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Sistema General De Riesgos Profesionales


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2013  •  3.789 Palabras (16 Páginas)  •  277 Visitas

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SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES

1. Definición del sistema de riesgos profesionales.

El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

El Sistema General de Riesgos Profesionales tiene los siguientes objetivos:

Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo tales como los físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales, de saneamiento y de seguridad.

Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por la incapacidad temporal o que haya lugar frente a las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente parcial o invalidez, que se deriven de las contingencias de accidente de trabajo o enfermedad profesional y muerte de origen profesional.

Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgos ocupacionales.

La selección de las entidades que administran el sistema es libre y voluntaria por parte del empleador.

Las personas independientes NO están obligadas a cotizar a este Sistema

2. Dirección y Administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.

a) El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Y El Ministerio De Salud (Hoy Fusionados Como Ministerio De Protección Social)

Es el organismo de dirección del Estado en materia de Riesgos Profesionales. Tiene como función la determinación de regímenes específicos de vigilancia epidemiológica, el desarrollo de actividades de prevención y controlar la prestación del servicio de Salud a los afiliados al Sistema en las condiciones de calidad determinada por la Ley.

b) El Consejo Nacional De Riesgos Profesionales

Organismo de dirección del Sistema conformado por miembros del ministerio, Entidades ARP, Trabajadores, Empleadores y Asociaciones Científicas de Salud ocupacional.

c) El Comité Nacional De Salud Ocupacional Órgano consultivo del Sistema conformado por miembros de Salud Ocupacional del Ministerio y las ARP

d) El Fondo De Riesgos Profesionales Tiene por objeto desarrollar estudios, campañas y actividades de promoción y divulgación para la prevención de Riesgos Profesionales

e) Las Juntas De Calificación De Invalidez Son organismos de carácter privado creados por la ley. Sus integrantes son designados por el Ministerio de Protección Social. A través del dictamen médico laboral, resuelven las controversias suscritas frente a la determinación del origen y/o grado de la invalidez, incapacidad permanente o parcial, enfermedad profesional, el accidente o muerte de los afiliados al Sistema.

f) La Superintendencia Bancaria Controlan, autorizan, vigilan y garantizan el ejercicio de la libre competencia a las Entidades A.R.P

g) Las Entidades Administradoras De Riesgos Profesionales A.R.P Compañías Aseguradoras de Vida a las cuales se les ha autorizado por parte de la Superintendecia Bancaria para la explotación del ramo de los seguros. Deben cumplir las siguientes funciones:

* Afiliar a los trabajadores

* Administrar las cotizaciones hechas al sistema

* Garantizar el reconocimiento de prestaciones asistenciales y económicas por parte de accidentes de trabajo y enfermedad profesional

* Realizar actividades de prevención y promoción de los riesgos profesionales a las empresas afiliadas

3. Características y Campo de aplicación Prestaciones Asistenciales y Económicas

- Es dirigido, orientado y controlado por el Estado.

- Las Administradoras de Riesgos Profesionales -ARP- tienen a su cargo la

afiliación al sistema y la administración del mismo.

- La afiliación de los trabajadores dependientes es obligatoria para todos los

empleadores.

- La selección de la ARP es libre y voluntaria por parte del empleador.

- Las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales están a cargo

de los empleadores.

- La cobertura del sistema se inicia desde el día calendario siguiente al de la

afiliación,

- Los empleadores, sólo podrán contratar el cubrimiento de los riesgos

profesionales con una sola ARP.

UNIDAD 2: CONCEPTUALIZACION DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

1. Análisis, causa y efecto de los accidentes de trabajo.

Con el fin de ayudar a generar ideas para identificar las causas que originan un problema de: calidad de productos o servicios, pero también de salud, o de riesgo laboral, entre otros, para poder así suprimirlas, o al menos minimizar sus efectos, en los años 50 del siglo pasado, el ingeniero japonés Kaoru Ishikawa, ideó un método gráfico sencillo, comprensible y manejable por cualquier miembro de la organización, para presentar una cadena de causas y efectos, y poder así obtener las causas y relaciones de organización entre las variables. Este método se conoce como Diagrama Causa Efecto, o también, diagrama “Espina de Pescado” o de Ishikawa.

Gráficamente, luce así:

En nuestro caso, el “Efecto o Problema” es el ACCIDENTE DE TRABAJO cuyas causas hemos de primero investigar y luego, intentar eliminarlas para evitar su repetición. Si no se ha constituido formalmente un Comité Paritario, o similar, entre cuyas funciones está la investigación de accidentes, éste es el momento para constituir un Equipo para estudiar el caso específico que se está investigando.

2. Parámetros legales en el cubrimiento de los derechos adquiridos.

Las empresas suelen tener especial cuidado con dos situaciones: el respeto por los derechos adquiridos y la igualdad de condiciones. Recuerde que no todos los aspectos de la compensación son negociables, que debe observarse el respeto por los derechos adquiridos y que tiene que seguirse el principio de igualdad en razón

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