Proceso Sucesorio Intestado
Enviado por eluchichi • 9 de Febrero de 2012 • 3.149 Palabras (13 Páginas) • 2.011 Visitas
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PROCESO SUCESORIO INTESTADO EXTRAJUDICIAL
PRELIMINARES:
En el proceso judicial se presenta la solicitud al tribunal por cualquier interesado, acompañando la certificación de la partida de defunción y las certificaciones de las partidas de nacimiento de los presuntos herederos.
En ese mismo momento se pide que con intervención del PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION se tenga pro incoado el juicio intestado, se hagan las publicaciones, se pidan los informes al Registro y se cite para una junta conciliatoria.
El tribunal así lo resuelve; manda publicar los edictos correspondientes y el día y hora señalados para la junta de herederos debe estar el interesado con las publicaciones efectuadas, acreditar que todos fueron citados, debe acompañarse informe del Primero y Segundo Registrados de la Propiedad, sobre si el causante ha otorgado o no testamento.
El objeto de la junta de herederos, es que éstos comparezcan y expresen si aceptan o no la herencia y, su acuerdo con la forma en que está administrada .
Llenados esos trámites se oye al PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION mandándole al expediente.
Si no hay ninguna oposición de parte de PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION, se dicta el auto declarando herederos, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Posteriormente hay que solicitar al tribunal que se extienda certificación del auto de declaratoria de herederos.
Entonces, si los herederos son mayores de edad y capaces, o sea si no hay ningún menor de edad o declarado incapaz, puede hacerse el inventario respectivo extrajudicialmente. En caso contrario, se tiene que hacer judicialmente.
Si todos son mayores se presenta el inventario con las certificaciones de las partidas y el auto de declaratoria de herederos a la Sección de Mortuales sobre herencias, legados y donaciones de la Dirección de Catastro de Bienes Inmuebles de la SAT.
En esta Sección piden el informe correspondiente a la Matrícula.
Si lo considera pertinente, la Sección de Avalúos practica nuevo avalúo. Si no, se conforma con el practicado.
A continuación se paga el impuesto. Pagado éste, se entrega una nota, además del recibo de pago, por parte de la Dirección General de Rentas para el Registro de la Propiedad, expresando que ha sido pagado el impuesto y que puede registrarse a nombre de tales personas propiedades tales.
Así termina el proceso sucesorio. Si se quiere entrar a la partición, entonces ya es un acto notarial distinto.
Exactamente se produce en la forma notarial, sólo que con mayor celeridad. Se aplican de nuevo los artos. 488 al 502, inclusive, del Código Procesal Civil y Mercantil.
En el Proceso testamentario extrajudicial como en el intestado, si en cualquier momento existe una diferencia de opiniones, en el sentido de que alguno de los herederos ya no quiere que se siga en es forma, por cualquier motivo que se le ocurra y que cree oposición entre los herederos. entonces, puede presentarse ante un Juez de Primera Instancia de lo Civil, manifestando que se torne judicial y el Juez inmediatamente pide el proceso al Notario.
Si el Notario se retrasa le fija un término y si no lo entrega en el señalado, manda extraer los autos. Inclusive le podría formular cargos en la vía penal.
La única razón que podría tener un Notario para resistirse es que no le hayan sido cubiertos los honorarios correspondientes.
De tal manera que si no llegan a ponerse de acuerdo las partes, el Notario tiene la obligación de mandar los autos al Juez.
TRAMITE GENERAL
ACTA DE REQUERIMIENTO:
En la ciudad de Guatemala, siendo las nueve horas, el ocho de Agosto de mil novecientos noventa y ocho, ante mi: AMILCAR MARDOQUEO CAMEY CUELLAR, Notario, en mi oficina profesional ubicada en la segunda Calle Vista Hermosa Uno, con el Numero veintiuno guión noventa y uno de la zona quince, de la Ciudad de Guatemala, soy requerido por el señor ARMANDO EJEMPLO MALDONADO, quien bajo solemne juramento de ley, advertido y conociendo las penas relativas al delito de perjurio en caso de que lo que declare sea falso manifiesta; PRIMERO: a) que es de sesenta y seis años de edad, soltero por viudez, Mecánico, guatemalteco, de este domicilio y vecindad, quien reside en el lote número treinta, fracción quince, de la octava avenida de la Colonia La Florida, zona diecinueve, de esta ciudad, quien se identifica con su cédula de vecindad número de orden A guión uno y de registro dos mil setecientos cuatro, extendida por el Alcalde de Guatemala, con fecha diecinueve de enero de mil novecientos treinta y dos, b) Que con el objeto de tramitar PROCESO SUCESORIO INTESTADO EXTRAJUDICIAL me expone: Que es padre del señor VICTOR MANUEL EJEMPLO OSORIO, quien falleció el dieciséis de abril del presente año, que la madre del fallecido, doña ELISA OSORIO DE EJEMPLO, quien fue su esposa, falleció, el veintiséis de diciembre de mil novecientos cincuenta, que el fallecido, c).- o sea su hijo, no fue casado ni tiene hijos y por consiguiente el señor EJEMPLO OSORIO no dejó más parientes que el compareciente. En vista de lo expuesto y siendo él el único con derecho a suceder a su hijo viene a requerir mis servicios profesionales, a efecto de que se inicien las diligencias respectivas. SEGUNDO; Continúa manifestando el requeriente que para demostrar lo indicado me presenta los siguientes medios de prueba: DOCUMENTOS: a) Certificación de la partida de nacimiento de VÍCTOR MANUEL EJEMPLO OSORIO, extendida por el Registrador Civil de la capital, con fecha catorce de julio de este año, así como la del requirente, extendida por el mismo registrador y en la mismo fecha. Que al morir el señor EJEMPLO OSORIO no dejó testamento, pide que se tramite el correspondiente intestado ante Notario, para los efectos legales consiguientes.
No habiendo más que hace constar, se da por concluida la presente acta, en el mismo lugar y fecha, siendo las diez horas con cuarenta y cinco minutos, previa lectura íntegra de lo escrito al compareciente, quien bien impuesto de su contenido, efectos y validez, lo ratifica, acepta y firma. ARMANDO EJEMPLO MALDONADO
ANTE MI:
AMILCAR MARDOQUEO CAMEY CUELLAR
Sello
RESOLUCIÓN DE TRAMITE:
OFICINA NOTARIAL DEL LICENCIADO AMILCAR MARDOQUEO CAMEY CUELLAR En vista del acta que precede, I) se declara promovido del proceso sucesorio extrajudicial a que la misma se refiere; II).- Agréguese al expediente la documentación relacionada,III) se manda publicar los edictos correspondientes para citar a los que se consideren con derecho a la herencia. IV) Se señala la audiencia del DIEZ DE DICIEMBRE del
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