TRIBUTOS EN EL PERU
Enviado por abisolpc • 6 de Junio de 2015 • 4.170 Palabras (17 Páginas) • 3.180 Visitas
INTRODUCCION
La palabra impuesto tiene su origen en el término latino impositus, el concepto hace referencia al tributo que se establece y se pide según sea la capacidad financiera de aquellos que no están exentos de abonarlo.
Los impuestos consisten en esa parte de la riqueza que el Estado establece y exige a los contribuyentes cuyo objetivo es recaudar fondos para emplearlos en los gastos públicos.
En el año 2014, los Ingresos Tributarios del Gobierno Central ascendieron a S/.95,389 millones, monto superior en S/. 5 991 millones con relación al año 2013. Este resultado representa un incremento real de 3,4% en términos reales.
Durante el 2014, la recaudación acumulada del IGV Total ascendió a S/. 50 352 millones y aumentó en 2,0% en términos reales, impulsada por el IGV Interno que creció 2,5% y el IGV Importaciones que se incrementó en 1,4% en términos reales, en comparación al año 2013.
En el 2014, la recaudación del Impuesto a la Renta total alcanzó la suma de S/. 40 157 millones, registrando un crecimiento real de 6,5%
CAPITULO 1
Definición
Un impuesto es un tributo que se paga a las Administraciones Públicas y al Estado para soportar los gastos públicos. Estos pagos obligatorios son exigidos tantos a personas físicas, como a personas jurídicas. La colecta de impuestos es la forma que tiene el Estado, para financiarse y obtener recursos para realizar sus funciones.
El Tributo, es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines.
El Código Tributario establece que el término Tributo comprende impuestos, contribuciones y tasas
Impuesto: Es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una contraprestación directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del Impuesto a la Renta.
Contribución: Es el tributo que tiene como hecho generador los beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, como lo es el caso de la Contribución al SENCICO.
Tasa: Es el tributo que se paga como consecuencia de la prestación efectiva de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por parte del Estado, por ejemplo los derechos arancelarios de los Registros Públicos.
La ley establece la vigencia de los tributos cuya administración corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades que los administran para fines específicos.
CAPITULO 2 TIPOS DE IMPUESTOS
2.1. IMPUESTO A LA RENTA
a. El impuesto a la renta de las personas naturales
El impuesto a la renta de las personas naturales en el Perú está determinado por el domicilio de la persona en el lugar de residencia. Las personas extranjeras se consideran domiciliadas en el país, para efectos tributarios, si han estado presentes físicamente en el Perú por más de 183 días calendario dentro de un período de 12 meses.
Las ausencias temporales de hasta 183 días dentro de un período de 12 meses no interrumpe la continuidad de su presencia en el país. La situación fiscal de la persona natural (domiciliado o no domiciliados) se determina al principio de cada año fiscal. Los cambios respecto a tal condición que puedan ocurrir durante el año fiscal entrarán en vigencia el siguiente año fiscal. Esto significa que las personas naturales no domiciliados, que reúnen las condiciones para ser consideradas como domiciliados en el Perú, deben esperar hasta el próximo año para adquirir el tratamiento tributario peruano.
Las personas naturales domiciliadas están sujetas al impuesto a la renta por sus ingresos de fuente mundial, mientras que los individuos no domiciliados sólo tributan sobre su renta de fuente peruana.
En este caso, sin embargo, el individuo tiene derecho a un crédito de impuestos extranjeros por los impuestos pagados sobre los ingresos gravables en el Perú, determinada por la tasa del impuesto peruano promedio aplicado sobre su ingreso en el extranjero, con un límite del impuesto efectivamente pagado en el extranjero.
El impuesto a la renta de las personas domiciliadas, en el caso de rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera, se impone en una escala de niveles de ingresos, como se muestra a continuación
Referencia en unidades tributarias Tasa de impuesto
Hasta 7 UIT 0%
Desde 7 hasta 21 UIT 15%
Desde 21 hasta 54 UIT 21%
Sobre 54 UIT 30%
Las ganancias de capital derivadas de la venta de acciones recibidas por individuos domiciliados, están sujetas a una tasa efectiva del impuesto a la renta de 5%.
El impuesto a la renta de personas no domiciliadas está sujeta tasa a una tasa fija de 30% sobre sus ingresos de fuente peruana. No hay deducciones o créditos permitidos para personas no domiciliadas.
Las ganancias de capital para las personas no domiciliadas, derivadas de la enajenación de valores mobiliarios realizados fuera del país, está sujeto a una tasa del 30%. Sin embargo, si la ganancia por enajenación de valores mobiliarios dentro del país se realizó a través de un mecanismo centralizado, la tasa es de 5%.
b. Las empresas constituidas en el Perú
Las empresas constituidas en el Perú, se consideran domiciliadas para efectos de la Ley del Impuesto a la Renta y, por tanto, sujetas a una tasa de 30% sobre la renta neta determinada sobre sus rentas de fuente mundial.
Las sucursales, agencias y establecimientos permanentes de empresas no domiciliadas, incorporadas en el Perú, se encuentran sujetas al impuesto a la renta sobre una tasa del 30% únicamente sobre sus rentas de fuente peruana.
Pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta.-
Los sujetos del Impuesto a la Renta tienen la obligación de declarar y realizar pagos a cuenta mensuales, los cual se determinan a través de la aplicación de determinado coeficiente a sus ingresos netos mensuales. En ese sentido, los pagos a cuenta mensuales serán determinados según el monto que resulte mayor de comparar las cuotas mensuales de acuerdo a lo siguiente:
• La cuota mensual obtenida al aplicar a los ingresos netos obtenidos en el mes el coeficiente que resulta de dividir el monto del impuesto calculado correspondiente al ejercicio gravable anterior entre el total de los ingresos netos del mismo ejercicio.
• Para el caso de los pagos a cuenta de los meses de enero y febrero, se utilizará el coeficiente resultante de dividir el impuesto calculado entre los ingresos netos
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