mil novecientos noventa y nueve, expedida por la autoridad competente para ello, y que se exhiben con este escrito de demanda como anexo numero #2.

3.- Que en fecha 08 ocho de marzo de 2006 dos mil seis, se declaró por sentencia firme el Divorcio de la suscrita con el hoy demandado, según se acredita con la copia certificada del Acta de Divorcio numero 00112 ciento doce, asentada en el libro 01 uno de Divorcios del año 2006 dos mil seis, de fecha 03 tres de agosto del año 2006 dos mil seis, expedida por la autoridad competente para ello, y que se exhiben con este escrito de demanda como anexo numero #3; así como de la copia Certificada de la Sentencia Definitiva de fecha 06 seis de marzo del año 2006 dos mil seis, y del Auto que la declara Ejecutoriada de fecha 01 uno de julio del año 2006 dos mil seis, que se encuentra a foja 16 dieciséis vuelta y 24 veinticuatro vuelta respectivamente de las copias del expediente número 1257/2005 radicado en el H. Juzgado Cuarto de lo Familiar y que se sirviera expedir el secretarios de acuerdo correspondiente, y que se anexa al presente escrito de demanda como anexo número #4.

4.- En el convenio de Divorcio que nos permitimos exhibir ante el Juez correspondiente, acordamos en la CLAUSULA PRIMERA, la suscrita y el hoy demandado, que con relación a nuestro menor hijo de nombre VICTOR HUGO MENDOZA HUERTA, quedaría bajo la guarda y custodia de la suscrita, tal y como consta en el Convenio que obra en la copia Certificada del Escrito de Demanda y Convenio correspondiente de fecha 11 once de octubre del año 2011 dos mil once, que se encuentra a foja 4 cuatro, de las copias del expediente número 1257/2005, radicado en el H. Juzgado Cuarto de lo Familiar y que se sirviera expedir el secretarios de acuerdo correspondiente, y que se anexa al presente escrito de demanda como anexo número #4.

5.- Es importante precisar, que también el citado convenio de divorcio necesario, se estableció y acordó sobre los alimentos del menor hijo del matrimonio, quedando en la siguiente forma.

TERCERA: EL MODO DE SUBVENIR LAS NECESIDADES DEL HIJO DE NOMBRE VICTOR HUGO MENDOZA HUERTA, TANTO DURANTE EL PROCEDIMENTO COMO DESPUES DE EJECUTORIADO EL DIVORCIO, ASÍ COMO LA FORMA DE HACER EL PAGO Y LA GARANTIA QUE DEBE DARSE PARA ACEGURARLO; las partes convienen al respecto que en virtud de que el hijo de los comparecientes de nombre LUIS ALBERTO MENDOZA DURÁN, se hará cargo el señor ALBETO MENDOZA JUAREZ, cubrirá este concepto de manera mensual aportando la cantidad de $4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) ,misma que serán depositados mensualmente en la cuenta bancaria número 1112127032, del banco BBV Bancomer, así como el importe de la colegiatura correspondiente de cada uno de los meses del periodo escolar, y del periodo vacacional. También conviene a las partes que el Señor ALBERTO MENDOZA JUAREZ, cubrirá el importe de la matricula e inscripción correspondiente.

A si mismo las partes están de acuerdo en que el incremento que deberá sufrir la cantidad que aportara el Señor LUIS ALBERTO MENDOZA DURÁN, será de cuerdo al incremento que fuera el salario mínimo vigente del Estado de Puebla.

Es importante señalar que sobre dicha Cláusula de la

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