Tratados Comerciales (Tarea 4)
Enviado por khan93 • 15 de Septiembre de 2014 • 2.390 Palabras (10 Páginas) • 458 Visitas
Nombre: José Francisco Arellano Márquez Matrícula: 2523026
Nombre del curso: Tratados comerciales de México Nombre del profesor:
Guillermo Alejandro García Linan
Módulo:
1° Tratados comerciales internacionales y su análisis legal Actividad:
Reglamentaciones que existen para la creación de tratados comerciales internacionales (Tarea 4)
Fecha: 12 / Sep / 2014
Bibliografía:
° http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122007000100007
° http://derecho.laguia2000.com/derecho-internacional/derecho-interno-y-derecho-internacional
Contreras, F. (2006). Derecho internacional privado: Parte Especial. (2ª Ed.) México.: Oxford. (ISBN: 9789706138279)
Título:
Reglamentaciones que existen para la creación de tratados comerciales internacionales
Introducción:
La formación de una comunidad internacional coherente, armónica y eficaz constituye actualmente una reconocida necesidad de los países. En el Derecho Internacional general la institución de la reserva a los tratados, codificada mediante la Convención de Viena del Derecho de los Tratados, constituye sin lugar a dudas un instrumento jurídico fundamental para la expansión de la comunidad internacional. Sin embargo en el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, podría llegar a constituir un obstáculo para la adecuada protección de los derechos reconocidos en los tratados sobre la materia, conduciendo bajo ciertas circunstancias, a una violación del objeto y fin de dichos tratados.
Antes de pensar en las reglamentaciones internacionales es importante conocer el conjunto de normas jurídicas internas que rigen en nuestro país el comercio exterior. En México es facultad del Congreso de la Unión establecer contribuciones al comercio exterior, lo que genera en consecuencia que todas las leyes que analicemos serán del orden federal, pues al ser esta una facultad expresa de la federación, las entidades federativas no pueden expedir regulación alguna al respecto.
Asimismo, tenemos la Ley Aduanera de los Estados Unidos Mexicanos que regula la entrada y salida de mercancías del país, es decir, las importaciones y exportaciones; el Sistema Tarifario Mexicano que abarca el conjunto de disposiciones tomadas por el gobierno para el establecimiento del sistema arancelario y legislación complementaria, con la finalidad de regular el intercambio de mercancías y servicios con el exterior.
Por lo tanto es importante también estudiar el Sistema General de Preferencias, el Arbitraje Comercial y el Reglamento de la Ley para promover la inversión mexicana y regular la inversión extranjera, todo esto para poder optimizar estas reglamentaciones en el incremento del intercambio comercial internacional de las empresas mexicanas.
Desarrollo:
Reglamentaciones y el hecho de que el derecho interno de México muestra una clara incompatibilidad con el derecho internacional
Existen dos tipos de derechos: Interno e internacional.
El Derecho interno es el conjunto de normas que rigen con carácter general y coactivo en el territorio de un estado, entre particulares o instituciones de estos con el estado. Mientras que el derecho internacional está formado por las normas jurídicas internacionales que regulan las leyes de los Estados.
Con el paso del tiempo, han surgido dos teorías diferentes sobre el derecho interno y el derecho internacional.
La primera sostiene que el Internacional y el interno son derechos que aunque están separados, también están contactados entre ellos mismos, y sus normas no tienen vigencia en una forma directa, salvo que hayan sido incorporadas al Derecho Interno.
Pero la segunda teoría, considera que ambos derechos conforman un único derecho y por lo tanto como no aceptan una contradicción entre ambos, en el peor de los casos, una de los dos derechos deberá anularse.
La creación y ampliación de la comunidad internacional ha llevado a un desarrollo creciente del Derecho Internacional, lo que resulta evidente si se observa el aumento de las relaciones bilaterales, así como las numerosas relaciones multilaterales en los más diversos ámbitos.
Existen solo 5 etapas para la celebración de un tratado internacional:
1° Negociación: Durante esta etapa, los representantes de los Estados interesados en celebrar el acuerdo buscan llegar a un consenso en cuanto al contenido y el texto del tratado, incluyendo en qué idioma o idiomas se redactará el documento.
2° Aprobación del Texto: Una vez alcanzado el consenso durante la etapa de negociación, la aceptación del texto implica la formalización del contenido del tratado mediante su redacción literal. Debe incluir título, preámbulo, exposición de motivos, cuerpo, disposiciones finales y pie.
3° Suscripción: Una vez adoptado el texto, se da la validez por medio de la firma de las partes interesadas.
Puede ser de dos tipos:
*Definitiva: El acuerdo adquiere obligatoriedad al firmarse. Es la forma menos común de poner en marcha un tratado.
* Ad Referéndum: Es la forma más común y consiste en darle autenticidad al tratado, pero la obligatoriedad no entra en vigor hasta que se lleven a cabo las demás etapas y se ratifique el tratado.
4° Ratificación y Adhesión: Por medio de estos instrumentos, los Estados manifiestan su voluntad de quedar obligados por el tratado. La ratificación se realiza por los Estados que participaron en la realización del tratado, mientras que la adhesión se realiza por aquellos que no lo negociaron pero que aceptan regirse por sus disposiciones previo cumplimiento de sus requisitos.
Hay dos momentos para realizar la ratificación:
* La aprobación interna: Aquí se incluyen los requisitos nacionales para aprobar tratados y otorgar facultades al Estado para adherirse a él.
* Ratificación internacional: Una vez aprobada internamente, se da a conocer el consentimiento a las demás naciones interesadas.
La ratificación puede ser pura o simple cuando se acepta la totalidad del texto del acuerdo o puede sujetarse a condición cuando se otorga el consentimiento con reservas y declaraciones interpretativas.
Normalmente, el instrumento de ratificación se deposita entre un Estado u organismo internacional, que fungiría como depositario.
5° Registro y Publicación: Debido a los principios de seguridad jurídica, es necesario registrar y publicar los tratados para dar a conocer su celebración, así como
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