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Proceso Electoral


Enviado por   •  27 de Febrero de 2014  •  5.169 Palabras (21 Páginas)  •  579 Visitas

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PROCESO ELECTORAL UNIDAD VII.

El Instituto Federal Electoral declara abierto un proceso electoral federal en sesión que lleva a cabo la primera semana de octubre del año anterior al de la elección. El Proceso Electoral Federal comprende cuatro etapas:

a) Preparación de la elección;

b) Jornada electoral;

c) Resultados y declaraciones de validez de las elecciones ; y

d) Dictamen y declaraciones de validez de la elección y de presidente electo.

Durante la primera etapa se llevan a cabo diversas actividades entre las que se encuentra las campañas electorales, las cuales tendrán una duración de noventa días cuando se elija a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Senadores y Diputados y de sesenta días cuando solo se elija a los Diputados Federales. Las campañas deben de terminar tres días antes de la fecha electoral y a partir de ese momento queda prohibida cualquier difusión que se propagan así como de encuestas o estudios estadísticos sobre las elecciones. Las encuestas de salida y conteos rápidos pueden ser dados a conocer hasta las 20 del Tiempo del Centro 18:00 del Tiempo del Pacífico del día de la elección, que es el momento en que cierran los últimos Colegios Electorales.

También durante esta etapa se realiza un sorteo para seleccionar a los ciudadanos que cuentan con credencial para votar con fotografía para ser capacitados como funcionarios de casilla. Estos ciudadanos serán los encargados de instalar las casillas, recibir la votación y contar los votos.

En México, los Colegios Electorales donde se lleva a cabo la votación son denominados ''Casillas'', estas son instaladas en escuelas, plazas, edificios públicos o casas particulares, una por cada 750 electores de la sección electoral. Una sección electoral es un segmento de entre 50 y 1500 electores en los que se divide un Distritos electorales de México Distrito

LOS ACTOS PREPARATORIOS DE LA ELECCION

El derecho de solicitar el registro de candidatos a cargos de elección populares exclusivo de los partidos políticos nacionales.

Las candidaturas a diputados por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, así como la de senadores, también por ambos principios, se registrarán por fórmulas de candidatos compuestas por un propietario y un suplente.

Para el registro de candidaturas, el partido político deberá obtener el registro de la plataforma electoral que sus candidatos sostendrán a lo largo de las campañas políticas; debiendo presentarse para su registro ante el Consejo General, durante los primeros 15 días del mes de enero del año de la elección.

Plazos y Órganos competentes para el registro, en el año de la elección:

a) Diputados por mayoría relativa, del 1º al 15 de abril, por los Consejos Distritales.

b) Diputados por representación proporcional, del 15 al 30 de abril, por el Consejo General.

c) Senadores por mayoría relativa, del 15 al 30 de marzo, por los Consejos Locales correspondientes.

d) Senadores de representación proporcional, del 1º al 15 de abril, por el Consejo General.

e) Para Presidente de la República, del 1º al 15 de enero, por el Consejo General.

Dentro de los tres días en que venzan los plazos, los Consejos Generales, Locales y Distritales celebrarán una sesión para registrar las candidaturas que procedan.

Al concluir la sesión el Secretario Ejecutivo del IFE o los Vocales Ejecutivos, Locales o Distritales, harán pública la conclusión del registro de candidaturas, dando a conocer los nombres del candidato o fórmulas registradas y de aquellos que no cumplieron con el requisito.

La sustitución de candidatos dentro del plazo establecido para el registro de candidatos será libre; vencido el plazo, exclusivamente podrán sustituirlos por causas de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia, no podrán sustituirlos cuando la renuncia se presente dentro de los treinta días anteriores al de la elección.

LAS CAMPAÑAS ELECTORALES

Las campañas electorales son el proceso a través del cual los contendientes (partidos, candidatos o grupos de interés especial) buscan apoyo electoral en una contienda para acceder a cargos públicos.

El periodo de campaña es el que precede a una elección. Muchos países han optado por definir un periodo fijo de campaña durante el que se aplican reglas especiales a los partidos políticos, los candidatos y los medios de comunicación. En la realidad, lo cierto es que las actividades de campaña para buscar un cargo público normalmente se realizan por un periodo mayor al oficialmente previsto por la ley. Otros países optan por no fijar legalmente ningún periodo determinado para realizar actividades de campaña electoral.

En algunos países también existen regulaciones que determinan la vigencia de un “periodo de silencio”, esto es un lapso de algunos días previos a la jornada electoral durante el cual ya no se permite llevar a cabo actos de campaña. Este tipo de regulaciones pueden limitarse únicamente a los medios audiovisuales como la televisión o el cine.

Hay varios temas relacionados con la campaña que pueden afectar la integridad y equidad de la elección. Entre ellos se pueden mencionar la oportunidad de las elecciones, la capacidad para realizar campañas de manera libre, la neutralidad de los oficiales electorales durante la campaña, la seguridad de los contendientes y la posibilidad de acceso a los medios de manera gratuita.

INTEGRACION Y UBICACIÓN DE LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLAS.

Las Mesas Directivas de Casilla, como autoridad electoral son los órganos electorales integrados por ciudadanos que tienen a su cargo respetar y hacer respetar la libre emisión y efectividad del sufragio, garantizar el secreto del voto y asegurar la autenticidad del escrutinio y cómputo en cada una de las casillas, ubicadas en las distintas secciones de los distritos electorales y los municipios del Estado.

Las Mesas Directivas de Casilla se integran con un Presidente, un Secretario, dos escrutadores y tres suplentes generales, designados conforme al procedimiento señalado en el Código Electoral del Estado de México.

Los ciudadanos que integren las Mesas Directivas de Casilla deberán reunir los siguientes requisitos:

• Saber leer y escribir y no tener más de setenta años al día de la elección;

• Estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos;

• Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotografía;

• Residir en la sección electoral respectiva;

• No ser servidor público con cargo directivo con funciones de mando, independientemente de su denominación, en la administración

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