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Proceso Administrativo


Enviado por   •  19 de Enero de 2014  •  1.510 Palabras (7 Páginas)  •  1.189 Visitas

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ORIGEN Y CONCEPTOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

El procedimiento administrativo se podría definir, como aquella actividad administrativa con eficacia extrema, que se dirige al examen, preparación y emisión de un acto administrativo o a la conclusión de un convenio jurídico público, incluyendo la emisión del acto administrativo o la conclusión de un convenio.

El procedimiento administrativo constituye la forma propia de la función administrativa.

Así como existe un procedimiento legislativo para la formación de las leyes y de la misma manera existe desde hace mucho tiempo el procedimiento judicial o jurisdiccional, existe también, aunque de manera mas reciente el procedimiento administrativo.

Antonio Morales Coubet sostiene en un interesante articulo sobre el Procedimiento Administrativo que "la idea de un procedimiento administrativo se encuentra expresada en los inicios del derecho administrativo con el advenimiento del Estado Legalista, moldeado en los principios de la Revolución Francesa".

Fue Jose Maria Gerando, esclarecido filosofo y jurista francés quien el el 1822 introduce el termino procedimiento administrativo para designar "las reglas de tramitación de los asuntos propios de la administración como tarea preparatoria que ha de conducir a la decisión administrativa".

Sin embargo el termino "procedimiento administrativo" dio lugar a controversias, pues para algunos juristas deben ser los tribunales ordinarios los competentes para conocer de las reclamaciones fundadas en la ilegalidad de los actos de la administración.

Pero para otros juristas no se le debe reconocer a los tribunales de justicia el poder de restablecer el derecho entre la administración y los particulares, ya que eso quebrantaría el principio de la separación de los poderes.

De todas maneras, lo cierto y verdadero es que ya no se puede hablar de una justicia penal o una justicia civil, sino que también hay que hablar de una justicia administrativa, que es la encargada de dirimir o resolver cualquier controversia o diferencias entres los agentes administrativos y los particulares.

Adolfo Merkl sostiene que "todo acto administrativo es un procedimiento administrativo y los actos administrativos se presentan como simples productos del procedimiento".

Es indiscutible que las leyes austríacas sobre procedimiento administrativo vinieron a construir un gran paso de avance en la ciencia jurídica, y en especial en el derecho administrativo.

Esas leyes austríacas sobre procedimiento administrativo son cuatro, todas ellas de 1923:

1. La ley de introducción al procedimiento administrativo.

2. La ley general sobre procedimiento administrativo.

3. La ley sobre procedimiento administrativo penal.

4. La ley sobre procedimiento administrativo de ejecución.

Fue a partir de esas importantes leyes que se produce en los demás países un poderoso flujo que determina la codificación o la elaboración de leyes de procedimiento administrativo.

Ese flujo ha alcanzado a la casi totalidad de los países europeas, exceptuando naturalmente a Francia e Italia.

Es preciso señalar que en España el procedimiento administrativo había tenido un origen anterior a las leyes austríacas de 1925. Es tan así, que para el año de 1889 el gran jurista español Gumersindo de Azcárate había formulado la ley de Rases del procedimiento administrativo redactada de una manera magistral.

En lo que respecta a nuestro país, hasta el año de 1947 no existía una jurisdicción contencioso administrativa, y por lo tanto, no se podía hablar seriamente de la existencia de un procedimiento administrativo. Antes de esa fecha teníamos solamente tribunales especiales a quienes la ley confiaba el encargo de decidir las diferencias de esa índole, en casos muy determinados. Fue el 2 de agostas del año 1947, cuando mediante la ley no. 1494, se instituyó la jurisdicción contencioso-administrativa y con ella el procedimiento administrativo.

OBJETO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y SUS ELEMENTOS.

El procedimiento administrativo tiene por objeto asegurar el cumplimiento del principio de legalidad en toda su extensión. De nada valdría decir que si la administración le causa un daño o perjuicio a un particular, debe repararlo si en la practica no existe un procedimiento para asegurar el cumplimiento de dicho principio. La elaboración de ese procedimiento es lo que le da forma o sustancia a dicho principio.

Dicen los procedimientalistas que procedimiento y forma son inseparables. El procedimiento representa el hacer, en tanto que la forma constituye el producto obtenido, lo hecho.

Es de doctrina y jurisprudencia que no es sólo al interesado o al particular a quien le debe interesar la corrección del acto administrativo, sino que asimismo le corresponde a la administración, que, en casos taxativos, puede declarar la nulidad o la revocación de sus propios actos.

En definitiva, el procedimiento administrativo persigue alcanzar estos objetivos:

1. Que la administración a la hora de actuar se sujete siempre a las reglas del derecho, a fin de que sus actos no resulten antijurídicos o ilegales.

2. La protección o tutela de los derechos e intereses de quienes intervienen en el procedimiento, es decir, debe

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