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SOCIEDADES MERCANTILES


Enviado por   •  18 de Marzo de 2013  •  1.571 Palabras (7 Páginas)  •  332 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA FUERZA ARMADA

NÚCLEO MIRANDA – EXTENSIÓN OCUMARE DEL TUY

CARRERA CONTADURÍA PÚBLICA, 4to SEMESTRE, SECCIÓN 401 NOCTURNO

UNIDAD CURRICULAR: DERECHO MERCANTIL

Prof:

Abogado Alexander Velásquez

Bachilleres:

Lucero A., Maxci C.

C.I. 6.827.977

Ortega G., Dodanim C.

C.I. 18.389.944

Ocumare del Tuy, 15 de mayo de 2012.

SOCIEDADES MERCANTILES

Concepto de Sociedad

Es cuando dos (2) o más personas convienes en contribuir, cada una con la propiedad o el uso de las cosas, o con su propia industria, a la realización de un fin económico común.

Sociedades Mercantiles

Se consideran sociedades mercantiles o de comercio aquellas que tiene por objeto uno o más actos de comercio y están integradas por dos o más personas, con un fin de lucro común.

Las sociedades mercantiles se rigen por convenimiento de las partes actoras, cumpliendo con los requisitos legales establecidos en la constitución para el funcionamiento de las mismas.

Todas las sociedades mercantiles constituyen personas jurídicas y tienen un domicilio, el cual está en el lugar donde se establece principalmente y determinado en el contrato constitutivo de la sociedad.

Las sociedades mercantiles son las siguientes:

Sociedad en nombre colectivo: Es en la cual las obligaciones sociales están garantizados por la responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los socios. Su origen es la comunidad familiar, en especial la de coherederos, aunque posteriormente había también participación de extraños en la familia.

Esta sociedad debe registrarse en el Registro Mercantil o Tribunal de comercio de la jurisdicción y publicarse en periódico local o se hará en carteles fijados en los lugares más públicos del domicilio, comprobándose la publicación con un ejemplar del periódico o con uno de los carteles certificados por el funcionario correspondiente.

La sociedad en nombre colectivo, actúa bajo una razón social, la cual está compuesta por los nombres de todos los socios, o lo que es normal, por el nombre de uno de los socios con una mención que revelen la existencia de una sociedad.

La responsabilidad de los socios es ilimitada y solidaria, pero de carácter subsidiario, esto quiere decir que los acreedores de la sociedad no pueden ejercer acción personal contra los socios sin haberlo hecho contra la sociedad.

Los socios son responsables, aún por las obligaciones contraídas anteriormente a su entrada a la misma, esta responsabilidad termina al separarse el socio de la sociedad, previa separación haya sido registrada y publicada.

Si al contrato social no dice otra cosa, todos los socios pueden obrar y firmar por la sociedad y también podrá ejercer todos los actos de administración separadamente, de prever la representación conjunta de varios administradores.

Solo los socios pueden ser administradores, aunque si los mismos quisieran encargar a un tercero, podrían nombrarlo.

La obligación principal de los socios es la de hacer su aportación, estos aportes deben consistir en dinero, especie o en la propia industria.

Sociedad en Comandita: En esta sociedad las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de uno o más socios, llamados socios comanditarios. El capital de los comanditarios puede estar dividido en acciones. En este caso, la sociedad es llamada sociedad en comandita por acciones, mientras que en los demás casos se emplea el término de sociedad en comandita simple.

Esta sociedad en comandita se constituye de la misma manera que la sociedad en nombre colectivo, sin embargo la parte del contrato social que debe registrarse y publicarse, comprenderá los nombre de los socios comanditarios solamente si no han entregado su aporte.

La razón social de la sociedad debe contener el nombre por lo menos de uno de los asociados personalmente responsables, y una mención que revele la existencia de una sociedad.

El comanditario cuyo nombre quede incluido en razón social es responsable de todas las obligaciones de la sociedad como socio solidario.

Los socios comanditario solo responden por los actos de la sociedad con el capital que pusieron o debieron poner en ella.

A los comanditarios les está prohibida la ejecución de actos de administración, tampoco pueden ser apoderados generales de la sociedad.

Sociedad en Comandita por acciones. Esta sociedad está sometida esencialmente a las mismas reglas que la sociedad anónima.

Sociedad Anónima: Es aquella en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados sino por el monto de su acción. La responsabilidad de los socios, que es una responsabilidad por el aporte, no existe frente a los terceros sino respecto a la sociedad. En relación a los terceros el único responsable de las obligaciones es la sociedad.

Se distingue entre la constitución de la sociedad anónima en forma

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