Sistema General de Riesgos Profesionales
Enviado por 2466731 • 19 de Marzo de 2014 • Informe • 237 Palabras (1 Páginas) • 238 Visitas
DECRETO LEY 1295 /1994
LEY 1562 /2012
Sistema General de Riesgos Profesionales
Sistema General de Riesgos Laborales
Salud Ocupacional
Seguridad y Salud en el Trabajo
Programa de Salud Ocupacional
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
Aseguradora de Riesgos Profesionales (ARP)
Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL)
Articulo13. Afiliados
Son afiliados al Sistema General de Riesgos Profesionales
a) En forma obligatoria:
1. Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo o como servicios públicos.
2. Los jubilados o pensionados, excepto los de invalidez, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos.
3. Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifique fuente de ingreso para la respectiva institución, cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminación de sus estudios, e involucra un riesgo ocupacional, de conformidad con la reglamentación que para el efecto se expida.
Artículo 2. Modifíquese el artículo 13 del Decreto- ley 1295 de 1994, el cual quedara así:
Son afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales
a) En forma obligatoria:
1. Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo escrito o verbal y los servidores públicos; las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos, con una duración superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dicha prestación
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