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Regimen De Convivenci


Enviado por   •  4 de Marzo de 2013  •  1.088 Palabras (5 Páginas)  •  457 Visitas

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OBJETO: Promover Juicio de Régimen de Convivencia

Sr/a. Juez/a

Juzgado de la Niñez y Adolescencia

JONATHAN DAVID OLMEDO, abogado de la Ma-tricula C.S.J. N° 29.321 y ARSENIO ISAIAS CENTURION AYALA, abogado con Ma-tricula C.S.J. N° 10.907, en nombre y representación del señor Pedro Francisco Recal-de Medina conforme lo justifica el testimonio de poder que acompañamos, constitu-yendo domiciliado procesal en la calle Dr. Ernesto San Martin Nº 464 c/ Rio Pilcoma-yo de la Ciudad de Lambaré, siendo el domicilio real de nuestro mandante la casa N° 1265 de la calle Petereby c/ kuarahy de la Ciudad de Lambaré, a V.S. respetuosamen-te decimos:-

QUE, por orden estricta de nuestro mandante, veni-mos a promover juicio de REGIMEN DE CONVIVENCIA en contra de su ex concubi-na la señora Nilda Beatriz Morel Ledesma, quien se halla domiciliada en la ca-sa______________________________________ de la ciudad de Villa Elisa, favoreciendo a su menor hijo Pedro Francisco Recalde Morel de 6 (seis) años de edad, de acuerdo a las consideraciones de hecho y de derecho que pasamos a exponer:-/-

Hechos

QUE, nuestro mandante ha mantenido una relación en concubinato con la señora Nilda Beatriz Morel Ledesma, paraguaya con C.I. N° 4.022.039, ahora ex concubina, fruto de esta relación, el 09 de febrero del año 2007, na-ció su hijo menor de edad Pedro Francisco Recalde Morel.-

QUE, en fecha 17 de octubre la Señora Nilda Beatriz Morel Ledesma abandonó el hogar, sin comunicar a donde se dirigía, ni mucho menos poniendo en comunicación a nuestro mandante acerca de su paradero. El sr. Pedro Recalde está convencido que el motivo por el cual la mencionada ha abandonado el hogar, es en razón a la incompatibilidad de caracteres, entre otras cosas, como conse-cuencia de desfasajes económicos y supuesto fraude en la administración a cargo de la misma en una sociedad que poseen en conjunto, quien se ha negado a rendir cuen-tas sobre su gestión, asunto que ya se haya en manos de la justicia penal, por lo cual es evidente que ante los reclamos del sr. Pedro Recalde, la madre del niño huyó de sus responsabilidades.-

QUE, el día viernes 19 de octubre, la madre del niño se presenta en el hogar no para apaciguar ninguna especie de diferencias, sino que con una actitud prepotente, manifestando que el motivo de su presencia era con la intensión de llevarse a su hijo con las pertenencias del mismo, a lo cual nuestro man-dante se negó rotundamente puesto que la madre no respondió, donde lo llevaría ni por cuanto tiempo, por lo que jamás su padre lo dejaría sólo y desamparado. El sr. Pedro Recalde en ningún momento se negó a que la madre retorne al hogar o se rela-ciones con el hijo de ambos, pero por la reacción de la sra. Nilda Morel, él no quiso exponer a su hijo a forcejeos o a algún tipo de discusión que afecte su equilibrio emo-cional.

La madre insistente, llamó al sistema 911 de emer-gencia quienes acudieron al llamado haciéndose presente dos oficiales en el domici-lio a modo de presionar la entrega del niño, pero al no haber una orden judicial, por la que un Juez competente ordene alguna medida especial, nuestro mandante no en-tregó a su hijo, ¿qué padre entregaría a su hijo sin tener la certeza de donde irá sin pen-sar en su

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