Teorias Del Nombre
Enviado por EuniceBarillas • 29 de Julio de 2013 • 1.050 Palabras (5 Páginas) • 316 Visitas
INTRODUCCION
Todas las personas del mundo poseen atributos inherentes a su naturaleza humana. “Con el nombre de persona se designa a todo ser capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones”. Por lo tanto, sin distinguir condición, todos las personas nacen con ciertos derechos que les deben acompañar durante toda su vida puesto que les sirven para identificarse a sí mismos, con relación a los demás y como individuos pertenecientes a determinado Estado. Los atributos de la personalidad son derechos personales que nacen y mueren con la persona y que no se gastan, ni se venden, ni se transmiten.
Los atributos de la personalidad nacen posible que el ser humano se reconozca como un ser único e irrepetible en la sociedad. En este sentido los atributos que le son útiles para establecer una identidad son los atributos que le son útiles al ser humano para determinar su relación con los demás son los atributos de personalidad de capacidad y de estado civil. Así mismo, el ser humano puede identificar a partir de los atributos de la personalidad el rol que desempeña en su nación al ser él el sujeto que ejerce derechos y que contrae obligaciones. Es así como los atributos de la personalidad referentes a la nacionalidad y el patrimonio le ayuda a entender la relación que tiene con su nación.
EL NOMBRE
El nombre es una palabra que se da a las personas para hacerlos conocer y distinguirlo de los otros. En el artículo 3 del decreto 1260 de 1970 se le otorga el derecho a todas las personas a tener un nombre y un apellido.
En Colombia es posible cambiar el nombre cuando éste parece ridículo, causa incomodidad o existen muchos homónimos. Sin embargo, esto no significa que se pierdan los vínculos familiares. El Código Civil establece que para los hijos matrimoniales los apellidos son primero el del padre y después el de la madre; para los hijos extramatrimoniales se inscribirán los apellidos de la madre a menos que el padre lo reconozca; y, para los hijos adoptados se deben tener en cuenta cuatro hipótesis que dependen de si la adopción fue antes o después de la entrada en vigencia del Código del Menor y de la clase de adopción que se efectúe.
De igual manera, se autoriza la utilización de un seudónimo que es un nombre falso y que generalmente los escritores y artistas utilizan para evitar confusiones y proteger los derechos de autor. Este nombre falso se debe inscribir en el Libro de Registro de Varios que llevan los encargados del registro del estado civil.
DOMICILIO
El domicilio es el lugar en el que reside una persona con la intención de permanecer allí, y tiene por objetivo poder localizarla. El artículo 77 del código civil define el domicilio como un “lugar relativo a una parte determinada de un lugar de la unión o de un territorio” y, en los siguientes artículos, señala las presunciones de domicilio.
Toda persona mayor de edad es libre de escoger su domicilio. Los menores de edad o los incapaces deben tener el domicilio de sus padres o sus tutores.
ESTADO CIVIL
El estado civil es un atributo de la personalidad de personas naturales. En su sentido etimológico, el estado viene de la palabra griega statusque significa la condición o situación de una persona respecto a otras. El estado civil es un conjunto de situaciones jurídicas que determinan la posición de un individuo dentro de la sociedad. El estado civil es regulado por normas de orden público que no son modificables
...