Que Son Derechos Personales
Enviado por Jesgmc • 13 de Agosto de 2014 • 550 Palabras (3 Páginas) • 416 Visitas
DERECHOS PERSONALES
Derechos personales, derechos de crédito o créditos son los que solamente pueden reclamarse de ciertas personas, que por un hecho suyo o la sola disposición de la ley han contraído las "obligaciones correlativas”.
Si tenemos en consideración que las obligaciones se establecen entre personas (un Sujeto activo y un Sujeto pasivo) las llamaremos derechos personales, si tomamos en cuenta al sujeto activo a acreedor que tiene la posibilidad de ejercer una acción contra el deudor, fundada en su crédito, las llamaremos derechos creditorios, y si apuntamos hacia el sujeto pasivo que debe cumplir una prestación a la que está obligado, le daremos el nombre de obligaciones.
Cualquiera sea la denominación escogida, los derechos personales, creditorios u obligaciones, suponen un vínculo jurídico establecido entre dos partes (una acreedora y otra deudora) por el cual la parte acreedora, puede demandar a la deudora el cumplimiento de una prestación, surgiendo para esta última una responsabilidad.
En el antiguo Derecho romano, hasta la ley Poetelia Papiria, del año 286 a. C., entre deudor y acreedor nacía un vínculo físico, no jurídico, ya que el deudor respondía con su propia persona, a través del “nexum”, por la obligación contraída. A partir de la ley citada, la garantía de cumplimiento de las deudas contraídas, pasó a ser el patrimonio, y allí nació la relación o sujeción de derecho del deudor, con respecto al acreedor, para poder accionar por vía judicial, sobre los bienes del deudor, ante su incumplimiento, y no de hecho, sobre su persona física.
Se está frente a un derecho distinto a los derechos reales en su estructura; mientras lo que caracteriza al derecho real es una relación sujeto-objeto, a los derechos personales los caracteriza una relación entre sujetos.
El derecho creditorio o personal, está dotado de menos eficacia porque sólo permite que el acreedor persiga el pago de la deuda del propio obligado. De esto se sigue que el derecho real es de carácter absoluto Erga omnes y el personal relativo.
Son siempre temporales, aunque pueden llegar a tener una larga duración. El transcurso del tiempo tiene la virtud de hacer adquirir derechos reales (Usucapión), al paso que es factor de extinción de los derechos personales.
Elementos
• Sujeto activo o acreedor:Es aquella persona titular del derecho.
• Sujeto pasivo o deudor:Es aquella persona que está obligado a procurar al acreedor el beneficio del derecho, la realización de un hecho o una abstención.
• Prestación: Puede consistir en una dación, es decir, la transferencia o constitución de un derecho real por parte del deudor al acreedor; en la realización de un hecho positivo por parte del deudor o en una abstención del deudor de realizar un hecho.
El acreedor tiene el derecho de exigirle al deudor, aún coactivamente,
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