Regulacion Juridica
Enviado por amnyparraga • 26 de Octubre de 2011 • 1.119 Palabras (5 Páginas) • 592 Visitas
Nociones generales del derecho internacional publico
Reseña histórica
Edad antigua: En la edad antigua en Roma y Grecia se dieron dos instituciones, la proxenia en Grecia y la Ius Gentium en Roma. Instituciones creadas para dar protección al extranjero que estuviese de paso o transeúnte.
Edad media:
¿Cuál fue la contribución del cristianismo y sus cruzadas al DIP?
- Nuevos valores en las relaciones entre las naciones
- Y los incipientes estados europeos, valores de paz, solidaridad, cooperación, amor, diferencia entre el bien y el mal, nuevas culturas, el libre comercio, etc.
Edad moderna:
- Independencia de Estados Unidos
- Revolución americana
- Revolución francesa
- Congreso de wesfalia
- Congreso de Viena
¿Cuál fue el aporte de estos hechos históricos al derecho internacional público?
• Génesis de la protección y salva guarda de los derechos humanos a raíz de la revolución francesa
• Se crea el principio de autodeterminación de los pueblos, de igualdad entre ellos
• Se comienza las relaciones internacionales a través de representantes diplomáticos, es decir, embajadores y consulados
• Se adopta el francés como idioma diplomático
• Se inicia el proceso de abolición de la esclavitud
• Se permite la naveguidad en los ríos y mares
• Se inician nuevas relaciones diplomáticas entre el nuevo mundo (América) y el viejo mundo (Europa)
Edad contemporánea: al término de la guerra mundial se crea la ley de la sociedad de las naciones
¿Cuáles son los beneficios que trajeron consigo las dos guerras mundiales?
¿Qué beneficio aporto desde el punto de vista político el derrumbe del muro de Berlín?
Definición de DIP: conjunto de principios jurídicos que valen en la comunidad internacional y que responden a un esquema de subordinación
Fundamentos doctrinales
En la doctrina voluntarista, las reglas jurídicas son consideradas como un producto de la voluntad humana. El derecho internacional se fundamenta principalmente en el consentimiento de los estados y técnicamente se ha desarrollado en dos direcciones la de la autolimitación y la de la voluntad colectiva, las cuales son explicadas brevemente a continuación.
Autolimitación del estado (jellinek). Propiedad del poder de un estado, en virtud de la cual le corresponde solo a este la capacidad de determinarse jurídicamente y obligarse a si mismo.
Voluntad colectiva de los estados o pacto normativo (triepel). Acuerdo de voluntad de los estados, que tienen la virtud de crear una norma común, distinta y por encima de los intereses particulares de esos mismos estados.
La doctrina objetivista, ésta tiende por el contrario a situar el origen del ordenamiento jurídico fuera del campo de la voluntad humana, ya sea en una norma fundamental de la que derivan todas las reglas de derecho (teoría normativista de la escuela austriaca de Kelsen ya en el Hecho Social, es decir en una fuerza coactiva que se impone por si misma a los individuos.
La Función Social como Fundamento del Derecho Internacional Público
La función más importante del Derecho Internacional Público es de mantener las relaciones armoniosas y la paz entre los estados, de manera que se garanticen todos los derechos fundamentales de toda la comunidad internacional. Por esa razón se dice que el fin último del Derecho Internacional Público ésta representado por la función social, el hablar de conceptos como paz y armonía hace pensar en la necesidad absoluta de elementos como la cooperación, sin éste elemento se hace imposible lograr los objetivos propuestos.
Jerarquía de la fuente del DIP: existen multiples criterios lo cual ha generado una confusión en doctrina y en la practica pueden presentarse los mismos inconvenientes, no obstante para atenuar esa confusión ha habido un criterio contexte y uniforme en aplicar el Art. 38, que comprende el
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