Trabajo Colaborativo 1
Enviado por natalis_3 • 18 de Noviembre de 2014 • 475 Palabras (2 Páginas) • 205 Visitas
APORTE TRABAJO COLABORATIVO 1
“ADMINISTRACION DE SALARIOS”
JHON FREDDY MOSQUERA
GRUPO
332574_1
TUTOR
HUGO NELSON TATIS HERAZO
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA
PROGRAMA INGENIERIA INDUSTRIAL
CEAD NEIVA
2014
ACTIVIDADES
1. Cuándo y cómo se debe calcular la Retención en la Fuente para un asalariado en Colombia para el año 2014.
RETENCION EN LA FUENTE EN COLOMBIA
La nueva legislación que regula la aplicación de la tabla de tarifas de retención en la fuente señala dos condiciones, primero que el pago gravable se origine de una relación laboral o legal y reglamentaria y segundo que la persona natural se encuentre clasificado en la categoría tributaria de empleados.
La reforma tributaria trae consigo cambios importantes en lo que corresponde al concepto de empleado, en esta nueva definición incluye a profesionales, que aunque se encuentren bajo la modalidad de contrato por prestación de servicios, serán considerados empleados cada vez que no necesiten utilizar maquinaria, equipo o materiales especializados y que sus ingresos correspondan a un 80 % del ejercicio de su actividad.
Se entiende por empleado toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan, en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%), de la prestación de servicios de manera personal o de la realización de una actividad económica por cuenta y riesgo del empleador o contratante, mediante una vinculación laboral o legal y reglamentaria o de cualquier otra naturaleza, independientemente de su denominación.
Se debe calcular en los meses de diciembre y de junio de cada año, y se tomara el promedio de los 12 meses anteriores al mes en el que se hace el cálculo, es decir que si se hace el cálculo en diciembre de 2013, se tomaran los ingresos desde el mes de diciembre de 2012 hasta noviembre de 2013; si el cálculo se hace en junio de 2013, se tomaran los ingresos desde el mes de junio de 2012 hasta mayo de 2013.
En el caso que el empleado lleve menos de un año trabajando, se tomaran en cuenta los meses que lleve y se dividirá por ese mismo número. Ejemplo: si el empleado lleva laborando 10 meses, se sumaran los ingresos de esos 10 meses y una vez depurados se dividirán por 10 para determinar la base. Recuerde que cuando se lleva un año o más, la sumatoria resultante de los 12 meses anteriores se dividirá en 13. Luego, mensualmente, se sigue el mismo tratamiento que en el procedimiento 1 para efectos de determinar la base mensual de retención, a la cual se le aplicara el porcentaje fijo semestral calculado en junio o diciembre, puesto que una cosa
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