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RESOLUCION NUMERO 19021 DE 1985


Enviado por   •  30 de Mayo de 2012  •  598 Palabras (3 Páginas)  •  860 Visitas

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MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCION NUMERO 19021 DE 1985

(16 de Diciembre de 1985)

Por la cual se dictan normas para la aplicación del Título V, de la Ley 09 de 1979, sobre Alimentos, en la concerniente a la Mostaza, su elaboración, conservación y comercialización

EL MINISTRO DE SALUD

En uso de sus atribuciones legales y en especial la conferida por la Ley 09 de 1979,

RESUELVE:

ARTICULO 1. Para los efectos de esta resolución, se denomina Mostaza el producto viscoso usualmente preparado con harina de mostaza, compuesto por una mezcla de semillas molidas de mostaza amarilla o blanca (Brassica hirta moench), mostaza café (Brassica juncea) o mostaza negra (Brassica nigra); adicionada de vinagre, sal, condimentos o especias y aditivos permitidos.

ARTICULO 2. La Mostaza debe presentar las siguientes características organolépticas

ASPECTO: Producto de consistencia uniforme De acuerdo a la formulación y a los ingredientes utilizados puede ser cremosa o pastosa, no debe presentar un anillo oscuro en la parte superior del envase y el producto debe estar libre de sinéresis.

COLOR: Uniforme y característico de la varieriad o mezcla de variedades utilizadas

OLOR: Característico y libre de olores extraños

SABOR: Característico y libre de sabores extraños

ARTICULO 3. De los Aditivos.

A: ACIDIFICANTES Se permite la adición de ácido cítrico, ácido málico, limitados por Buenas Prácticas de Manufactura.

B: EDULCORANTES: Se permite la adición de los edulcorantes naturales, sacarosa, dextrosa, jarabe de maíz, azúcar invertido y miel de abejas

C: ESPESANTES Se permite la adición de:

Almidones - máximo 5%

Carboximetil celulosa de sodio - máximo 5°

D: ESPECIAS Y CONDIMENTOS: Se permite la adición de especias y condimentas, sus extractos, oleorresinas o aceites esenciales.

E: No se permite la adición de Colorantes ni Conservantes.

F: SECUESTRANTES: Se permite la adición de EDTA y sus sales cálcicas sádicas, en una proporción máxima de 75 mg kg.

ARTICULO 4. La mostaza debe presentar las siguientes características fisicoquímicas

Mínimo % Máximo %

Parahidroxibenzil-isoliocianalo de alilo 0.35 -

Acidez expresada como ácido acélico(%m,m) 1 -

pH 3.2 3.6

Cloruro de sodio 1.5 3.0

Fibra - 1.5

Almidón - 5.0

ARTICULO 5. La Mostaza puede presentar el siguiente contenido máximo permitido de metales pesados

Cobre como Cu 10 mg/kg

Arsénico como As 1 mg !kg

Plomo como Pb 2 mg/kg

Estaño como Sn

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