Sociedades
Enviado por facundolarrea • 9 de Diciembre de 2013 • 483 Palabras (2 Páginas) • 182 Visitas
Ley 19.550
Naturaleza Jurídica: Contrato plurilateral de organización.
Art.1: Habrá sociedad comercial cuando dos o mas persona en forma organizada, conforme a uno de los tipos
previstos en esta ley , se obliguen a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o
servicios participando de los beneficios y soportando las perdidas.
Tipos societarios:
Soc de personas o interés: me interesa quien es la persona de mi socio (por la responsabilidad que deriva de
este tipo), si no se designa a un tercero todos administramos, por lo que mis bienes están en manos de un
consocio, ya no son tan usadas Soc. Colectiva: responsabilidad ilimitada, subsidiaria y solidaria) − En
Comandita Simple
Soc Mixtas: SRL (tiene un máximo de 50 socios, pero por el tema de la responsabilidad se asemeja a las de
capital)
Soc de Capital: SA, En Comandita por Acciones. No me importa quien es la persona de mi socio sino el
aporte que realiza, mi responsabilidad esta limitada al aporte suscripto.
Si no elijo ningún tipo será una sociedad de hecho (son las mas castigadas en la ley) si elijo alguno y no me
inscribí en el registro será una soc irregular .
Art. 2: La sociedad es un sujeto de derecho con el alcance fijado en esta ley. Los socios la conforman y dan
nacimiento a un sujeto de derecho, con todos los atributos de la personalidad: Capacidad: aptitud de toda
persona para ser titular de derechos y obligaciones. En las personas físicas es ilimitada, en las jurídicas esta
limitada por los fines de la institución y en cuanto a las sociedades comerciales esta referida a todos los actos
compatibles con su objeto. Patrimonio: la sociedad comercial dada su condición de PJ tiene un patrimonio
propio distinto al individual de cada socio, de ahí que los bienes son adquiridos en propiedad por ella y no por
los socios. Siempre la soc responde con todo su patrimonio. Nombre: denominación: nombre de fantasía y
razón social: sise incluye en él el de alguno de los socios (Perez Hnos). Domicilio: podrá figurar en el contrato
constitutivo la ciudad (Ciudad autónoma de Bs As) y en documento aparte el domicilio real de la soc, para
evitar si este se cambia una reforma de todo el contrato . Ambos documentos deben inscribirse.
Art 4: Forma: el contrato por el cual se constituya o modifique una sociedad se otorgara por instrumento
publico o privado.
Art5: Inscripción: el contrato constitutivo o modificatorio se inscribirá en el registro publico de comercio del
domicilio social. La inscripción se hará previa ratificación de los otorgantes ante el juez que la disponga ,
excepto cuando se extienda por instrumento publico, o las firmas sean autenticadas por escribano publico u
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