TORNILLOS Y HERRAMIENTAS DE CORTE, S.A. DE C.V. VS CONSTRUCTORA URIEGAS, S.A. DE C.V.
Enviado por PAM_ITZY • 8 de Junio de 2016 • Apuntes • 12.108 Palabras (49 Páginas) • 665 Visitas
TORNILLOS Y HERRAMIENTAS DE CORTE, S.A. DE C.V.
VS
CONSTRUCTORA URIEGAS, S.A. DE C.V.
JUICIO: ORDINARIO MERCANTIL
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO
EN EL DISTRITO FEDERAL
PRESENTE:
ENRIQUE FACIO RAMIREZ, en mi carácter de apoderado legal de la empresa TORNILLOS Y HERRAMIENTAS DE CORTE, S.A. DE C.V., personalidad que acredito mediante copia certificada de los instrumentos notariales numero 13,532, de fecha 17 de diciembre de 1985, pasado ante la Fe del Notario Publico numero 148 del Distrito Federal, Lic. Francisco Carbia Pizarro Suárez, y 17,091 de fecha 30 de octubre de 1989, pasado ante la fe del Licenciado Francisco Carbia Pizarro Suarez, notario numero 148, con cede en la ciudad de México, Distrito Federal, documentos que se anexan al presente escrito, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, valores y documentos el ubicado en ORIENTE 184, No. 261 despacho 10, colonia MOCTEZUMA SEGUNDA SECCION, C.P. 15530, delegación VENUSTIANO CARRANZA, de esta Ciudad, autorizando en términos del articulo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, al C. Lic. en Derecho EMMANUEL CORONA TOLEDO, con Cedula Profesional numero 3243210, así como a los CC pasantes en Derecho JEANNETH CEDILLO ALONSO, JORGE SALMERON MONTAÑO y GREGORIO JESÚS MORALES PIÑA, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que en la vía ORDINARIA MERCANTIL, vengo a demandar de la empresa CONSTRUCTORA URIEGAS, S.A. DE C.V., y/o de quien sus derechos represente, con domicilio para ser debidamente emplazada a juicio, el ubicado en la calle TERCERA CERRADA DE PORTO ALEGRE NUMERO 44, COLONIA SAN ANDRES TETE PILCO, CÓDIGO POSTAL 09440, EN ESTA CIUDAD DE MEXICO, el pago y cumplimiento de las siguientes:
P R E S T A C I O N E S
- El pago de la cantidad de $771,308.35 (SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHO PESOS 35/100 M.N.) por concepto de suerte principal.
- El pago de los intereses causados y los que se sigan causando, hasta la fecha en que se liquide el adeudo, a razón del tipo legal.
- El pago de los gastos y costas que se originen en el presente juicio.
Desde este momento, solicito a su Señoría se sirva dictar las siguientes:
P R O V I D E N C I A S P R E C A U T O R I A S
Toda vez que ha transcurrido mas de dos años a partir de la fecha en que se entrego la primer partida de bienes, facturados como se describen a continuación, en el capítulo correspondiente de hechos del presente escrito, los cuales a pesar de las múltiples gestiones extrajudiciales para su cobro y promesas de pago por parte del deudor, sin obtener respuesta favorable; se tiene el temor fundado de que se oculten o dilapiden los bienes en que se pudiera ejercitar una acción real en contra de éste, por lo que solicito a su Señoría, ordene el secuestro provisional de bienes suficientes y bastantes para garantizar el adeudo de la suerte principal que tiene la hoy demandada a favor de mi representada y que asciende a la cantidad de $771,308.35 (SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHO PESOS 35/100 M.N.) por concepto de suerte principal.
Fundo la presente demanda en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:
H E C H O S
I.- Mi representada es una sociedad constituida de acuerdo con la legislación mexicana, según consta en los instrumentos notariales número 13,532, de fecha 17 de diciembre de 1985, pasado ante la Fe del Notario Publico numero 148 del Distrito Federal, Lic. Francisco Carbia Pizarro Suárez y 17,091 de fecha 30 de octubre de 1989, pasado ante la fe del Licenciado Francisco Carbia Pizarro Suarez, notario numero 148, con cede en la ciudad de México, Distrito Federal documentales que en copia certificada se anexan al presente escrito, y tiene como objeto social entre otros, la compra y venta de tornillos, tuercas y roldanas para la industria y el comercio.
