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Recreación Escolar (Optativa De Integración)


Enviado por   •  5 de Mayo de 2014  •  3.171 Palabras (13 Páginas)  •  304 Visitas

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Recreación Escolar (Optativa de Integración)

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo trata sobre las asociaciones los clubes, deportivos las ligas que intervienen en la elaboración, mediante los cuales es posible determinar su viabilidad, factibilidad técnica para el estudio y la creación del presente y que a su vez sea una base sólida de información para etapas posteriores de ésta investigación.

La sociedad es innata al hombre que está en lucha continua por superarse, cambiar y mejorar el entorno.

La asociación en participación es un contrato por medio del cual, una persona denominada asociado, otorga dinero, bienes o servicios, a otra denominada asociante a cambio de que el asociante le participe en las utilidades o pérdidas.

Trabajar en equipo es una de las expresiones con más frecuencia en las organizaciones de servicios.

Gran número de las actividades de la organización se llevan a cabo gracias a la convergencia, coordinación y cooperación permanente o temporal.

Las organizaciones, que están formadas por personas con sus necesidades sociales y sus metas. Por ello, en las organizaciones también existen grupos, bien sean formales (aquellos cuya estructura está determinada por la dirección de la empresa y que agrupan a personas en función de su posición en la estructura), o grupos informales, basados en la atracción entre las personas que los forman, independientemente de los grupos son necesarios para que tanto las organizaciones, como las personas que las integran, puedan lograr sus metas y objetivos.

Asociación

Es la acción y efecto de asociar o asociarse (unir una persona a otra para que colabore en algún trabajo, juntar una cosa con otra para un mismo fin, establecer una relación entre cosas o personas).

Una asociación, por lo tanto, es el conjunto de los asociados para un mismo fin. Este conjunto puede formar una persona jurídica. Por ejemplo: “La Asociación de Costureros de Venezuela ha elegido un nuevo presidente”, “El entrenador afirmó que la Asociación del Fútbol Venezolano debería responder a los reclamos”, “Me gustaría formar una asociación para ayudar a los niños carenciados”.

Por lo general, el concepto de asociación se utiliza para mencionar a una entidad sin ánimo de lucro y gestionada de manera democrática por sus socios. Dichas asociaciones pueden desarrollar actividades comerciales si el beneficio se destina a la obra social.

Una asociación es una entidad formada por un conjunto de asociados o socios para la persecución de un fin de forma estable, sin ánimo de lucro y con una gestión democrática. La asociación está normalmente dotada de personalidad jurídica, por lo que desde el momento de su fundación es una persona distinta de los propios socios, que tiene su propio patrimonio en un principio dotado por los socios, y del que puede disponer para perseguir los fines que se recogen en sus estatutos.

Características de una asociación

-Es una persona jurídica de derecho privado.

-Persigue un fin no lucrativo.

-El capital social es variado y está formado por las aportaciones voluntarias y obligaciones de sus socios.

-Su patrimonio está constituido por el producto de las actividades que realiza, los bienes e inmuebles que adquiera y otros.

-La asociación quedará constituida y adquirirá personería jurídica propia desde el momento en que se inscribe en la SUNARP (Superintendencia Nacional de Registros Públicos).

-Los asociados que desempeñan cargos directivos son responsables ante la asociación y ante terceros, conforme a las reglas de representación establecidas en su estatuto.

Estructura orgánica de una asociación

La estructura orgánica es el conjunto de partes de un todo que es la asociación. Constituye el armazón, esqueleto, partes y/o niveles que la componen. Presentamos un modelo usual de estructura orgánica de una asociación:

-Asamblea General

-Junta Directiva

-Comisiones

-Líneas de trabajo

-Las asociaciones

Son agrupaciones de personas constituidas para realizar una actividad colectiva de una forma estable, organizadas democráticamente, sin ánimo de lucro e independientes, al menos formalmente, del Estado, los partidos políticos y las empresas (a efectos del Código Civil y de otras legislaciones, cabría hacer una interpretación mucho más amplia del término Asociación, incluyendo incluso a empresas, pero no es el caso).

Las características fundamentales serían las siguientes:

Grupo de personas.

Objetivos y/o actividades comunes. Búsqueda de soluciones juntos para nuestros barrios y ciudades, actuando formulando reivindicaciones respuestas o soluciones que se demandan en clave de derechos; derechos de calidad de vida o bienestar.

-Funcionamiento democrático.

-Sin ánimo de lucro.

-Independientes.

-Con respecto a estas características merece la pena aclarar que no tener ánimo de lucro significa que no se pueden repartir los beneficios o excedentes económicos anuales entre los socios, por tanto, sí se puede:

-Tener excedentes económicos al finalizar el año.

Tener contratados laborales en la Asociación.

-Realizar Actividades Económicas que puedan generar excedentes económicos.

-Lógicamente, dichos excedentes deberán reinvertirse en el cumplimiento de los fines de la entidad.

-Podemos distinguir también entre Asociaciones y Federaciones o Coordinadoras, que serían las entidades formadas por la agrupación de varias Asociaciones. Los aspectos legales, fiscales, económicos, administrativos, etc., del funcionamiento de las Asociaciones y las Federaciones o Coordinadoras, son prácticamente iguales, con la única diferencia de que en éstas últimas, los socios serán personas jurídicas, es decir, las Asociaciones que pertenezcan a la Federación o Coordinadora, y así se especificará en sus estatutos. Así se establece en el Artículo 3 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de asociación, en su apartado f, donde dice:

-"f. Las asociaciones podrán constituir federaciones, confederaciones o uniones, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para la constitución de asociaciones, con acuerdo expreso de sus órganos competentes".

-Las Federaciones de asociaciones tienen entidad jurídica propia, estatutos y mecanismos de representación distintos de los propios de las asociaciones miembros. Desarrollan una función de asesoramiento a las entidades federadas, prestación de servicios y mediación ante instituciones y otras instancias, puesto que acostumbran

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