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RENTAS Y TRIBUTOS EN EL PERU


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2014  •  11.719 Palabras (47 Páginas)  •  567 Visitas

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DEDICATORIA:

El trabajo de investigación monográfico lo dedicamos a nuestros padres; a quienes les debemos todo lo que tenemos en esta vida.

ÍNDICE

I. Introducción____________________________________________________________04

II. Administración Tributaria_____________________________________________06

III. Bese Legal – Constitución Política Del Perú___________________________07

IV. Ley Orgánica De Municipalidades, Ley N° 27972_____________________14

V. Municipalidad Provincial De Ica_______________________________________15

VI. Aportes – Administración Tributaria Municipal_____________________25

VII. Los Servicios De Administración Tributaria - SAT ___________________33

VIII. Conclusiones____________________________________________________________39

IX. Bibliografía_____________________________________________________________41

I. INTRODUCCIÓN

La manera más lógica de comenzar sería analizar y valorar la definición legal de la Renta pero ocurre que la legislación, en la mayoría de los casos, no establece ninguna definición, aunque dicha normatividad suele proporcionar algunos ejemplos de concepto que deberían considerarse “RENTA” como sueldos y salarios, alquileres, dividendos, etc. La fórmula generalmente empleada de “sea cual sea la fuente de la que procedan”, en realidad, no definen un criterio que puede emplearse para decidir si determinados conceptos deben o no ser excluidos del impuesto.

Como se indicó en el punto anterior, para definir adecuadamente esa actividad a incluir en el ámbito de la imposición a la renta es necesario hacerse previamente preguntas como ¿Qué es renta?, ¿De quién es esa renta? ¿Cuándo es renta? No obstante, como también se ha mencionado, la discusión con relación al ámbito del Impuesto a la Renta (aspecto material del hecho generador) se centra en la definición del concepto de “RENTA”.

Según el Diccionario de la Lengua Española el término “RENTA” significa el beneficio o utilidad obtenida anualmente producto de una cosa. Sin embargo, por la autonomía conceptual propia del derecho tributario veremos que tanto doctrinariamente como en la legislación comparada existe una diversidad de conceptos relacionados con la obtención de Renta.

Sin duda estas definiciones deben permitir establecer en cada caso cuándo un hecho de la realidad puede ser incluirse en la hipótesis de la ley con exactitud, de modo de convertirse en un hecho imponible.

Por otra parte uno de los sectores de la Administración Pública que ha demorado e ponerse acorde con la modernidad y en carrera de la calidad total en prestación de servicios, es indudablemente la Municipalidad, refiriéndonos a las municipalidades en general. Los servicios en general que se brindan en estas instituciones dejan mucho que desear. Podría decirse que son muestra de la ineficiencia alcanzada con experiencia. Sin embargo, es necesario realizar un análisis mucho más serio del por qué la situación actual de las Municipalidades y sobretodo de la situación de la Administración Tributaria Municipal y su necesaria modernización.

Haciendo un poco de historia podemos decir que, entre 1892 y 1919, en la llamada República Aristocrática, se reorganizó tímidamente la institución municipal. En 1892, se promulgó una Ley Orgánica, que increíblemente, se mantuvo vigente hasta 1984.

En 1920, en el Oncenio de Leguía, se suspendió la selectividad de los cargos municipales. Se decidió que el Ministerio de Gobierno, actualmente del Interior, nombre a alcaldes y regidores. En consecuencia tuvieron que pasar Cuarentitrés años para que, en el primer gobierno de FERNANDO BELAUNDE TERRY, se volviera a elegir democráticamente a las autoridades locales. Posteriormente, durante el gobierno militar se retomó a la “dedocracia”, para designar a los alcaldes.

Al recuperarse la democracia, en 1980, se reinició la elección de alcaldes y regidores, y al igual que en 1963 fue en el segundo gobierno del presidente Belaunde.

A pesar de este escenario sombrío, los municipios son la vanguardia del proceso de democratización que requiere el país

Cabe manifestar entonces que el desarrollo municipal en general ha sido y es muy incipiente en el Perú, lo cual indudablemente involucra a todos sus sistemas. Y es necesario mencionar que desde que se restablecieron las elecciones democráticas para la elección de alcaldes y regidores, el municipio se convirtió en la fuente para poder pagar los favores políticos, derivando ello en la asimilación de personal que no era el más adecuado para desempeñar funciones propias de dichas instituciones.

En ese sentido el propósito específico de este trabajo es el de revisar la situación de la Administración Tributaria Municipal, así como proponer las un conjunto de opciones para modernizarla, dentro del marco jurídico establecido para el tratamiento tributario.

II. LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL

Las Municipalidades - Problemática

Hablar de Municipalidades es traer una serie de definiciones que vienen asociadas a términos tales como: corrupción, mala administración, desorden, etc., y eso no deja ser verdad cuando nos enteramos a través de los medios de comunicación sobre la detención de tal o cual alcalde de alguna municipalidad, si nos enteramos sobre las denuncias formuladas por una comunidad o las acciones penales abiertas por el Poder Judicial en contra de alcaldes.

Es necesario reconocer que en la actualidad, la mayoría de municipalidades tiene un deficiente sistema de administración tributaria, debido principalmente a que nunca se preocuparon e desarrollar o potenciar esta importante área, a través de la cual se captan los recursos necesarios para que puedan cumplir con sus fines y objetivos en favor de sus comunidades. Ese descuido no ha permitido que se implementen sistemas tales como el de fiscalización, recaudación y control de cumplimiento de deuda, con lo cual ha empeorado la situación financiera de los Gobiernos Locales al no poder contar con los recursos por falta de pago de impuestos y tasas, por parte de los contribuyentes, los mismos que en la mayoría de los casos no recaen la responsabilidad sino, por la falta de control de la Administración Tributaria. Asimismo, a ello se suma la falta de infraestructura y de personal idóneo para el desarrollo de las funciones propias de la Administración Tributaria.

III. BASE

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