II.- La empresa demandada mantiene relaciones comerciales con mi representada desde hace cinco años a través de su representante legal el señor Jorge Uriegas Martínez, a quien se le hacen entregas de diversos tipos de tornillos, tuercas y roldanas, los cuales, la hoy demanda requería para dar cumplimiento a su actividad económica, que consiste en fabricación de equipos de proceso y recipientes, estructuras metálicas, construcción de obra civil y electromecánica, construcción industrial y petroquímica, construcción de pipas y semi remolques, y equipos e instalaciones especiales.
III. La forma en que trabajó mi representada con la hoy demandada desde que inicio la relación comercial, y de conformidad con la practica mercantil, era la siguiente:
- La demandada solicitaba vía telefónica o a través de una requisición de compra enviada vía fax, la cotización de algunos materiales de diversas medidas y características.
- El personal de ventas de mi representada, procedía a cotizar dicha solicitud y llenaba la requisición de compra de la demandada o en su caso realizaba un pedido interno, asentando en estos documentos el precio de las mercancías, las condiciones de pago y el tiempo de entrega.
- Una vez concluida la cotización, se le reenviaba su requisición de compra al demandado, o el pedido de mi representada, a efecto de que autorizara el precio, condiciones de pago y tiempo de entrega, así como los materiales que se le podían surtir.
- Una vez autorizado por la demandada el pedido o la requisición de compra, siendo esto generalmente vía telefónica, se le entregaba la mercancía, ya sea, en su domicilio, en el lugar donde estaba realizando obra o en su defecto pasaba a la bodega de mi representada a recogerla.
- La mercancía era recibida por la demandada a través del personal de su almacén cuando se entregaba en su domicilio; a través de sus residentes de obra cuando se entregaba en las obras que tenia encomendadas; y por el chofer de su transporte cuando la recogía directamente en la bodega de mi representada.
- Para dar constancia de la recepción de la mercancía, sus empleados de bodega, sus residentes de obra o sus chóferes, firmaban de recibido el material, en la requisición de compra o en el pedido, cotejando previamente que se tratara de la mercancía que se había solicitado, en cuanto a calidad, cantidad, características y precio.
- Posterior a la entrega de la mercancía mi representada elaboraba la factura comercial que le correspondía a cada partida, para ser entregada a la demandada en la fecha y horario señalado de acuerdo a sus políticas de revisión y pago.
- La factura comercial era recibida por el personal administrativo de la demandada, el cual cotejaba, entre otras, el precio pactado, las condiciones de pago y la cantidad de productos recibidos.
- Una vez que la demandada autorizaba la recepción de la factura, mi representada le entregaba a la demandada la factura original a cambio de firmar de conformidad una copia de la misma, la cual tenia el efecto de contra recibo, comprometiéndose al pago de la misma. Cabe señalar que esta practica se realizaba de conformidad con las políticas establecidas por la demandada durante el ejercicio de dos mil dos.
- Durante el ejercicio de dos mil tres, y como consecuencia del cambio de las políticas impuestas para la revisión y pago de facturas, la demandada ya no firmaba una copia de las facturas comerciales, sino que la firma consignada en los pedidos de mi representada hacían constancia del compromiso de pago, y solamente se le entregaba la factura original a la demandada, en el momento mismo del pago que en ellas se consignaba.
IV.- Una vez que la demandada tenia en su poder la mercancía gozaba de un termino de treinta días para liquidarla, aun y cuando en las condiciones de pago expresas en la factura marcara cero días.
V.- El hoy demandado, regularmente liquidaba las facturas que se habían emitido por concepto de las mercancías vencidas con cheque que expedía a favor de mi representada, y se le firmaba la póliza cheque correspondiente, por el importe del valor de la factura de mi representada, que correspondía al valor consignado en el cheque; sin embargo y dado el surgimiento de nuevos productos ofrecidos por la banca, y con el uso mercantil, también realizaba pagos por medio de transferencia electrónica, solamente a las cuentas pertenecientes a mi representada.
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