Rama Ejecutiva
Enviado por paty1987 • 30 de Abril de 2013 • 2.039 Palabras (9 Páginas) • 374 Visitas
INTRODUCCION
En este trabajo estaremos hablando sobre nuestro régimen político presidencialista por cuanto sobre el Presidente de la República, como cabeza del Ejecutivo, es decir bajo su responsabilidad se centra los actos políticos más importantes de la administración.
En sentido estricto, Gobierno es solo una de las ramas del poder público, que entre nosotros es la ejecutiva. Está definido que el Gobierno lo constituye el Presidente de la República, los Ministros de los despachos y los Directores de los Departamentos Administrativos.
Así mismo el Presidente de la República, es suprema autoridad administrativa, jefe de Gobierno y jefe de Estado. Esta dualidad corresponde a los regímenes presidenciales como el nuestro.
LA RAMA EJECUTIVA
La rama ejecutiva representa al gobierno y está compuesta por las gobernaciones, las alcaldías, las superintendencias, los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del Estado. Hace parte del poder público y se encarga de hacer cumplir las leyes, mantener el orden público, organizar los servicios para la población y reanudar impuestos para hacer uso de ellos.
El presidente de la república de Colombia es el jefe del Estado, el jefe del gobierno y por ende es la suprema autoridad administrativa.
FUNCIONES
Tiene Constitucionalmente las siguientes facultades según el Art. 189 C.N
Nombrar y separar libremente a los Ministros del despacho y a los Directores de Departamentos Administrativos.
Dirigir las relaciones internacionales que se someterán a la aprobación del congreso.
Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las Fuerzas armadas de la República.
Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuera turbado.
Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente.
Proveer a la seguridad exterior de la República, defendiendo la independencia, la honra de la Nación y la inviolabilidad del territorio; declarar la guerra con permiso del Senado, o hacerla sin tal autorización para repeler una agresión extranjera; y convertir y ratificar los tratados de paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al congreso.
Permitir, el receso del Senado, previo dictamen del Consejo de Estado, el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la república.
Instalar y clausurar las sesiones del Congreso en cada legislatura.
Sancionar las leyes.
Promulgar las leyes, obedecerlas y velar por su estricto cumplimiento.
Ejercer la potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos, resoluciones y órdenes necesarios para la cumplida ejecución de las leyes.
Presentar un informe al congreso, al iniciar cada legislatura, sobre los actos de la administración, sobre la ejecución de los planes y programas de desarrollo económico y social, y sobre los proyectos que el gobierno se proponga adelantar durante la vigencia de la nueva legislatura.
Nombrar a los presidentes, directores o gerentes de los establecimientos públicos nacionales y a las personas que deban desempeñar empleos nacionales cuya provisión no sea por concurso o no corresponda a otros funcionarios o corporaciones según la constitución o la ley. Con completa autonomía, el Gobierno tiene la facultad de nombrar y remover libremente a sus agentes.
Crear, fusionar o suprimir, conforme a la ley, los empleos que demande la administración central, señalar sus funciones especiales y fijar sus dotaciones y emolumentos.
Suprimir o fusionar entidades u organismo administrativos nacionales de conformidad con la ley.
Modificar la estructura de los ministerios departamentos administrativos nacionales con sujeción a los principios y reglas generales que defina la ley.
Distribuir los negocios estatales según su naturaleza, entre ministerios, departamentos administrativos y establecimiento público.
Conceder permiso a los empleados públicos nacionales que los soliciten para aceptar con carácter temporal, cargos o mercedes de gobiernos extranjeros.
Conferir grados a los miembros de las fuerzas armadas y someter para aprobación del Senado los que correspondan.
Velar por la estricta recaudación y administración de las rentas y caudales públicos y decretar su inversión de acuerdo con las leyes.
Ejercer la inspección y vigilancia de la enseñanza conforme a la ley.
Ejercer la inspección y vigilancia de la prestación de los servicios públicos.
Celebrar los contratos que le correspondan con sujeción a la Constitución y la ley.
Ejercer de acuerdo con la ley, la inspección vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financieras, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público. Así mismo, sobre las entidades cooperativas y las sociedades mercantiles.
Organizar el crédito público; reconocer la deuda nacional y arreglar su servicio; modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas; regular el comercio exterior; y ejercer la intervención en las actividades financieras, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro de terceros de acuerdo con la ley.
Ejercer la inspección y vigilancia sobre instituciones de utilidad común para que sus rentas se conserven y sean debidamente aplicadas y para que en todo lo esencial cumpla con la voluntad de los fundadores.
Conceder patente de privilegio temporal a los autores de invenciones o perfeccionamientos útiles, con arreglo a la ley.
Expedir carta de naturalización, conforme a la ley.
OBJETIVOS
La rama ejecutiva es la rama del poder público que ejerce funciones del estado relacionadas con el gobierno y la administración.
Es presidida por el presidente de la república y a ella pertenecen autoridades de todos los órdenes territoriales existentes.
La constitución política establece que la rama ejecutiva tiene una expresión nacional y una territorial.
La organización y funcionamiento de la rama ejecutiva en el orden nacional y territorial se rige principalmente por lo establecido en la constitución.
¿QUIEN LA INTEGRA?
1. SECTOR CENTRAL
La Presidencia
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