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Sociedades


Enviado por   •  13 de Octubre de 2014  •  1.279 Palabras (6 Páginas)  •  188 Visitas

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La Asamblea

La Asamblea constituye el órgano de decisión de la sociedad, cuyos acuerdos deben ser cumplidos y ejecutados por la administración. La asamblea define, a través del voto, el rumbo de la sociedad, debiendo enmarcar su actividad en los estatutos o en la propia ley.

• Asamblea ordinaria: son aquellas que se reúnen cuando menos una vez al año para deliberar y en su caso aprobar el informe financiero que se someta a su consideración por la administración; además de la designación y la remuneración de los órganos de la administración y la vigilancia, de las que también se debe ocupar (artículo 181).

• Asamblea extraordinaria: se lleva a cabo cuando, previa convocatoria, se deba tratar en ella cualquier otro aspecto relacionado con la marcha del ente social y que la justifique, pero en especial lo relativo a la modificación de los estatutos sociales, o bien realizar deliberaciones en relación con asuntos diversos de la sociedad, que no se encuentren reservados a la asamblea ordinaria (artículo 182).

CONVOCATORIA A ASAMBLEAS

La convocatoria a Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria. Será efectuada por la Junta Directiva, con una antelación no inferior a diez (10) días hábiles, designando lugar, hora, fecha y temario de la misma.

La convocatoria se efectuará mediante notificación personal a cada uno de los delegados a la dependencia donde esté asignado y se publicará por aviso que se fijará en cada una de las sedes de la Universidad Distrital en cartelera o lugar visible. Esta se hará siempre con diez (10) días hábiles de antelación a la reunión. Si la Junta Directiva no ha citado a la Asamblea Ordinaria diez (10) días hábiles antes de los plazos estipulados por la Ley lo hará el Revisor Fiscal, el Comité de Control Social o el 15% de los asociados hábiles con la mayor brevedad, cumpliendo con los plazos estipulados.

En caso de no acatar la petición de convocatoria a Asamblea General Extraordinaria, la Junta Directiva por petición del 15% de los asociados, o del Revisor Fiscal o del Comité de Control Social, estos la convocarán si han pasado 20 días sin que la Junta lo haya hecho, con observación de los plazos, antelación y forma de la convocatoria.

QUORUM

Constituye quórum para deliberar y adoptar decisiones válidas la asistencia de la mitad (50%) de los delegados elegidos y convocados.

DECISIONES

Las decisiones de la Asamblea General, se adoptarán con el voto favorable de la mayoría absoluta (más de la mitad) de los delegados presentes sin perjuicio de las mayorías calificadas para la adopción de determinadas decisiones, establecidas por el presente estatuto y los reglamentos pertinentes.

En todo caso, la reforma de los estatutos, la imposición de contribuciones obligatorias para los asociados, la determinación sobre la fusión, incorporación, transformación, disolución y liquidación, requerirá del voto favorable de por lo menos el setenta por ciento (70%) de los delegados presentes.

ACTAS DE LA ASAMBLEA

Lo ocurrido en las reuniones de la Asamblea General se hará constar en el libro de actas y éstas se encabezarán por su número y contendrán por lo menos la siguiente información: lugar, fecha, hora de reunión, forma y antelación de la convocatoria y órgano o persona que convocó, número de asociados o asistentes y número de los convocados, asuntos tratados, decisiones adoptadas y el número de votos emitidos a favor, en contra o en blanco, nombramientos efectuados y la fecha y hora de clausura. Ciñéndose en todo caso a las disposiciones legales y reglamentarias.

La Asamblea General podrá adoptar el mecanismo para la aprobación del acta, lectura y aprobación en el momento de finalizar la Asamblea y una comisión que se encargue de la misma.

Los delegados hábiles convocados a la Asamblea General, dentro de los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de celebración del evento, podrán examinar con el.

FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

La Asamblea General de Delegados cumplirá las siguientes funciones:

a) Determinar las directrices generales del FEUD.

b) Analizar los informes de los órganos de administración y vigilancia.

c) Considerar, aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio, tales como Balance General

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