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Enviado por carlitacastro • 12 de Julio de 2015 • 8.127 Palabras (33 Páginas) • 134 Visitas
Análisis PESTA
Factores Políticos
Política gubernamental
República democrática cuyo Estado es unitario y su territorio se divide en regiones. Su administración es funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada, en su caso. De esta forma, el país se encuentra dividido en 15 regiones.
Periodo presidencial de 4 años: inicio periodo 11 de marzo de 2014 y finaliza el 11 de marzo de 2018
Gobierna: Vernonica Michelle Bachelet Jeria, medico egresado de la Universidad de Chile
Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
• Ministro: Andrés Gómez Lobo, Ingeniero comercial de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Doctor en Economía y Master of Science en Economía de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente de la University College London.
• Subsecretario de Transporte: Cristian Bowen, Ingeniero y economista de la Pontificia Universidad Católica y máster en Administración Pública de la Universidad de Harvard, sus áreas de interés son las Políticas Públicas, Planificación y Liderazgo Estratégico.
Comisión Nacional de Seguridad de Transito su función es: proponer planes, proyectos y programas que tiendan a enfrentar el problema de seguridad de tránsito, aprovechando las capacidades Ministeriales y de Carabineros de Chile. Proponer cambios a la legislación y reglamentos así como a las normas técnicas en las áreas de infraestructuras, vehículos, inspecciones técnicas y exámenes de conductores, que sean necesarios para mejorar la seguridad de tránsito.
• La comisión estará formada por:
a) Un Comité de Ministros que será la instancia formal para tomar los acuerdos que la Comisión adopte en relación con las funciones de asesoría asignadas a ella;
b) Una Secretaría Ejecutiva, que será el organismo asesor técnico del Comité de Ministros para llevar a cabo las tareas que éste le encomiende, a cargo de un Secretario Ejecutivo.
La Comisión Automotriz: organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de las
disposiciones de la ley 18582 de régimen legal para la industria automotriz y de ejercer las atribuciones contempladas en la misma, será organizada mediante decreto supremo, e integrada por:
• El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción, quien la presidirá.
• Un representante del Ministerio de Hacienda, un representante del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, un representante del Director del Servicio de Impuestos Internos y un representante del Director del Servicio Nacional de Aduanas.
El Poder Legislativo
El Congreso Nacional de Chile conforma el Poder Legislativo en Chile y está compuesto por una Cámara de Diputados y un Senado.
El Congreso Nacional tiene entre sus principales objetivos, ejercer la representación de la ciudadanía, concurrir a la formación de las Leyes con el Presidente de la República y fiscalizar los actos del gobierno.
Quienes integran cada una de las ramas del Congreso, tanto los 120 Diputados como los 48 Senadores, representan al pueblo que los eligió y reflejan sus distintas posiciones, ideas y sensibilidades. Es en esta institución donde la Democracia existe y cobra mayor sentido.
El Poder Judicial
El Poder Judicial, uno de los tres poderes del Estado junto al Ejecutivo y Legislativo, es el encargado de aplicar las leyes. A él corresponde la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado. Su máximo órgano jurisdiccional es la Corte Suprema, tribunal que, junto con velar por la correcta aplicación de la legislación vigente, ejerce un control administrativo y disciplinario sobre el resto de los tribunales y jueces del país.
Las Cortes de Apelaciones, que tienen a su cargo un determinado territorio jurídico definido por ley, actúan como tribunales de segunda instancia ejerciendo, a su vez, la fiscalización y el control de los tribunales que se ubican en su jurisdicción.
Político-legal y el Automóvil
Leyes y Reglamentación
Establecimientos de elementos de seguridad aplicables a vehículos
Motorizados
Tipo Norma: Decreto 26
Artículo 1º: Para los efectos de la ley Nº 19.633, los vehículos motorizados livianos, definidos por el decreto supremo Nº 211, antes señalado, de modelos no homologados a la entrada en vigencia de este decreto, sin perjuicio de otras exigencias que les sean aplicables, deberán contar con los elementos de seguridad de los números 1) a 7) del artículo siguiente.
Artículo 2º: Para los fines del presente decreto, los elementos de seguridad que se señalan a continuación, tendrán los significados que se indican:
1. Cinturón de seguridad: es el elemento destinado a evitar que los ocupantes de un vehículo se desplacen desde sus asientos en caso de impacto
2. Vidrio de seguridad para parabrisas: es aquel que, como consecuencia de un impacto, no produce aristas vivas y asegura la mantención de un grado de transparencia razonable para la visibilidad del conductor
3. Desempañador de luneta trasera: es aquel dispositivo destinado a evitar el empañamiento del vidrio trasero
4. Apoyacabeza: es el elemento ubicado sobre el respaldo de los asientos o que constituye su proyección superior, destinado a limitar el desplazamiento hacia atrás de la cabeza del ocupante
5. Espejo retrovisor interior con ajuste día/noche: es aquel que tiene dos posiciones, para uso diurno y nocturno, debiendo ser la última antideslumbrante
6. Anclaje de asiento: es aquel que está constituido por los componentes o por el sistema que lo fija a la estructura del vehículo
7. Columna de dirección retráctil: es aquella que, en caso de impacto de un vehículo, tiene condiciones para retraerse con el fin de no agredir al conductor
8. Sistema de Bolsa de Aire (Air Bag): sistema de retención complementario a los cinturones de seguridad, en caso de colisión o choque grave del vehículo, despliega e infla automáticamente una estructura flexible, que limita la gravedad de los contactos de una o varias partes del cuerpo de un ocupante del vehículo con el interior del habitáculo
9. Sistema antibloqueo de frenos (ABS): es aquel que bajo ciertas situaciones de frenado, permite que las ruedas no se bloqueen, facilitando al conductor el control del vehículo
10. Sistema de protección al ocupante: conjunto de elementos estructurales de la carrocería que brindan protección a los ocupantes del vehículo en caso de colisión, choque o volcadura
11. Pretensor para cinturón de seguridad: es aquel sistema que, en caso de colisión, mejora la efectividad del cinturón en resguardo de la seguridad
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