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Prohibiciones e incompatibilidades: dos casos para analizar y resolver


Enviado por   •  30 de Mayo de 2014  •  570 Palabras (3 Páginas)  •  416 Visitas

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Trabajo práctico

• Prohibiciones e incompatibilidades: dos casos para analizar y resolver

Consigna:

Caso 1

El agente Juan pertenece a la Planta Permanente del GCABA. Posee un cargo administrativo con responsabilidades de conducción como Jefe de Departamento en una repartición dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico. Su horario de ingreso es de lunes a viernes a las 9 hs. Además, es profesor de inglés en un establecimiento público E.N.S. EN LENGUAS VIVAS dependiente del Ministerio de Educación del GCABA, donde acumula 14 horas cátedra, que cumple los lunes de 18 a 20.40 hs., martes de 18.50 a 21.15 hs., jueves de 18 a 20 hs. y viernes de 17.20 a 18.45 hs.

1) Analizar si legalmente puede acumular al cargo que desempeña en la administración, horas cátedra como docente. Fundamentar.

2) Analizar y resolver, según los datos del caso descriptos, si el agente Juan incurre en alguna incompatibilidad, fundamentando por qué motivo lo considera compatible o incompatible.

Caso 2

Marcelo es de profesión abogado. Trabajó en la administración pública porteña hasta el 1° de junio de 2009. A partir del 1° de julio de 2009 es contratado por un prestigioso estudio jurídico para desempeñarse como letrado patrocinante en juicios contra el estado.

Entre los mencionados juicios encomendados, le toca patrocinar a la firma E.B.N. SA., que se encuentra inscripta como proveedor del G.C.A.B.A. y explota una concesión, en un juicio que tramita ante el Fuero Contencioso, administrativo y Tributario de la C.A.B.A.

No obstante, solicita se le asigne el caso mencionado a otro abogado del estudio, argumentando que por razones de ética profesional se abstendrá de patrocinar a la empresa.

1) Analizar si es correcto el proceder de Marcelo, o si por el contrario podía litigar normalmente contra su ex empleador.

2) Fundamentar en una u otra hipótesis.

Caso 1

1) Según el art. 13 de la ley 471, es legal acumular al cargo descripto en el Caso 1, horas cátedra como docente. Es compatible el empleo en el GCABA con el ejercicio de la docencia en cualquier jurisdicción. Además el personal docente puede acumular cargos.

2) El hipotético Caso 1 no muestra incompatibilidades. La compatibilidad mencionada en el punto 1 sumada a la posibilidad que tiene el personal docente de acumular cargos, es posible siempre y cuando no exista superposición horaria y que no se viole la jornada máxima legal. Suponiendo que el agente Juan cumpla, por un lado, con una jornada laboral de 35 hs semanales (de 9 a 16 hs), y por otro, acumule 14 hs cátedra equivalentes a 9, 20 hs reloj (según resolución 2641/CCABA/MEGC/07), la suma da un total de 44,2 hs reloj. Para la ley 471 se estaría excediendo en 4,20 hs la jornada máxima. Pero se encuentra dentro del marco legal nacional,

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