RECURSOS HUMANOS
Enviado por carmaryth5295767 • 24 de Junio de 2015 • 1.122 Palabras (5 Páginas) • 119 Visitas
DEFINICION DE SUELDO:
Sueldo es la palabra que designa a la remuneración que percibe de manera periódica un trabajador como consecuencia de la prestación de un servicio profesional o el desempeño de un cargo, puesto, en alguna empresa. Es decir, el trabajador o empleado le proporciona a la compañía en la que trabaja su conocimiento y capacidad laboral y ésta como contrapartida le asigna un sueldo cuya suma será determinada a la firma del contrato.
OBJETIVO 11
1. Derecho Laboral
La rama del derecho que se encarga de regular las relaciones que se establecen a raíz del trabajo humano se conoce como derecho laboral. Se trata del conjunto de reglas jurídicas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo.
2. Ámbito de aplicación
Se puede delimitar de conformidad con el contenido en el artículo 1 de la Ley Orgánica del Trabajo y con el contenido de los artículos 1 y 29 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
El art. 1 de la Ley Orgánica del Trabajo expresa que regirá las situaciones y relaciones jurídicas derivadas del trabajo como hecho social. Mientras que el art.1 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, garantiza la protección de los trabajadores de acuerdo con las previsiones constitucionales y legales con la implementación de un sistema jurisdiccional laboral autónomo, imparcial y especializado. Se puede observar que los Tribunales del Trabajo tendrán competencia para: a) Conocer los asuntos contenciosos del trabajo; b) Para conocer las solicitudes de calificación de despido o reenganche; c) Las solicitudes de amparo laboral; d) Asuntos de carácter contencioso surgidos con ocasión de las relaciones de trabajo y de la seguridad social y e) Los asuntos relacionados con los intereses colectivos o difusos.
3. Sujetos del derecho laboral
Por consiguiente, se puede decir que es sujeto de derecho es toda aquella persona natural o jurídica que tiene deberes y derechos, y al referirse al sujeto de derecho laboral se habla a los trabajadores, patronos, intermediarios, contratistas y por último, a los grupos de empresas.
4. Patrono:
Se entiende por patrono o empleador la persona natural o jurídica que en nombre propio, ya sea por cuenta propia o ajena, tiene a su cargo una empresa, establecimiento, explotación o faena, de cualquier naturaleza o importancia, que ocupe trabajadores, sea cual fuere su número. Cuando la explotación se efectúe mediante intermediario, tanto éste como la persona que se beneficia de esa explotación se considerarán patronos
• Individual y Colectivo
5. Representante de patrono
Se considera representante del patrono toda persona que en nombre y por cuenta de éste ejerza funciones jerárquicas de dirección o administración. Los directores, gerentes, administradores, jefes de relaciones industriales, jefes de personal, capitanes de buques o aeronaves, liquidadores y depositarios y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración se considerarán representantes del patrono aunque no tengan mandato expreso, y obligarán a su representado para todos los fines derivados de la relación de trabajo
6. Contratista
Un contratista es la persona o empresa que es contratada por otra organización o particular para la construcción de un edificio, carretera, instalación o algún trabajo especial, como refinerías o plataformas petroleras por ejemplo. Estos trabajos pueden representar la totalidad de la obra, o bien partes de ella, divididas de acuerdo con su especialidad, territorialidad, horario u otras causas.
El término con que se designa al contratista hace referencia
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