Sociologia Juridica
Enviado por • 13 de Octubre de 2012 • 12.919 Palabras (52 Páginas) • 407 Visitas
SOCIOLOGIA DE LAS PROFESIONES JURIDICAS, ESTUDIOS DE DERECHO
Y EJERCICIO DE LA ABOGACIA
Introducción
La Educación Jurídica y sus Características
La Educación Dogmática y La Educación Crítica
Críticas a la Educación Jurídica
Condiciones para el surgimiento de la Profesión Jurídica
Evolución de la Profesión Jurídica
Características de La Profesión Jurídica Moderna
Roles Tradicional y Nuevo de los Abogados (Jueces, Fiscales, Defensores, Policías, Administradores de Prisiones, etc.).
Rol Social del Abogado. Rol Profesional y Rol Político (tribunal supremo de justicia)
Ética de los Abogados.
Conclusión
INTRODUCCIÓN
En el marco de los parámetros legales, el desarrollo de las leyes está vinculado permanentemente al progreso de los ciudadanos que integramos la sociedad, puesto que somos los únicos seres "pensantes" del planeta, tenemos contradicciones originales que sólo en el campo de la aplicación de las ciencias y normativas jurídicas pueden ser solventadas.
Para hablar de las leyes debemos actuar permanentemente como entes participantes activos de la sociedad, puesto que una sociedad sin leyes no es viable ni es posible, bajo ningún concepto, desarrollar nuestro propio análisis y mucho menos expresar nuestros criterios, sin ser vulnerables a los que consideran que los extremos son posibles, y mucho peor necesarios. En el campo social las variantes ideológicas son muchas, y estas variantes poseen intrínsecamente cada una de sus direcciones a seguir y a tomar y lógicamente las discrepancias surgen a modo de resistencia - dominación, por parte del otro y por tratar de imponer sus ideas, pensamientos, criterios y filosofías de vida.
Comenzar a cambiar estos paradigmas es necesario y fundamental para colaborar con el desarrollo de nuestra sociedad, colaborar con el aprendizaje y con una nueva forma de concepción cultural, donde el conocimiento de las leyes y de sus procedimientos sea algo natural, normal y lo más importante; cambiar la concepción que tiene la sociedad sobre los juristas; y darle un sentido u orientación más adecuada a la realización de las leyes, para así ir quebrando con los paradigmas impuestos inicialmente por aquellos que, en algún momentos determinados, tomaron muy en serio la idea que prácticamente eran "los enviados de los dioses", y por lo tanto tomaron atribuciones casi constitucionales por sobre las grandes mayorías, buscando siempre el desconocimiento para los más carentes del saber, en vez de aperturar la igualdad de los derechos para los más desposeídos, tal como hoy día lo establece nuestra ley fundamental, la carta magna de la República.
En el curso del presente informe, se analizan los temas más importantes sobre la formación del derecho, los agentes naturales interventores, el conocimiento y la aplicación de las leyes, temas muy importantes a debatir, para colaborar con el desarrollo de una sociedad justa y coherente con los principios de igualdad y de confraternidad que entre los seres humanos, como miembros de una especie "pensante" en este planeta, y más como ciudadanos de una misma República, de un mismo país.
LA EDUCACIÓN JURÍDICA
La educación jurídica puede ser conceptualizada desde diversos puntos de vista. Si lo entendemos como el conjunto de conocimientos y experiencias que permiten comprender y usar el derecho en la sociedad, debemos hacer entonces una distinción entre educación Jurídica formal y educación jurídica informal: la educación Jurídica formal, de la cual nos ocuparemos en nuestro estudio se entiende como el entrenamiento oficial en instituciones universitarias que acreditan a un individuo para el ejercicio del derecho, por lo menos en una jurisdicción determinada. La educación jurídica informal sería el conjunto de conocimientos y experiencias adquiridas a través de la familia, grupos de amigos, medios de comunicación, contactos con tribunales y el posterior ejercicio profesional entre otros, y que no acreditan oficialmente a un individuo para el ejercicio del derecho.
Ahora bien, en nuestro estudio entenderemos a la educación Jurídica como un área de estudio. Nos permitiremos delimitar, a los fines de nuestro análisis, lo que entendemos por área de estudio de la educación jurídica: a) estudia el proceso de cambio que se va generando en el estudiante de derecho desde el momento que inicia la carrera hasta que formalmente la culmina. b) según Pérez Perdomo (1975:48) estudia la conexión de la enseñanza jurídica con la concepción misma del derecho, los fines del derecho, con el rol o los roles que se espera desempeñen en la sociedad los profesionales así graduados.
Al asumir a la educación jurídica desde esta perspectiva, podemos identificar dos niveles de análisis acordes con los objetivos que anteriormente hemos señalado como propios de esta área de estudio:
• Dinámica Interna, es decir el conjunto de transformaciones que se generan en los estudiantes de derecho en su paso por la facultad.
• "Las conexiones” de la educación jurídica formal con su entorno, entendido este último fundamentalmente como el entorno socio-jurídico dentro del cual el sistema de educación jurídica opera. En otras palabras, el estudio de las relaciones que la educación jurídica guarda con la sociedad y el sistema Jurídico.
La educación jurídica en muchos sentidos será entonces un fenómeno cultural específico. A la par de las diferencias políticas, sociales, económicas y Jurídicas, existen razones suficientes para considerarlas, como factores importantes al momento de analizar la educación jurídica formal, la cual en ningún momento podrá ser entendida fuera de su entorno.
La relación que estos dos niveles mantienen entre sí es de constante comunicación: uno altera y a la vez se ve alterado por el otro. La dinámica interna del sistema de educación jurídica formal afecta y se ve afectada por el contexto socio-jurídico en general, de la misma forma las conexiones con el contexto socio-jurídico, en sentido amplio, influirán decisivamente en la dinámica interna de la enseñanza jurídica.
Lo que quiere decir, que al ubicarse en alguno de los niveles de análisis, necesariamente se tenga que hacer referencia al otro. Por ejemplo, si nos ubicamos en el primer nivel de análisis con el objeto de conocer en qué medida las formas de razonar de los estudiantes de derecho varían en su paso por la Facultad, ello nos llevaría necesariamente
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