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Recurso De Revocacion


Enviado por   •  27 de Febrero de 2013  •  2.015 Palabras (9 Páginas)  •  375 Visitas

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ASUNTO: RECURSO DE INCONFORMIDAD

CONSEJO CONSULTIVO DELEGACIONAL

DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO

SOCIAL DELEGACION ESTATAL MORELOS.

P R E S E N T E.

C. J. JESUS MARTINEZ SANCHEZ. Promoviendo por mi propio derecho con domicilio particular en Isabela Catolicazo. 1 Col. Gabriel Tepepa, Tlaquiltenango, Morelos. y señalando el domicilio para oír y recibir notificación el ubicado en PRIV. LOS PINOS 93 COL. EL VERGEL C.P. 62400 CUERNAVACA, MORELOS. Ante usted, respetuosamente comparezco para exponer:

Que por medio del presente recurso y con fundamento en el articulo 294 de La Ley del Seguro Social vengo interponiendo RECURSO DE INCONFORMIDAD en contra de DOS MANDAMIENTO DE EJECUCION SIN NUMERO DE OFICIO de fecha 07 de febrero del 2012 y fecha de diligencia 09 de febrero del 2012 por un total de $29,832.81 (veinte nueve mil ochocientos treinta y dos pesos 81/100 M.N.) y $4,767.47 (cuatro mil setecientos sesenta y siete pesos 47/100 M.N.) respectivamente y notificados por personal de La Oficina para Cobros Zacatepec, Morelos. y al efecto manifiesto:

ACTO RECURRIDO

a) La resolución identificada con los números de créditos 119005989, 119005994, 119005999, 119005990, 119005995, 119006000, 119006001, 119005991, 119005996, 119005992, 119005997, 119005993, 119005998, 119005893, 119006002, 116001158, 116001160 y 116001159, emitidos por LA SUBDELEGACION DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL: ZACATEPEC. SECRETARIA, mediante las cuales determina a cargo en cantidad total de $34,600.28 mismas que desconozco y manifiesto bajo protesta de de decir verdad, cuya emisión se atribuye a la SUBDELEGACION DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL: ZACATEPEC.

A afecto de acreditar mi pretensión expongo lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 68 del Código Fiscal Federal, manifiesto bajo protesta de decir verdad que el día 13 de Enero del 2012 me notificaron en mi domicilio particular la determinación de Los Créditos Fiscales multas descritos en el apartado actos recurrido, lo que en este mismo acto y con lo dispuesto en el numeral 129, fracción I del Código Fiscal Federal, MANIFIESTO NO CONOCER LA NOTIFICACION MEDIANTE “FOLIO DE PROMOCION” NUMERO 1815/SATICA/2010/0012 DE FECHA 22 DE FEBRERO DEL 2010 MISMO QUE FUE SUPUESTAMENTE NOTIFICADO Y DEBIDAMENTE. TAL COMO LO MANIFIESTA LA AUTORIDAD EN LA HOJA 6 DEL OFICIO No. 189103900110/AP-697/2011 DE ESTE ACTO ADMINISTRATIVO DETERMINANTE.

ES POR ELLO QUE HAGO RESERVA EXPRESA AL DERECHO DE PLANTEAR AGRAVIOS EN MI CONTRA, VÍA AL RECURSO DE INCONFORMIDAD, ESTO EN RAZÓN DE QUE LA AUTORIDAD RECURRIDA, ACOMPAÑE LOS ACTOS IMPUGNADOS CON SUS RESPECTIVAS NOTIFICACIONES; TODO LO ANTERIOR EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL NUMERAL PRECITADO.

Bajo protesta de decir verdad manifiesto que como antecedentes y hechos del acto que se controvierte que constan a la recurrente están los siguientes:

H E C H O S

1.- En fecha 18 de agosto del 2011, por demás de manera sorpresiva me notificaron el Oficio numero 1891-03900110/AP-490/2011 en el cual me solicitan DATOS, INFORMES Y DOCUMENTOS, de fecha 12 de agosto 2011 con respecto a la obra de construcción ubicada en Ampliación Av. Instituto Tecnológico S/N; Col Ampliación Plan de Ayala, Zacatepec Mor. Condicionándome 5 días hábiles para presentar dicha documentación, girado por el C.C.P. MARCO ANTONIO NAVA LAZOS. Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social Zacatepec.

2.- Con fecha 25 de agosto del 2011 doy contestación al oficio numero189103900110/AP-490/2011 donde me solicitan DATOS, INFORMES Y DOCUMENTOS. Recibido en las oficinas de La Subdelegación Zacatepec anexando a mi escrito copias de las actas de nacimiento así como copias de las credenciales de elector de los familiares que me apoyaron solo esto por desconocimiento que otros documentos debería anexar.

3.- Con fecha 09 de septiembre de 2011 se me notifica oficio numero 189103900110/AP-570/2011 de fecha 08 de Septiembre 2011 la cual es contestación a mi oficio del 25 de agosto 2011 en el cual menciono que mi obra fue de manera personal y con la ayuda de mis familiares asiéndome del conocimiento QUE NO PROCEDE MI SOLICITUD DE CONSIDERAR COMO AUTOCONSTRUCCION.

4.- Con fecha 13 de Enero 2012 se me notifica oficio número 1815/1CC/A18/00009/2011 donde se me determinan los créditos fiscales ya mencionados con antelación con un total determinado $ 33,403.88 (treinta y tres mil cuatrocientos tres pesos 88/100 M. N.)

5.- Con fecha 01 de febrero del 2012 interpongo RECURSO DE INCONFORMIDAD ante EL CONSEJO CONSULTIVO DELEGACIONAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ESTATAL MORELOS con fecha de recepción 01 de febrero del 2012 anexando a esta pruebas de comprobación para LA AUTOCONSTRUCCION.

6.- En fecha 09 de Febrero de 2012, fue practicado en mi domicilio de obra requerimiento de pago, embargándome, los siguientes bienes.

• Una Camioneta marca Chevrolet modelo C-10703 A*O 1977 COLOR BEIGE

• Una MOTOCICLETA marca ITALIKA modelo DS150 2010 COLOR VINO

• Un MINICOMPONENTE marca SONY

• REFRIGUERADOR MARCA MABE

• UN HORNO DE MICROONDAS.

AGRAVIOS

PRIMERO.- En la especie, existe una trasgresión a las Garantías de Audiencia, Legalidad y Seguridad Jurídica, contempladas en los Artículos 14 y 16 de la Constitución Federal y en su correlativo 38, fracción IV del Código Fiscal de la Federación, por la inexistencia jurídica de los denominados créditos fiscales señalados y requeridos en el procedimiento de cobro coactivo, toda vez "QUE JAMAS HE VIOLADO DISPOSICION ALGUNA” y para que nazca a la vida jurídica el Procedimiento Administrativo de Ejecución es necesario e imprescindible de la existencia de un crédito determinado por autoridad competente, por lo que al no existir el crédito fiscal, es ilegal todo el Procedimiento de la Administrativo de Ejecución y todo lo que de él devenga por tener vicios jurídicos, independientemente de que su naturaleza intrínseca es ilegal.

A lo cual, en los términos del artículo 68 del Código Fiscal de la Federación Niego Lisa y Llanamente la existencia de créditos fiscales a mi cargo y que de lugar por su falta de pago al requerimiento de pago y embargo de los mismos.

Al respecto el segundo párrafo del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estipula en su parte conducente que: "Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades,

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