ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

TIPOS DE QUIEBRAS


Enviado por   •  2 de Febrero de 2014  •  Tesis  •  1.005 Palabras (5 Páginas)  •  271 Visitas

Página 1 de 5

I. Introducción

La realidad nos muestra que en la mayoría de los casos el estado de indivisión de los bienes sucesorios

perdura un largo tiempo. Cotidianamente advertimos procesos sucesorios muy prolongados, en los cuales los

propios herederos se van muriendo y sin finalizar una primera sucesión se abren nuevas sucesiones, que se van

acumulando en un continuo estado de indivisión comunitaria.

Evidentemente éste no fue el ideal tenido en cuenta por Vélez Sarsfield cuando legisló sobre sucesiones. El

codificador no previó esta situación, ya que en general era enemigo de todo tipo de comunidades prolongadas,

es por ello que en la nota al art. 3451, siguiendo a Troplong y a Demolombe consideró que la comunidad

hereditaria era una situación accidental, esencialmente transitoria, no querida, que la ley no debe fomentar.

La omisión del tratamiento detallado de la administración sucesoria se justifica porque, la comunidad

hereditaria fue pensada como un estado transitorio, de vida efímera, al cual se le pone término con la partición.

Al igual que en el código chileno, Vélez Sarsfield se situó en la comunidad pasiva de verdaderos patrimonios en

liquidación. No pensó jamás en que la comunidad podía ser un estado activo en la cual iba a ser necesario

administrar los bienes en la marcha y desenvolvimiento de los negocios comunes. (1)

Esta perdurabilidad temporal de la indivisión sucesoria se trató de solucionar creando una figura procesal:

"el administrador judicial", órgano sucesorio no previsto en el código civil pero que tiene carta de ciudadanía

propia dentro del derecho argentino, ya que la totalidad de los ordenamientos procesales provinciales lo

contemplan, con mayor o menor minuciosidad.

INTRODUCCION

Se pretende que este bosquejo sea una introducci6n para los acreedores a algunos de ;los

temas y conceptos de la ley de quiebras. Esta no es una explicación clara de quiebras y no tendrá

nada que ver con algunos temas. Hemos generalizado y simplificado machos conceptos legaste ,

de manera que Ias explicaciones serial codas, claras y fácilmente entendibles . La ley cambia

constantemente y difiere de un estado a otro. Cada caso de hechos y circunstancias repercuten en

diferentes temas legales. Se recomienda que se consulte a esta firma o a otro abogado acerca de l

tratamiento de su problema especifico .

QUIEBRA

RESUMEN HISTORICO

Haciendo un repaso por nuestra historia podemos encontrar que en la antigüedad y como origen de la quiebra se a señalado la penalización que se hacía encontrar a las personas que no cumplían sus obligaciones económicas

Edad media: se imponen severos castigos a los culpables de bancarrota. Y a la única manera de que estos podían liberarse del castigo era ceder a disposición de los acreedores.

CARACTERISTICAS

Las características de la empresa moderna o del comerciante asi como el sujeto civil efectuando una determinada labor económica. Que pueda provocar que en determinado momentos por mal manejo financiero ilegal a una situación financiera o por la mala fortuna.

NATURALEZA: JURIDICA DE LA QUIEBRA

Cuando una sociedad comercial es procedente y se ven fracasados. Las alternativas de la solución el concurso preventivo.

TIPOS DE QUIEBRAS

1- fortuita: La que sobrevive. Por infortunios del empresario que le impiden satisfacer sus deudas.

2- Culpable: donde la ley califica de culposo en el artículo : 888 y 889

3- Fraudulento:

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (7 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com