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Sistema Acusatorio


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2013  •  936 Palabras (4 Páginas)  •  408 Visitas

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Con la entrada en vigencia de la Ley 63 de 2008, que establece y regula el Código Procesal penal, es decir, se da la implementación del nuevo sistema penal acusatorio en nuestro país, es por lo que el presente trabajo tiene por objeto presentar en forma descriptiva, evolutiva y reflexiva, la introducción de las técnicas de oralidad, y específicamente las del interrogatorio, y contrainterrogatorio en el juicio oral panameño.

Se trata de indagar, a partir de la experiencia panameña, si la legislación y la práctica se ordenan a los fines pretendidos con la reforma del proceso penal, o si, por el contrario, prevalecen o persisten resabios del anterior sistema inquisitivo, en los lugares donde ya se ha ido implementado dicho sistema.

Veremos y viviremos pues la experiencia, si el nuevo sistema penal acusatorio reúne las expectativas esperadas por la población panameña, haciéndose un cambio de aplicación dentro del sistema penal inquisitivo, el cual no dio los resultados esperados, en donde la mora judicial es tan alta, por ello se implementará un sistema novedoso, más garantista, y expedito, donde los principios de oralidad, publicidad, entre otros van a prevalecer, y de allí observaremos, si dicho sistema, aplicándolo de forma efectiva, eso por un lado, y por el otro la buena voluntad por parte de las entidades gubernativas, inclusive que se les asignen las partidas presupuestarias correspondientes a fin de inyectarle todos los recursos necesarios para el desenvolvimiento y aplicación del sistema acusatorio. Esto también abarca todas las capacitaciones constantes y necesarias que se le puedan brindar a toda la población panameña, no sólo a funcionarios judiciales y a abogados litigantes, sino también la orientación que se le debe de brindar a los ciudadanos de todo el país, por otro lado, se cumplan con las infraestructuras necesarias y todos los instrumentos a utilizarse para el buen desempeño y funcionamiento del nuevo sistema penal acusatorio.

La metodología empleada será en principio, una reflexión sobre los fines de la reforma procesal penal, a partir de la configuración constitucional del proceso, y la asunción de los nuevos roles que deberían asumir los intervinientes; y de ahí analizar el contenido, alcances y límites a la reforma de los artículo 556, 557 y 560 Código Procesal Penal panameño que regula la entra en vigencia del sistema acusatorio.

La ley 48 de 2009, reformó algunos artículos de la Ley 63 de 2008, tales como 556, 557 y 560 del Código Procesal Penal, relacionado con la vigencia espacial, es decir que el 2 de septiembre del año 2011, entró a regir en el Segundo Distrito Judicial, es decir Veraguas y Coclé; en el año 2012, en el Tercer Distrito Judicial de Panamá, y así sucesivamente hasta que empiece a regir en Panamá y Colón, que esperamos empiece a regir en el año 2014 tal cual se había previsto.

Con respecto a la aplicación temporal del cual trata el

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