Riesgo Laboral
Enviado por johannperalta • 18 de Febrero de 2014 • 3.325 Palabras (14 Páginas) • 327 Visitas
INTRODUCCION
El programa de salud ocupacional como todo plan, parte para su diseño, del diagnóstico de las condiciones de trabajo y salud existentes en cada empresa.
El diagnóstico permite determinar cuál es el grado de desarrollo de la salud ocupacional y por ende que estrategias operativas y administrativas se deben implementar para el control de los factores de riesgo laboral.
En nuestro medio una de las herramientas de diagnóstico más utilizadas en la matriz de riesgo. En esta se identifica, se ubican y se valoran los diferentes factores de riesgo en una empresa.
La valoración otorgada a cada factor de riesgo sirve para determinar cuáles son las acciones prioritarias a implementar en el ambiente de trabajo y en las personas.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Priorizar, valorar, reconocer la investigación del sistema general de riesgos laborales como el riesgo presente en el proceso del ambiente laboral.
Educar a patronos, trabajadores para que identifiquen los riesgos laborales existentes y las medidas de seguridad y control sobre el sistema general de riesgo laboral.
OBJETIVO GENERAL
Dara a conocer los riesgos en el área laboral, como son los accidentes e incidentes para implementar el plan de acción y control para corregirlos.
SISTEMA DE RIESGOS LABORALES 1562 JUNIO DEL 2012.
MODIFICADA POR LA LEY 1562 DE JUNIO DEL 2012, SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. (SGSST)
Reglamentado parcialmente por el Decreto Nacional 34 de 2013
Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Artículo 1°. Definiciones:
Sistema General de Riesgos Laborales: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.
Salud Ocupacional: Se entenderá en adelante como Seguridad y Salud en el Trabajo, definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.
Programa de Salud Ocupacional: en lo sucesivo se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
Accidente de trabajo.
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.
De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.
Enfermedad laboral.
Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional serán reconocidas como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes.
Peligro.
Aquello que puede ocasionar un daño.
Un PELIGRO existe en el caso en que un objeto o sustancia o situación tenga una capacidad inherente de provocar un efecto adverso.
Algunos peligros Laborales
Dichos peligros incluyen aceras irregulares, maquinaria sin vigilancia, una ruta resbalosa, un incendio, una explosión y un escape de gas tóxico repentino.
Riesgo laboral.
El Riesgo Laboral, es un riesgo existente en el área laboral que pude resultar en una enfermedad laboral o en un accidente laboral.
Factores
Los factores de riesgos laborales son aquellos que se relacionan directamente con la actividad ejercida en el lugar de trabajo y mediante esta información clasificar cual fue la razón del accidente mediante trabajo multidisciplinario de distintos profesionales en materia de; Higiene, Medicina del trabajo, Ergonomía y la Psicología, con el objeto de poder mitigar a estos en el lugar de trabajo favoreciendo la seguridad en este.
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