Secuestro
Enviado por andreaamor • 2 de Julio de 2015 • 2.285 Palabras (10 Páginas) • 141 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÒN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN POLICIAL-SUCRE
LA NEGOCIACIÓN EN CASO DESUCUESTRO
PROFESOR: ELIZABETH CARVAJAL. REALIZADO POR:
.- GLADYS DA SILVA
.- SULMAN SOLANO
CUMANÁ, JUNIO DE 2015.
LA NEGOCIACION EN CASO DE SECUESTRO
SECUESTRO
Etimológicamente hablando, la palabra secuestro tiene su origen en el vocablo latino sequestrare, que significa “apoderarse de una persona para exigir rescate, o encerrar a una persona ilegalmente.”
Hoy en día, el secuestro es lo que se conoce como el acto por el cual se priva de libertad de forma ilegal a una persona o grupo de personas, normalmente durante un tiempo determinado, y con el objetivo de conseguir un rescate u obtener cualquier tipo de rédito político o mediático.
TIPOS DE SECUESTROS
En la actualidad mundial conocemos dos clases de secuestros, que a su vez se subdividen en otros tipos, entre ellos se encuentran:
1.- El Secuestro Extorsivo: Es aquel que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, con el propósito de exigir por su libertad algún provecho, o cualquier utilidad, o para que se haga u omita algo, o con fines publicitarios o de carácter político, es decir, que en esta modalidad del secuestro el sujeto activo tiene el propósito de exigir algo por la libertad de la víctima. Dentro de esta modalidad tenemos el secuestro económico, secuestro expres, secuestro virtual, secuestro político.
2.- El secuestro simple: Es aquel que con propósitos distintos a los mencionados anteriormente arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona. Bajo esta modalidad se clasificaron todos aquellos casos que no reunieron las características para ser calificados como secuestro extorsivo, es decir, en los que no hay exigencia manifiesta de dinero o pretensiones políticas.
Se considera como secuestro simple los propiciados generalmente por conflictos familiares internos y violaciones de custodia de menores
En las situaciones creadas por el hampa común, podemos distinguir dos tipos de secuestros criminales:
1.- No planificado: se inicia con un robo que se complica, un preso que captura a un rehén en la cárcel o al escaparse, por oposición a un arresto o por oposición a una decisión judicial.
2.- planificado: donde se tiene identificada a la víctima, su desenvolvimiento diario, movimientos económicos; y se cuenta con toda la logística personal y material para consumar el delito.
EL SECUESTRO Y LA LEY VENEZOLANA
Código penal venezolano, gaceta oficial Nº 39.818, establece en su artículo 460:
“El que haya secuestrado a una persona para obtener de ella o de un tercero, como precio de su libertad, dinero, cosas, títulos o documentos que produzcan un efecto jurídico cualquiera en favor del culpable o de otro que este indique, aun cuando no consiga su intento, será castigado con presidio de diez a veinte años. Si el secuestro se ejecutare por causar alarma, la pena será de diez a veinte años de presidio.
Quienes utilicen cualquier medio para planificar, incurrir, propiciar, participar, dirigir, ejecutar, colaborar, amparar, proteger o ejercer autoría material, que permita, faciliten o realicen el cautiverio, que oculten y mantengan rehenes, que hagan posible el secuestro y cobro de rescate, que obtengan un enriquecimiento producto del secuestro de personas, por el canje de estas por bienes u objetos materiales, que sufrirán pena de prisión no menor de quince años ni mayor de veinticinco años, aun no consumado el hecho.”
TIPOS DE NEGOCIACIONES
1.- Directa: se lleva a cabo en el mismo país y existe una comunicación directa entre las autoridades y los secuestradores.
2.- Indirecta: el secuestrado se puede encontrar en otro país. Los negociadores extranjeros tienen entonces un rol primordial. También se lleva a cabo en el mismo país, pero se requiere de un intermediario.
3.- La negociación de secuestrados vivos: se asume que todos o parte de los secuestrados está con vida.
4.- La negociación de los cadáveres de los secuestrados: existen negociaciones sobre este tema. Dependen de la cultura del país y del precedente que se desee crear (para evitar el asesinato de los secuestrados y aun recibir los mismos beneficios). La relación entre el ámbito criminal y el terrorismo requiere de una coordinación entre los organismos policiales y militares de una alta exigencia, tanto individual como en equipo. Si el Estado percibe a este problema como una amenaza a los objetivos nacionales, entonces requiere de una atención nacional.
LA NEGOCIACION EN CASO DE SECUESTRO
En la vida cotidiana de una persona se encuentran diversos factores que hacen necesario que el ser humano efectúe todo tipo de negociaciones, desde la compra de un periódico, la compra de un vestido, la ida a un restaurante o al cine, hasta la adquisición de una casa o un automóvil. La única diferencia que estas negociaciones guardan con las que nos ocupan es que en ellas tenemos la oportunidad de retirarnos en el momento en que así lo decidamos, en caso de no llegar a un acuerdo favorable. En el secuestro no suele suceder esto, en virtud de que los secuestradores tienen ventajas a la hora de llevar a cabo una negociación. Estas ventajas son: (Barberis y Palacios, 2002).
1. Tienen en sus manos la vida de la víctima;
2. Tienen el control del momento de llevar a cabo la negociación;
3. Utilizan las amenazas como forma de ejercer presión; y
4. No se sabe cuándo van a volver a comunicarse.
PROCESO DE NEGOCIACION
Por lo general es a través de una llamada telefónica como los delincuentes avisan que algún familiar ha sido secuestrado. Con frecuencia se decide acudir ante la autoridad responsable de la investigación de delitos,
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