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REGÍMENES SUSPENSIVOS DE DERECHO


Enviado por   •  5 de Mayo de 2020  •  Ensayo  •  3.914 Palabras (16 Páginas)  •  266 Visitas

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Universidad de Valparaíso

Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas

Ingeniería en Negocios Internacionales

REGÍMENES SUSPENSIVOS DE DERECHO

Nombre de los alumnos: Matías Lorca, Monserrat Montecinos, Claudio Morales, Javier Ortega, Valentina Parra, Daniela Romero, Valentina Rubilar, Matías Vera.

Año: 2018.

Profesor: Fernando Valdés A.

Fecha de entrega y exposición: 9 de Octubre.

Índice

Capítulo 1: Objetivos        3

Capítulo 2: Desarrollo        4

1.        Almacén particular        5

2.        Admisión Temporal        6

3.        Admisión Temporal para perfeccionamiento activo        7

4.        Reimportación (o reingreso)        9

5.        Tránsito        9

6.        Transbordo        10

7.        Redestinación        10

8.        Salida Temporal        11

9.        Salida temporal para perfeccionamiento pasivo        13

10.        Reexportación        14

11.        Reexpedición (mercancías destinadas al exterior o a otra zona franca)        15

Conclusión        18

Anexos        19

Fuentes Bibliográficas        20

Introducción

El siguiente trabajo tiene como objetivo dar a conocer los regímenes suspensivos de derecho que afectan a las diversas mercancías que ingresan o salen de nuestro país, ya que al hacer efectivo su uso, éstas no pagarán tributos e impuestos aduaneros mientras se defina su condición y la destinación aduanera que les corresponde. Sin embargo, después de un tiempo determinado dichas mercancías deben ser destinadas a algún régimen aduanero que permita su ingreso efectivo al país y así pagar todos sus tributos e impuestos.

Existen varios tipos de regímenes suspensivos de derecho, los cuales son: almacén particular, admisión temporal, admisión temporal para perfeccionamiento activo, reimportación, tránsito, transbordo, redestinación, salida temporal, salida temporal para perfeccionamiento pasivo,  reexportación,  reexpedición.

Capítulo 1: Objetivos

Objetivo General: presentar y desarrollar los diversos regímenes suspensivos de derecho que rigen en el Servicio Nacional de Aduanas de Chile.

Objetivos Específicos:

1.-Describir de manera correcta y concisa cada régimen aduanero vigente en el comercio que rigen en el país.

2.- Identificar a través de diversos casos a que régimen aduanero corresponde.

3.- Comprender y entender la importancia de estos regímenes en el Servicio Nacional De Aduanas chileno.

 

Capítulo 2: Desarrollo

¿Qué son los Regímenes suspensivos de derecho?

Los regímenes suspensivos de derecho son aquellos que otorgan ciertos atributos a mercancías que ingresen o salgan del territorio nacional, como la suspensión total de derechos e impuestos respectivos.

Un ejemplo claro de régimen suspensivo es la redestinación, la cual se trata básicamente del traslado de mercancías desde una aduana a otra del país; lo que sucede aquí fundamentalmente es que no se pagan tributos al realizar esta acción, se paga al momento en el que el interesado desee retirar tal mercancía de la aduana.

Este tema es bastante relevante, ya que, nos ayuda a poder identificar las diversas situaciones que se pueden presentar en los procesos aduaneros. Es importante saber identificarlos para lograr realizar eficaz y eficientemente la documentación y en sí el procedimiento correspondiente en cada régimen, siendo que a la vez, existen diferentes plazos (ya sea para presentación de mercancías, etc.)  para cada caso entre otros aspectos.

  1. Almacén particular: 

Son recintos no pertenecientes a la Aduana y que son utilizados y habilitados para el almacenaje de mercancías por un período determinado sin pagar los derechos correspondientes a una importación, por lo que no son consideradas como tal. Mientras permanezcan bajo el régimen de Almacén Particular, las mercancías no pueden ser comercializadas ni utilizadas.

Para que sea aprobado este régimen suspensivo, se debe solicitar antes del plazo de vencimiento normal.

Sólo podrán acogerse a este derecho aquellas mercancías cuyo Valor Aduanero (CIF) supere los USD 10.000 y por un plazo máximo de 90 días. A partir del día 31 se aplica una tasa diaria que varía mensualmente (0,010666 al 1 de octubre de 2018) sobre los derechos e impuestos.

Sin embargo, existen ciertas situaciones en las que las mercancías no pueden acogerse a Almacén Particular, independiente de su forma de embalaje.

- Partidas 0301 a 0304

- Partida 0306

- Partida 0307

- Partida 0401

- Partidas 1506 a 1517

- Partida 1101

- Capítulo 2

- Capítulo 8

- Capítulo 6

Para llevar a cabo la declaración de Almacén Particular, se debe presentar el formulario  Declaración de Almacén Particular o de una DAPI -DIN. El segundo caso se utiliza específicamente para aquellas mercancías que vayan a ser importadas.

En caso de que una vez vencido el plazo estipulado, se pague un monto inferior al total por la operación, las mercancías no canceladas quedarán en presunción de abandono.

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