Taller Seguridad Bancaria
Enviado por Alejandro Higuera • 26 de Septiembre de 2015 • Tarea • 591 Palabras (3 Páginas) • 167 Visitas
Introducción
El siguiente trabajo tiene como objetivo dar a conocer el concepto de seguridad, sus aspectos y clasificación. Además se abarcara sobre los delitos financieros en Colombia sus elementos, seguido se darán a conocer las causales de inculpabilidad de un delito y también las causales de inimputabilidad y por ultimo los elementos que definen la responsabilidad.
Taller
1 ¿Qué es seguridad?
RTA: La seguridad es la ausencia de un peligro o daño, es también la confiaza plena que se tiene hacia algo o alguien.
2 ¿Cuáles son los aspectos de la seguridad?
RTA: Seguridad objetiva: Es la probabilidad que tiene una persona de ser victima de un delito.
Seguridad subjetiva: Es el grado que tiene cada persona sobre el grado de riesgo al que esta expuesto.
3 Clasificación de la seguridad
RTA: La seguridad se clasifican en :
Seguridad lógica
Seguridad informática
Seguridad física
Seguridad financiera
4 Defina sobre delito financiero.
RTA: Todo delito que perjudica directa o indirectamente a una entidad financiera es un delito financiero, estos pueden ser suplantación de identidad, o falsificación de documentos por ejemplo.
5 ¿Qué es hecho punible?
RTA: Un hecho punible es aquel que es considerado por la ley como un delito y tiene una falta.
6 ¿Cuáles son los elementos del delito?
RTA:
Acto: es la acción o comportamiento de una persona, voluntario que se realiza para cometer un delito.
Tipicidad: Son los delitos “escritos” en una ley.
Antijuricidad: es la característica de que el delito encaje dentro de alguna ley.
Culpabilidad: Cuando una persona ha cometido un delito y es merecedor de una pena.
Punibilidad: Es una consecuencia que se aplica cuando se comete un delito.
7 ¿Cuáles son las causales de inculpabilidad en un delito?
RTA:
Error esencial de hecho invencible: Son hechos que no pueden ser punibles
Eximentes putativas: Es un error donde la persona piensa que esta obrando de manera correcta, conciente de que su acto tendrá un resultado antijurídico.
No exigibilidad de otra conducta:
Temor fundado: Es cuando la persona actua bajo un estado de presión que nulifica la capacidad de entender y querer tanto el acto como su resultado.
Caso fortuito: Cuando la acción se cometió sin culpa de la persona.
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