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Reglamentos De Estatuto


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2012  •  3.952 Palabras (16 Páginas)  •  526 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA

REGLAMENTO DE ESTUDIOS

CAPÍTULO I

BASE LEGAL

 Constitución Política del Estado.

 Ley Universitaria Nº 23733 y sus modificatorias.

 Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

 Estatuto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.

 Reglamento General de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.

CAPÍTULO II

DEL INGRESO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA

Art.1º El ingreso a la universidad Nacional Agraria de la Selva (UNAS), para realizar estudios de pregrado se efectúa a través de las siguientes modalidades:

• Por concurso de Examen de Admisión.

• Por exoneración de Examen de Admisión.

Art. 2º El ingreso por concurso de Examen de Admisión consiste en aprobar una prueba de conocimientos y aptitud académica.

Art. 3º La exoneración del Examen de Admisión se efectúa mediante las siguientes modalidades, cuyo procedimiento se establece en el Reglamento de Admisión:

a) Los titulados en las universidades o en las instituciones educativas de nivel superior o con rango universitario.

b) Traslados externos.

c) Traslados internos.

d) Los estudiantes del Centro Preuniversitario de la UNAS, que habiendo obtenido nota aprobatoria, logren cubrir una vacante.

e) Los estudiantes que han ocupado los dos primeros puestos en las instituciones educativas de nivel secundario, ubicados de preferencia en el área de influencia de la UNAS conforme a ley.

f) Los deportistas calificados que cumplan con lo establecido en el reglamento especifico para este caso.

g) Por Arte y Cultura

h) Los dos primeros alumnos de las instituciones educativas de las comunidades nativas y campesinas a nivel nacional previo convenio específico.

i) Víctimas de terrorismo

j) Personas con discapacidad.

CAPÍTULO III

DEL RÉGIMEN DE ESTUDIOS

Art.4º El Régimen de estudios de la UNAS es mediante el sistema de créditos, con currículo flexible y en periodos semestrales, que tienen una duración de 17 semanas.

Art.5º El currículo incluye un conjunto de asignaturas obligatorias, electivas y actividades organizadas por semestres académicos, de acuerdo al plan de estudios correspondiente por cada carrera profesional.

Art. 6º Los estudios profesionales tienen una duración de 10 (diez) semestres académicos efectivos. El alumno concluye sus estudios dentro de este plazo siempre que haya aprobado 200 créditos como mínimo. El máximo de los créditos varía de acuerdo al plan de estudios establecido por cada Facultad.

Art.7º Se entiende por crédito, a la unidad de medida para asignar el valor a un tiempo determinado de trabajo académico, de acuerdo a la naturaleza de la asignatura: Es igual a una sesión de teoría de una hora o a una sesión de prácticas de dos horas.

Art.8º Los créditos cumplen las siguientes funciones:

a) Regulan el límite máximo y mínimo de asignaturas que el alumno debe matricularse en cada semestre académico.

b) Facilitan cambios, reajustes y equivalencias de asignaturas de los planes de estudios vigentes.

Art.9º Cada Facultad determina el currículo y el plan de estudios, el mismo que deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad y ratificado por el Consejo Universitario. En el cual se fija el total de créditos para egresar de la universidad y los créditos para cada semestre, así como el número de créditos de cada asignatura.

CAPÍTULO IV

DE LA MATRÍCULA

Art.10º La matrícula en la UNAS, es el acto formal y voluntario que acredita la condición de estudiante e implica cumplir con la Ley Universitaria, el Estatuto y los Reglamentos de la UNAS.

Art.11º El proceso de matrícula se realiza por semestres académicos .Se desarrollará estrictamente según el calendario académico, aprobado por el Consejo Universitario. Este proceso no debe exceder de cuatro (04) días calendarios: Tres (03) días para la matrícula regular y, un (01) día para la matrícula extemporáneo previo pago fijado en el TUPA.

Art.12º La matrícula se realiza por cursos y conforme al plan de asignaturas de las facultades. Son condiciones para tener derecho a la matrícula, cumplir con pagar los derechos correspondientes y haber aprobado los cursos requisitos. El cumplimiento será controlado por la Oficina de Coordinación y Desarrollo Académico - OCDA.

Art.13º Para el proceso de matrícula, el estudiante se clasifica en: Regular e Irregular.

a) Regular, es el alumno que aprueba cada semestre no menor a la decima parte de créditos de su carrera, por año. Puede matricularse en un mínimo de 16 créditos y hasta 22.

b) Irregular, es el alumno que aprueba el número de créditos menor a la décima parte de créditos de su carrera. Puede matricularse hasta en un máximo de 16 créditos por semestre.

Art. 14º El alumno que al finalizar el semestre académico no apruebe el mínimo de créditos establecidos semestralmente para su carrera profesional, será amonestado por el decano de su facultad y perderá la gratuidad de enseñanza y los servicios pagados que brinda la universidad, mientras permanezca en esta condición. Se aplicarán las tasas establecidas en el TUPA institucional.

Art. 15º El alumno que no haya logrado superar con el rendimiento académico mínimo contemplado en el artículo anterior, será suspendido en el siguiente semestre.

Art. 16º El alumno que a su reincorporación no logra aprobar los cursos en la proporción mínima establecida, será separado definitivamente de la universidad.

Art.17º Los estudiantes regulares podrán matricularse en más créditos, según la escala siguiente.

PROMEDIO SEMESTRAL CRÉDITOS POR

SEMESTRE

12 a 12.9 23

13 a 13.9 24

14 a 14.9 25

15 a más Hasta 27 créditos

Art.18º Anualmente se ofrece dos (02) semestres académicos regulares. Excepcionalmente se podrá programar cursos de verano de enero a marzo propuestos por las Facultades, los mismos que serán aprobados por el Consejo Universitario; el alumno podrá matricularse en un máximo de tres (3) cursos. Se regirá por su propia reglamentación.

Art.19º Para los semestres regulares (primero y segundo semestre académico) de cada año, los cursos se ofrecerán semestralmente de acuerdo al plan de asignaturas establecidas por cada especialidad o carrera profesional. Para los cursos regulares no tienen exigencia de número mínimo de alumnos

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