Trabajo final de Practica Juridica I.
Enviado por marlcg • 22 de Agosto de 2016 • Documentos de Investigación • 5.995 Palabras (24 Páginas) • 975 Visitas
Universidad Abierta Para Adultos
(UAPA)
Asignatura
Práctica Jurídica I
Trabajo Final
Diferentes Demandas
Sustentado por:
Nombre: Marlene de la Cruz García Matricula: 13-2890
Presentado A:
___________Lic. Manuel Coronado__________
Nagua, Prov. María Trinidad Sánchez, RD.
Agradecimientos:
Al doctor Coronado por su gran dedicación para con nosotros y su empeño para mostrarnos y darnos la facilitación de entender y aprender a instrumentar las diferentes demandas.
A la vez decirle que fue de grato placer cursar este bimestre con una persona con tan gran intelectual y capacidad para aclararnos cada una de las dudas que se le planteo durante el mismo, esperando que esta asignatura no sea la última que nos imparta.
Índice
Objetivos…..……………………………………………………………………4
Introducción……………………………………………………………………5
Desarrollo………………………………………….................................6
Conclusión…………………………………………………………………...…29
Bibliografía………………………………………………………….………….30
Objetivos:
Objetivos generales:
Acaparar todos los conocimientos posibles sobre dicha investigación.
Objetivos específicos:
Lograr mis metas trazadas de llegar a obtener todos los conocimientos posibles para así poder redactar las diferentes demandas que se ven a diario.
Introducción:
La demanda se define como la cantidad y calidad de bienes y servicios que pueden ser adquiridos en los diferentes precios del mercado por un consumidor o por el conjunto de consumidores (demanda total o de mercado).
En el mismo Trabajo se estarán redactando diferentes demandas de las cuales espero que me sean de mucha ayuda para un futuro no lejano.
Al Magistrado Juez del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de Santa Bárbara de Samaná, en Atribuciones Civiles.
Asunto:
Demanda en Revocación y Designación de Guarda
Solicitante:
Tommaso Catroppa
Demandada:
Altagracia Oneluz Ruiz.
Honorable Magistrado:
El señor Tommaso Catroppa, ciudadano italiano, mayor de edad, casado, comerciante, portador del pasaporte número T978396V, domiciliado y residente en la calle el malecón, apartamento no.3, de esta ciudad de Samaná provincia Santa bárbara de Samaná, República Dominicana,
quien tiene como abogado constituido y apoderado especial a la LICDA.MARLENE DE LA CRUZ GARCIA , dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral número 060-0019923-9, matriculado en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la Oficina de Abogados De la Cruz & Asociados, situada en la calle Duarte No. 1, en el segundo nivel de la edificación marcada con el número 7 , en este municipio de Las Terrenas, Samaná, República Dominicana, lugar donde tanto el impetrante como su abogado constituido y apoderado especial hacen formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente demanda, tiene a bien de la manera más respetuosa, exponerle y posteriormente solicitarle lo siguiente :
HECHOS:
ATENDIDO : Que los señores Tommaso Catroppa y Altagracia Oneluz Ruiz convivían maritalmente, decidiendo en fecha posterior a su concubinato formalizando su relación contrayendo matrimonio en fecha primero (1) del mes de septiembre del año dos mil (2000) en la ciudad de Bellinzona, Suiza;
ATENDIDO: Que producto de la relación mencionada en el párrafo anterior, los señores Tommaso Catroppa y Altagracia Oneluz Ruiz procrearon a las menores Michel, Julia María y Laura Catroppa;
ATENDIDO: Que fruto de las desavenencia conjúgales, Tommaso Catroppa y Altagracia Oneluz Ruiz, se encuentran actualmente separados, y además, porque la señora Altagracia Oneluz Ruiz se marchó de la casa en que convivía con el señor Catroppa;
ATENDIDO: Que luego de la separación de los esposos en cuestión, se han suscitado una gran cantidad de problema, todo ello en torno a las menores por ellos procreadas, al punto de que el señor Catroppa se vio en la necesidad extrema de demandar en fecha veintiuno (21) del mes de junio del año dos mil cuatro (2014) la guarda de las menores antes mencionadas;
ATENDIDO: Que luego del señor Catroppa demandar la guarda de las menores no obstante a que el señor Darío Faringthon Holguín, reconocer que los menores Darío Pavel Cabrera y Carla Darisa Cabrera, son sus hijos, a la fecha no ha reconocido a los mismos, situación está, que está causándoles inconvenientes tanto a la madre como a los menores;
DEL DERECHO:
POR CUANTO: Que copiado textualmente el artículo 63 de la ley 146-2003, refiriéndose al reconocimiento dice “MODALIDADES DE RECONOCIMIENTO. Los hijos e hijas concebidos fuera del matrimonio podrán ser reconocidos por su padre de manera individual, al producirse el nacimiento o con posterioridad a él, ya sea declarándolo ante el Oficial del Estado Civil, por testamento o mediante acto autentico, sin importar la situación jurídica de la relación de la cual provenga.
PARRAFO III.- La madre podrá proceder a demandar judicialmente el reconocimiento de un hijo o hija desde su nacimiento hasta su mayoría de edad. En ausencia o imposibilidad de la madre, el responsable o tutor puede iniciar la acción en reconocimiento. ”
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