REGISTRO NACIONAL DE TESTAMENTOS
Enviado por Rafaelllo15 • 7 de Marzo de 2014 • 2.205 Palabras (9 Páginas) • 555 Visitas
~~REGISTRO NACIONAL DE TESTAMENTOS ~~
La finalidad que se persigue con el Registro Nacional de Testamentos, es la de dar una mayor certeza jurídica de los actos realizados por los particulares con relación al otorgamiento de disposiciones testamentarias, y que como tal, sea respetada la voluntad manifestada por el testador, logrando con ello no tramitar juicios inútiles, sino por el contrario cuando éstos se intenten, se efectúen con la plena seguridad de que efectivamente el testamento, materia del juicio respectivo, es el que contiene la última voluntad del de cujus.
Para poder aceptar o repudiar una herencia es necesario verificar la existencia o inexistencia de testamentos, y en caso de existir éstos, comprobar cuál de ellos fue el último en crearse, por ello, el Notario o el Juez, como parte de un procedimiento sucesorio, solicitan a la autoridad local que les corresponde (Archivo General de Notarías, Registro Público de la Propiedad, Dirección del Notariado en el Estado, Archivo de Instrumentos Públicos, etcétera), el informe que anota si en esa oficina existe registrado algún aviso de disposición testamentaria otorgada por el de cujus, y de ser así, si ésta es la última existente.
Como la materia sucesoria es de orden civil, su regulación le corresponde a cada entidad federativa, lo que desafortunadamente nos lleva a no tener un control único de disposiciones de última voluntad de carácter federal, puesto que la coordinación entre las diversas entidades que constituyen nuestro país en esta materia, como en otras, es completamente nula.
Lo anterior es aún más grave, toda vez que en la época actual en que vivimos, “la era de la informática”, llena de avances tecnológicos en todos los campos, no se cuenta con un control de testamentos en el ámbito federal, considerando sobre todo el proceso de conurbación de las grandes ciudades, los cambios en nuestras costumbres, la educación, las formas de vida de la población, la cultura actual los medios de comunicación y todo aquello que trae aparejado que cada vez sea más fácil y frecuente el otorgamiento de testamentos fuera de la entidad donde habitan los otorgantes.
Por ello, la Asociación Nacional del Notariado Mexicano y el Colegio de Notarios del Distrito Federal manifestaron su inquietud a las autoridades federales, para que se nombrara una comisión a nivel nacional, para gestionar ante diversas instancias la creación de un Registro Nacional de Testamentos.
Dicha comisión, en diversas reuniones con la Secretaría de Gobernación, analizó en forma conjunta, la urgente necesidad que tenía la población de todo el país de que se les ofreciera por parte del gobierno federal, protección, seguridad y certeza jurídica en materia sucesoria; y de esta manera fuera respetada en cualquier lugar de la República Mexicana, la última voluntad del testador, evitándoles a los herederos trámites de juicios inútiles, que no procedan por ignorar la existencia de otro testamento, o la designación de otros herederos por parte del testador.
De esta forma, se concretó la creación de la “Dirección del Registro Nacional de Testamentos”, área dependiente de la entonces Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación.
Con la finalidad de respetar el principio de distribución de competencias, establecido en el artículo 124 Constitucional, se consideró que para el desarrollo y ejecución del proyecto de Registro Nacional de Testamentos, el instrumento jurídico idóneo sería la celebración de convenios de coordinación con cada una de las entidades federativas, ya que al celebrar dicho convenio con los estados, éstos contribuirían a la constitución del Registro Nacional de Testamentos, y de esta manera cada Entidad Federativa, tendría a su alcance la posibilidad de aprovechar la información que se requiriera en lo referente a testamentos y la Secretaría la obligación de ofrecérselas de manera pronta, eficaz y confiable, la cual contaría con la información de las disposiciones testamentarias, otorgadas a partir del mes de enero de 1995 en adelante (en el caso de Jalisco el registro comienza en el año de 1978, y cuenta con aproximadamente un total de 156,000 disposiciones testamentarias), dicho convenio fue firmado por nuestra entidad federativa el día 16 de noviembre del año 2000 por el entonces gobernador del Estado, Ing. Alberto Cárdenas Jiménez.
De esta manera, el objetivo fundamental del Registro Nacional de Testamentos, es el de coadyuvar en el otorgamiento de seguridad y certeza jurídicas en materia sucesoria, a través de la creación de una base de datos nacional que contendrá todos y cada uno de los avisos testamentarios presentados por los Notarios Públicos de todo el país a las autoridades competentes de cada entidad federativa, es decir, a los Archivo de Notarías, Archivo de Instrumentos Públicos o Registros Públicos de la Propiedad, así como los datos relativos a los testamentos ológrafos que fueren depositados ante estas autoridades y, en general, cualquier tipo de testamento otorgado conforme a los códigos civiles de las diferentes entidades federativas del país.
Finalmente, derivado de la expedición del nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación el pasado 30 de julio del 2003, fue creada la Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, entre cuyas atribuciones se encuentra la relativa a la sistematización de la información de naturaleza jurídica que, en el marco de los convenios de coordinación respectivos, envíen las entidades federativas, la cual se constituye como base y vértice reglamentario de la Dirección del Registro Nacional de Testamentos. En virtud de lo anterior, dicho Registro deja de pertenecer a la llamada Dirección General de Asuntos Jurídicos (ahora Unidad de Asuntos Jurídicos), para incorporarse a la estructura orgánica, funcional y operativa de la nueva unidad administrativa.
Es importante destacar que la creación e implementación del Registro Nacional de Testamentos por parte de las autoridades federales, a través de la Secretaría de Gobernación surge con el carácter de apoyo o coadyuvante en el cumplimiento de las disposiciones constitucionales de seguridad y certeza jurídicas a los gobernados, procurándose el cabal cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 121 Constitucional, que establece que: “En cada Estado de la Federación se dará entera fe y crédito a los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todos los otros...” Así, una vez planteada la problemática que se genera por la falta de información clara y concisa en cuanto a cuál fue la última disposición testamentaria que pudo haber otorgado en cualquier lugar de la República
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