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Reforma A La Ley De Amparo


Enviado por   •  20 de Agosto de 2013  •  588 Palabras (3 Páginas)  •  268 Visitas

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Reforma a la Ley de Amparo

Los días 6 y 10 de junio de 2011, se aprobaron dos reformas constitucionales, la Reforma en la Ley de Amparo y la Reforma Constitucional en materia de derechos humanos.

A continuación se mencionaran unos puntos relevantes que se implementaron en la Nueva Ley de Amparo.

El amparo puede promoverse no solamente por violaciones constitucionales, sino también cuando se hayan violado derechos previstos en tratados internacionales.

El amparo ahora procede no solamente por lo que la autoridad haga, sino también por lo que deja de hacer: si una autoridad es omisa en el cumplimiento de una obligación que le impone la ley, cualquier persona afectada podrá reclamar dicha omisión ante un juez federal a través del amparo.

Cuando la Suprema Corte declare la inconstitucionalidad de una ley, en ciertos casos esa declaración tendrá un efecto general, lo que supone que beneficiará a todas las personas, incluso si no interpusieron una demanda de amparo.

Los escritos dentro del juicio de amparo se podrán interponer por medio de papeles físicos o por vía electrónica. La modernidad da de esta manera un firme paso hacia delante dentro del Poder Judicial de la Federación. No estamos nada lejos, por fortuna, de los juicios en línea que ya se están probando en algunos tribunales mexicanos (de hecho ya funcionan en materia fiscal).

El amparo se puede promover para pedir la protección no solamente de derechos individuales, sino también la de intereses colectivos. Eso es una buena noticia para grupos de consumidores y para quienes defienden el medio ambiente.

No se otorgará la suspensión del acto de autoridad contra el que se interpone el amparo, cuando se afecte de manera significativa el interés público. Así sucederá por ejemplo en materia de telecomunicaciones o cuando se trate de casinos o establecimientos de juegos y sorteos.

En el artículo 94 se incorpora la facultad del Consejo de la Judicatura Federal, para que se establezcan plenos de Circuito. En el artículo 107 Fracción XIII se prevé que el Pleno conozca de las contradicciones de tesis.

Se abrió la posibilidad de que algunos juicios de amparo se resuelvan de manera prioritaria cuando alguna de las Cámaras, justifique la urgencia.

Los tribunales de la Federación conocerán los procedimientos relacionados con delitos de orden federal.

Se estableció también la obligación del Tribunal Colegiado de Circuito de examinar todas las violaciones procesales que se hayan hecho valer. Si estas violaciones no se hicieron valer, ya no podrán ser materia de concepto de violación.

Además se establece la posibilidad de que la parte interesada pueda presentar amparo en forma adhesiva.

En el amparo directo se mantuvo el principio de definitividad, manteniéndose las excepciones en caso de que se afecten los derechos de menores o incapaces,

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