ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

RECURSO DE APELACION PENAL


Enviado por   •  24 de Julio de 2013  •  2.233 Palabras (9 Páginas)  •  1.643 Visitas

Página 1 de 9

Propósitos de la investigación

Propósito General:

Escudriñar, aprender y comprender el Recurso de Apelación Penal como forma de diferir sobre un fallo determinado.

Propósitos Específicos:

• Conceptualizar el recurso de Apelación penal.

• Conocer los efectos que surte el Recurso de Apelación.

• Investigar y diferenciar la Apelación de la Apelación de la Sentencia.

INTRODUCCION

El recurso de Apelación nace en la llamada época de la monarquía, donde todo el poder se concentraba en el rey como jefe supremo del estado, donde las decisiones de los jueces se devolvía al rey, el cual le daba un voto soberano al monarca para decidir.

Hoy en día ,el simple hecho de no observar un sistema de juicio mixto, que buscaba prolongar la causa judicial, como era antes en el antiguo código de procesal penal, con la simple incorporación de los principios que rigen el juicio, oralidad, publicidad, contradicción e inmediación, hemos avanzado en la normativa procesal penal.

Conforme al viejo código penal, la apelación no tiene limitación alguna para su ejercicio por lo cual toda sentencia puede ser atacada por esa vía, salvo disposición legal en sentido contrario; en igual sentido se ha expresado la jurisprudencia, situación ésta que es válida para la materia correccional.

El nuevo Código Procesal Penal viene a regular el sistema de apelación, limitando su uso para evitar las tantas apelaciones en los tribunales y también la violación de principios como el de economía procesal.

El nuevo código contiene dos regímenes de apelación, uno para las decisiones de la etapa preparatoria, (decisiones del juez de la instrucción o del juez de paz) y otro régimen para la etapa de juicio (sentencias absolutorias o de condena).

La interposición de un recurso de apelación sólo puede fundarse por la violación al principio de oralidad, inmediación, contradicción, concentración y publicidad del juicio, así como también cuando el tribunal no fundamenta ni motiva sus decisiones o cuando el fallo se funde en pruebas obtenidas ilegalmente o incorporada sin la observación a los principios del juicio oral, y finalmente se podrá interponer este recurso cuando exista quebrantamiento u omisión de formas sustanciales de los actos, que envuelvan algún estado de indefensión de una de las partes y también cuando se produzca una violación a la ley por inobservancia o errónea aplicación de una norma jurídica.

MARCO TEORICO

El Recurso de Apelación

Conceptos:

• El recurso de apelación es el derecho de diferir con la decisión emitida por el juez y que no le ha sido favorable a una persona.

• Es una vía de recurso ejercida por alguien que alega haber sido lesionado por una sentencia, por ante la jurisdicción superior, que procura reformar, revocar o anular la decisión impugnada.

• Es la vía de reformación que permite reparar los errores de toda índole en que allá incurrido el juez del primer grado.

Objetivo del Recurso de Apelación:

El objetivo de interponer un recurso de apelación, es modificar y revocar dicha decisión, cuyo desenlace está encaminado a una sana critica motivada en derecho de parte de los jueces superiores.

Decisiones Recurribles en Apelación:

Son recurribles ante la Corte de Apelación sólo las decisiones del juez de paz o del juez de la instrucción señaladas expresamente por el C.P.P.

Presentación de la Apelación:

La apelación se formaliza presentando un escrito motivado en la secretaría del juez que dictó la decisión, en el término de cinco días a partir de su notificación.

Para acreditar el fundamento del recurso, el apelante puede presentar prueba, indicando con precisión lo que se pretende probar.

La presentación del recurso no paraliza la investigación ni los procedimientos en curso.

Comunicación A Las Partes Y Remisión:

Presentado el recurso, el secretario lo notifica a las demás partes para que lo contesten por escrito depositado en la secretaría del tribunal dentro de un plazo de tres días y, en su caso, promuevan prueba.

El secretario, sin más trámite, dentro de las veinticuatro horas siguientes al vencimiento del plazo anterior, remite las actuaciones a la Corte de Apelación, para que ésta decida.

Con los escritos del recurso se forma un registro particular, el cual sólo contiene copia de las actuaciones pertinentes.

La Corte de Apelación puede, excepcionalmente, solicitar otras copias u otras piezas o elementos comprendidos en el registro original, cuidando de no demorar por esta causa el procedimiento.

Procedimiento para Recurrir en Apelación:

Recibidas las actuaciones, la Corte de Apelación, dentro de los diez días siguientes, decide sobre la admisibilidad del recurso y resuelve sobre la procedencia de la cuestión planteada en una sola decisión.

Si alguna de las partes ha promovido prueba y la Corte de Apelación la estima necesaria y útil, fija una audiencia oral dentro de los diez días siguientes a la recepción de las actuaciones, resuelve y pronuncia la decisión al concluir ésta.

El que haya promovido prueba tiene la carga de su presentación en la audiencia. El secretario lo auxilia expidiendo las citaciones u órdenes necesarias, que serán diligenciadas por quien haya propuesto la medida.

Procedimiento Especial:

Cuando se recurra una decisión que declara la procedencia de la prisión preventiva o del arresto domiciliario, o rechace su revisión o sustitución por otra medida, el juez envía de inmediato las actuaciones y la Corte fija una audiencia para conocer del recurso. Esta audiencia se celebra dentro de las cuarentiocho horas contadas a partir de la presentación del recurso, si el juez o tribunal tiene su sede en el distrito judicial en que tiene su asiento la Corte de Apelación, o en el término de setenta y dos horas, en los demás casos. Al final de la audiencia resuelve sobre el recurso.

Decisión en Apelación:

La Corte de Apelación resuelve, mediante decisión motivada, con la prueba que se incorpore y los testigos que se hallen presentes. Al decidir, la Corte de Apelación puede:

1. desestimar el recurso, en cuyo caso la decisión es confirmada; o

2.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (14 Kb)
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com