Sociedades Mercantiles
Enviado por Enith9513 • 9 de Marzo de 2013 • 2.148 Palabras (9 Páginas) • 646 Visitas
INDICE
Introducción………………………………………..…… 3
Desarrollo……………………………………………… 4
Requisitos que toda sociedad debe reunir
Elementos
Órganos de las sociedades mercantiles
Clasificación
Transformación, Fusión y División
Disolución y liquidación de las sociedades mercantiles
Conclusiones………………………………………..…. 10
Bibliografía………………………………………………. 11
INTRODUCCION
Una sociedad mercantil es reconocida por la ley como una entidad propia y distinta a sus miembros. Por lo tanto, cuenta con un patrimonio común y con la participación de socios, tanto en sus ganancias como en sus pérdidas. Es un ente colectivo con un interés o propósito en común.
La sociedad mercantil o sociedad comercial es aquella sociedad que tiene por objetivo la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil. Se diferencia de un contrato de sociedad civil. Como toda sociedad, son entes a los que la ley reconoce personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros, y que contando también con patrimonio propio, canalizan sus esfuerzos a la realización de una finalidad lucrativa que es común. con vocación tal que los beneficios que resulten de las actividades realizadas, solamente serán percibidos por los socios.
Es una agrupación pactada de personas, que constituyen unidad distinta de cada uno de sus individuos, con el fin de cumplir, mediante la mutua cooperación, fines pertenecientes al comercio.
DESARROLLO
Requisitos que toda sociedad debe reunir
• Afán de lucro. Esto significa que la persona moral será constituida para generar beneficios económicos. Si no se pretende tener beneficios económicos o de lucro, entonces no se constituye una sociedad mercantil.
• Contribución a las pérdidas. Es el riesgo inherente al negocio y es compartido por todos los socios.
• Aportación inicial. Es la contribución patrimonial de los socios: puede estar representada por dinero, bienes muebles o inmuebles o bien, trabajo.
• La affectio societatis. Que es la intención existente por parte de los socios de lograr un bien común para la sociedad.
Las cuatro sociedades reguladas por la Ley General de Sociedades Mercantiles requieren:
• Junta de socios para elaborar proyecto de estatutos.
• Autorización de la Secretaría de Economía.
• Protocolización ante notario público.
• Inscripción en el Registro Público de Comercio.
Las sociedades cooperativas, que son reguladas por la Ley General de Sociedades Cooperativas piden un proceso de constitución, que involucra:
• Acta por quintuplicado a la asamblea general.
• Certificación de firmas ante notario público, corredor público o juez de distrito, entre otras.
• Autorización de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.
• Inscripción en el Registro Público de Comercio.
ELEMENTOS
En las Sociedades Mercantiles hay tres elementos fundamentales:
• Los económicos
• Los sociales
• Los conyugales
ORGANOS DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
En las sociedades Mercantiles normalmente coexisten tres tipos de órganos.
• El gubernamental
• Administrativo
• De Vigilancia.
•
CLASIFICACION
Las Sociedades comerciales se pueden clasificar conforme a varios criterios, entre los que destacan los siguientes:
I.- Sociedad en Nombre Colectivo
En esta sociedad, los socios responden de modo subsidiario, solidario e ilimitado ante las obligaciones sociales.
Las cláusulas del contrato de este tipo de sociedad que supriman la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios no producirán efectos legales con terceros; pero los socios pueden estipular que la responsabilidad de alguno o algunos de ellos se limite a una porción o cuota determinada.
La razón social se formará con el nombre de uno o más socios, y cuando en ella no figuren todos se añadirán las palabras y compañía o equivalentes.
No se establece un mínimo de capital, y las reservas representan 5% de las utilidades anuales hasta reunir 20% del capital social fijo. Existe un mínimo de dos socios, pero un máximo ilimitado.
II.- Sociedad en Comandita Simple (S. en C.)
En la Sociedad en Comandita se tienen dos tipos de socios: los comanditados y los comanditarios. Los comanditados tienen una responsabilidad solidaria, subsidiaria e ilimitada; mientras que la responsabilidad de los comanditarios se determina por sus aportaciones, salvo que hayan tomado parte en alguna operación o administre, de manera habitual, los negocios de la sociedad.
La razón social se formará con los nombres de uno o más comanditados, seguidos de las palabras “y compañía” u otros equivalentes, cuando en ella no figuren los de todos. A la razón social se agregarán siempre las palabras “Sociedad en Comandita” o su abreviatura “S. en C”
No se establece un mínimo de capital, y las reservas representan 5% de las utilidades anuales hasta reunir 20% del capital social fijo. Existe un mínimo de dos socios en adelante, no tiene ningún límite de socios.
III.- Sociedad en Comandita por Acciones (S. en C. por A.)
Al igual que la S. en C., esta sociedad tiene dos tipos de socios: los comanditados y los comanditarios. La diferencia es que su capital se representa por acciones, por lo que no todos los socios están obligados a las mismas responsabilidades.
El socio comanditario quedará obligado solidariamente para con los terceros por todas las obligaciones de la sociedad en que haya tomado parte o en las que no haya tenido parte, pero en algún momento administró los negocios de la sociedad.
Es importante tener en cuenta que los socios comanditarios no pueden ser administradores, a pesar de poder autorizar y vigilar su sociedad.
No se establece un mínimo de capital, y las reservas representan 5% de las utilidades anuales hasta reunir 20% del capital social fijo. Existe
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