Proyecto de estatuto
Enviado por David Romero • 22 de Julio de 2019 • Documentos de Investigación • 15.345 Palabras (62 Páginas) • 74 Visitas
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PROYECTO
DE MODIFICACIÓN
DEL ESTAUTO
2019
PROYECTO DE MODIFICACIÓN
DEL ESTATUTO MUTUA 2019
INDICE
TITULO PRIMERO
CONSTITUCIÓN Y FINES
Capítulo I De la Asociación
Capítulo II De sus Fines
Capítulo III De los Asociados
Capítulo IV De los Derechos y Deberes de los Asociados
Capítulo V De la Admisión, Renuncia, Exclusión y Reincorporación
TÍTULO SEGUNDO
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Capítulo I -De la Organización
Capítulo II Órgano de Gobierno:
-De la Asamblea General de Asociados
Capítulo III Órgano de Dirección y Planeamiento
-Del Consejo Directivo
Capítulo IV Órgano de Control:
-Del Consejo de Vigilancia
Capítulo V Órganos de Apoyo:
-De la Junta Electoral
-De las Comisiones
Capítulo VI Órganos de Asesoramiento:
-De las Asesorías Técnicas Especializadas
Capítulo VII Órganos Descentralizados:
-De las Filiales
Capítulo VIII Órgano Ejecutivo:
-De la Administración General
TÍTULO TERCERO
REGÍMENES
Capítulo I -Régimen Institucional
Capítulo II -Régimen Económico
Capítulo III -Régimen Electoral
TÍTULO CUARTO
SEGURIDAD SOCIAL INSTITUCIONAL
Capítulo I Generalidades
Capitulo II Auxilios Mutuales
-Del Programa de Auxilios Mutuales
Capítulo III Sistema de Crédito Social
-Del Sistema de Crédito Social
TÍTULO QUINTO
ÉTICA INSTITUCIONAL
Capítulo I -Generalidades
Capítulo II -De las Distinciones Capítulo III -De la Disciplina
TÍTULO SEXTO
MODIFICACION DEL ESTATUTO
Capítulo I De La Modificación del Estatuto
TÍTULO SEPTIMO
DISOLUCION Y LIQUIDACION
Capítulo I De La Disolución y Liquidación
TÍTULO OCTAVO
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Capítulo I Generales
Capítulo II Transitorias Capítulo III Derogatorias
TÍTULO PRIMERO
CONSTITUCIÓN Y FINES
CAPÍTULO I
DE LA ASOCIACIÓN
Artículo 1°.- La Institución se denomina "Asociación Mutualista de Técnicos y Suboficiales de la Fuerza Aérea del Perú". Con la abreviatura "MUTUA" se puede reemplazar el nombre de la Asociación.
Artículo 2°.- La Asociación es persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, fundada en 1942, inscrita el 8 de enero de 1962 en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Lima (SUNARP), con partida Registral Nº11021335. PRECISADO
Artículo 3°.- Su organización y administración es autónoma y se rige por el Código Civil, el presente Estatuto, sus Reglamentos sus normas internas y demás disposiciones legales que le sean de aplicación. Dispone de libros, registros, actas y documentos, con las formalidades de ley. MODIFICADO
Artículo 4°.- La Asociación está constituida por Técnicos y Suboficiales de la Fuerza Aérea del Perú, inscritos en el Padrón de Asociados, así como excepcionalmente por el cónyuge sobreviviente, y por las personas declaradas asociados honorarios. MODIFICADO
Artículo 5°.- El domicilio legal de la Asociación está ubicado en el distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, con filiales en otras ciudades de la República; su duración es de carácter indefinido. PRECISADO
Artículo 6°.- La Asociación es ajena a toda actividad de carácter político partidario. No permite ningún tipo de discriminación entre sus asociados y respeta la libertad de culto y de opinión. PRECISADO
CAPÍTULO II
DE SUS FINES
Artículo 7°.- El fin supremo de la Asociación es el asociado.
Artículo 8°.- La Asociación tiene por finalidad proporcionar a sus Asociados y derechohabientes la asistencia y bienestar a través del Programa de Auxilios Mutuales y del Sistema de Crédito Social, en el marco de la mutualidad, solidaridad, y sin fines de lucro para sus asociados. MODIFICADO
Artículo 9°.- Los fines de la Asociación se logran a través de los objetivos siguientes:
1. Proporcionar los beneficios derivados del Programa de Auxilios Mutuales;
2. Brindar acceso al crédito social;
3. Fomentar el desarrollo profesional, técnico, cultural, social y recreacional;
4. Mantener la descentralización orgánica, económica y administrativa a través de las filiales, dependientes de la sede central;
5. Capacitar a los asociados para formar líderes de alta competitividad;
6. Promover inversiones, previo Estudios Técnicos o Proyectos de Inversión, cuya rentabilidad se apliquen a los fines institucionales. El Reglamento de Inversiones norma su constitución, modalidades, organización, procedimientos en el marco de la ley respectiva. MODIFICADO
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