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Tema- Derecho de peticion.


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2016  •  Apuntes  •  4.241 Palabras (17 Páginas)  •  326 Visitas

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DERECHO DE PETICION FRENTE A LOS PAISES DE

COLOMBIA, VENEZUELA Y ECUADOR

Juan Sebastián Valencia Mejía

Karen Dadiana Caro

Diego Alejandro Córdoba Mosquera

Semestre 04- Diurno, Grupo: (401)

ASESOR:

Guillermo Andrés Baena

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES,

JURIDICAS Y HUMANISTICAS

PROGRAMA DE DERECHO

Pereira

2016 (1)

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

En este proyecto  se hará una revisión  del derecho de petición, basándonos en el rango constitucional, evidenciando su plena consagración tanto en la normativa internacional, legal y jurisprudencial; teniendo en cuenta las mismas bases en los estados de venezuela, ecuador y Colombia

El derecho de petición, es el la facultad que tiene toda persona sea natural o jurídica, de dirigirse a los poderes públicos, estatales u gubernamentales, permitiéndole  hacer un tipo de reclamo, con una rápida y justa respuesta

 Este derecho es reconocido constitucionalmente en Colombia como un derecho fundamental, por lo tanto su directa aplicabilidad exige que deba ser respetado y promovido por todos los poderes públicos. Título II de los derechos fundamentales - artículo 23 de la constitución política de Colombia (1991)…Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

        

La  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) anuncia el Derecho de Petición en el artículo 51 Capítulo III De los Derechos Civiles Toda persona tiene el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos o éstas, y de obtener oportuna y adecuada respuesta. Quienes violen este derecho serán sancionados o sancionadas conforme a la ley, pudiendo ser destituidos o destituidas del cargo respectivo.

Derecho de Petición, La petición como derecho de libertad.- La Constitución de la republica de ecuador (2008), en el art. 66, Nº 23 establece: “Se reconoce y garantiza a las personas: El derecho a dirigir quejas y peticiones individuales y colectivas a las autoridades y a recibir atención o respuestas motivadas'”. 

Este contenido ha sido publicado originalmente por 
Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección

¿Cuál ha sido la evolución histórica que ha tenido el derecho de petición en los estados de Colombia, Venezuela y Ecuador?

OBJETIVOS

OBEJETIVO GENERAL

Verificar  cual ha sido la evolución histórica del derecho de petición en los estados de Colombia, Venezuela Y Ecuador

OBEJTIVOS ESPECIFICOS

  • Desarrollar la evolución histórica del derecho de petición en los países ya nombrados
  • Indagar la norma jurídica respeto al derecho de petición en los estados de Colombia, Venezuela y Ecuador
  • Analizar los principales pronunciamientos jurisprudenciales o doctrinales respeto al derecho de petición en los estados ya mencionados.

JUSTIFICACIÓN

        Con el fin de realizar un análisis frente al derecho de petición en Venezuela, Ecuador y Colombia, tomamos como base la consagración de este mismo en la constitución francesa de 1971, pero que en Colombia había tomado fuerza mucho antes desde la constitución de Cúcuta de 1821en el artículo 157, y constitución de 1886 en su artículo 45; donde todo esto abrió paso, para que se consagrara como derecho fundamental en nuestra constitución de 1991. Así pues, con este proyecto investigativo se tomara en cuenta los modelos de derecho de petición de los países ya nombrados, como la evolución que ha tenido para así poder llegar a convertirse en un derecho fundamental.

        Mediante este proyecto investigativo, se extraerá información verídica de fuentes confiables desde los países de Venezuela, ecuador y Colombia, sobre sus  rangos constitucionales, datos jurisprudenciales y doctrinales frente al derecho de petición, para que los estudiantes de la fundación universitaria del areandina y de otros centros educativos puedan utilizar este proyecto como material de apoyo para el devenir de los diferentes trabajos investigativos relacionados con el tema.

        Considerando que el derecho de petición es de carácter fundamental para la vida cotidiana del ser humano, se tomara como referencia datos jurisprudenciales, doctrinales  de los países ya nombrados, para así, ya comparar similitudes y sacar diferencia sobre el derecho de petición en Colombia Uruguay y Venezuela

  1. MARCO TEÓRICO
  1. Marco histórico del derecho de petición.
  • COLOMBIA

La reseña histórica del derecho de petición en Colombia. Al respecto cabe resaltar que el derecho de petición “es uno de los más importantes para la evolución y concretización del estado civil. tanto en la sociología, como en la historia se evidencia que este derecho se presenta como medio para abolir la venganza personal, es decir, la posibilidad de hacer justicia por las propias manos. esto suponía un constante estado de caos y de desorden en el que el orden jurídico era impotente para hacer efectivo el imperio del derecho. no obstante, este mecanismo de venganza se deja de lado estableciendo un aparato objetivo para la resolución de disputas en el que las personas acudían a la autoridad para obligar al infractor a resarcir por los daños ocasionados. al decaer la venganza personal y dar paso al régimen de autoridad, el gobernado recurre a ella solicitando su intervención, que por cierto, en un principio, no estaba obligada a dar solución a lo pedido. Por el contrario, la obligatoriedad de una respuesta surge cuando se instituye como “derecho de petición, es decir, como contenido de una garantía individual, que se plasmaba en la relación jurídica gobernado-gobernante”. (ATAHUALPA, 2004) y es así como en seguimiento de esa senda histórica, aparece constituida la petición como un derecho inherente al ser humano. Su aparición se remonta “hasta la edad media, especialmente en Inglaterra que es en donde adquiere realmente su importancia. Allí surgieron los principios fundamentales que aún hoy inspiran a este derecho y por ello mismo ha sido el lugar en donde mayor desarrollo jurisprudencial ha tenido (velloso, 1855). En la carta magna de 1215 (artículo 29) se encuentra de manera indirecta su reconocimiento. Luego de una evolución jurídica, pasa a estar plasmado directamente en el bill of rights de 1689 (artículo 5), en donde viene a proclamarse como un derecho de los súbditos, de presentar peticiones al rey, pero en el entendido de ejercerlo de manera correcta, 6 es decir, exento de indecencias y presiones (velloso,1856)”(atahualpa,2004) http://www.unilibre.edu.co/verbaiuris/images/stories/vol1/dc2.pdf

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