Sanción Jurídica
Enviado por flavioestrada • 31 de Marzo de 2015 • 1.107 Palabras (5 Páginas) • 306 Visitas
Sanción jurídica Es la fuente de dolor o de placer según el principio de utilidad, traduciéndose en una consecuencia del incumplimiento de los deberes afín de la tesis empírica de que la probabilidad de la sanción sirve para asegurar el cumplimento de las normas.
Es Kelsen quien deja claro que la sanción es un elemento interno de la norma, y define cuatro propiedades necesarias y suficientes, a) es un acto coactivo, b) su objeto es la privación de un bien, c) quien lo ejerce debe estar autorizado por un norma válida y d) debe ser la consecuencia de una conducta de algún individuo.
Atienza distingue tres sentidos de sanción jurídica; 1. Supone la consecuencia negativa de una conducta ilícita que el ordenamiento jurídico ha de reprimir, 2. Equivale a la consecuencia negativa de una acción ilícita o la consecuencia positiva de una acción lícita y 3. Es la regulación de cualquier conducta, ya se trate de conductas indeseadas que intenta prevenir o reprimir, o de conductas deseadas que pretende promocionar o premiar.
Deber jurídico Hart distingue entre verse obligado “deber social” (cuando existe una amenaza para comportamiento contrario), sentirse obligado “deber ético” (existe compatibilidad entre sus convicciones morales y lo prescrito por la regla) y estar obligado “deber jurídico” (cuando se encuentra frente a una regla existente, con independencia de los hecho psicológicos del agente). Únicamente la tercera distinción es posible afirmar que es un deber jurídico y éste es independiente de los hechos psicológicos del agente. Para Kelsen, el deber jurídico es la norma jurídica vista desde el punto de vista del obligado, es decir, lo define como la conducta opuesta al acto antijurídico y que la conexión entre el ilícito y la sanción es normativa, no fáctica o causal. No hay deber jurídico sin que esté prevista una sanción para la conducta opuesta. Agrega que el deber jurídico se distingue del deber moral, puesto que es en sí mismo coacción, fuerza institucionalizada y establecida por el ordenamiento jurídico.
Acto antijurídico Comúnmente se entiende cuando contradice o viola alguna norma jurídica, en oposición Kelsen define el acto antijurídico como la condición o el antecedente de la sanción prevista en una norma jurídica, aplicable para un esquema de norma simplificado. Para la norma que contenga varias condiciones no todas “delitos”, es la conducta que, siendo la condición en una norma jurídica, es realizada por el individuo a quien la sanción se aplica, aplicable a los casos de responsabilidad directa. Por último Kelsen define para los casos de responsabilidad indirecta como la conducta de un hombre contra quien, o contra cuyos allegados se dirige la sanción establecido como consecuencia en una norma jurídica.
Relación jurídica Los concibe de tres formas generales;
• La primera entiende por relación jurídica una realidad intranormativa (algo existente en la misma norma jurídica)
• La segunda denota la relación que existe entre las normas de ordenamiento y los sujetos destinatarios de las normas (como relación abstracta entre norma y destinatarios que no trasciende más allá de la esfera normativa o como la relación entre norma como unidad total y todos sus determinantes),
• Y una tercera, explica la relación jurídica que se da entre personas o sujetos jurídicos, fruto de la aparición de determinados hecho naturales o actos de voluntad de personas físicas o morales contemplados por las normas jurídicas.
Responsabilidad jurídica Hart distingue cuatro posibles significados:
1. Responsabilidad como obligaciones o funciones derivadas de cierto cargo, relación, papel, etc.
2. Responsabilidad como factor causal
3. Responsabilidad como capacidad y como estado mental
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