Traumatologia Forence
Enviado por ivanescalo • 24 de Enero de 2013 • 3.911 Palabras (16 Páginas) • 369 Visitas
TRAUMATOLOGIA FORENCE
No significa solamente las lesiones que nos damos en los huesos; sino que, significa toda lesión o menoscabo realizado en el cuerpo humano, que generalmente se va a investigar si fueron cometidos usando armas de fuego, armas blancas u objetos contundentes.
La traumatología forense significa todos los traumas ocurridos, cometidos o llevados a cabo en el cuerpo humano; bien sea por un accidente de tránsito, por lesiones autos infringidos o propinados por un tercero; por un intento de suicidio o por un homicidio. La Traumatología forense lo que trata de indagar es el objeto con el cual se cometió el hecho punible, en cualquiera de las tres vertientes (accidente, Suicidio u homicidio).
La traumatología forense investiga si la lesión se produjo con un arma de fuego, un arma blanca (objeto cortante, punzante o punzo cortante) un objeto contundente (piedras, palos) o por objetos que poseen una fuerza física inherente a su condición como pueden ser la pared, la puerta; un objeto que generalmente lo que produce en el cuerpo humano son lesiones que no tienen ni abertura ni sangrado; por lo tanto son lesiones cerradas, que se producen de manera interna, como son por ejemplo, los chichones, los hematomas que no se abren, no se cortan, no sangran externamente, pero que internamente producen una lesión que puede incluso llegar a ser mortal, como sería una lesión en un órgano vital (hígado, corazón, riñón, baso), que como consecuencia de dicha lesión pueden presentar desprendimiento y causar la muerte.
Las lesiones se pueden producir por objetos hacia los cuales sean lanzados las personas como, por ejemplo; el precipicio, el piso, la carretera, un poste, una pared; por el impacto de un vehículo, etc., que puede producir trauma, que comúnmente escuchamos mencionar como traumatismos craneoencefálicos cerrados o abiertos; caso en el cual podremos hablar de la herida contusa, la herida del hematoma; las heridas con derrame linfáticos, sin derrame y en el caso de las armas blancas nos referiríamos a heridas cortantes, punzantes y punzocortantes; y para el caso de las armas de fuego, pueden ser heridas a contacto; heridas a próximo contacto y heridas a distancia; todas las cuales podrán ser determinadas por el experto o forense; y además se determinará si las lesiones se produjeron en vida o post morten.
MEDICO Y JURIDICO DE LESION Y SUS EQUIVALENTES.
1.- Delito y la falta según el Código Penal (Homicidio y Suicidio)
Las Faltas y su regulación en el Ordenamiento Jurídico Venezolano, el Libro Tercero del Código Penal ampara todo lo concerniente al régimen sustantivo de las faltas, sin embargo, no contribuye con definición alguna sobre el particular.
De hecho, la intención del legislador de dividir los hechos punibles bajo una estructura bipartita no encuentra una justificación explícita. Con fines únicamente didácticos, interesante es discernir las características principales que diferencian las faltas de los hechos que la ley incrimina como delitos.
En cuanto a la sanción: los hechos que integran las faltas tienen asignados penas mucho más leves que las que se aplican a los delitos, en las faltas, basta la simple infracción legal, acción u omisión para incurrir en responsabilidad, siendo indiferente el elemento subjetivo de la culpabilidad, la falta sólo es punible cuando se ha consumado y no en el grado de tentativa ni en la de frustración, de las faltas sólo son responsables los autores y los cómplices, mientras que, en caso de delito, la responsabilidad se extiende igualmente a los encubridores.
Un delito es aquella acción (conducta activa) u omisión (no hacer, conducta pasiva) que realiza una persona, que puede ser calificada como dolosa (intencionada) o imprudente y que es sancionada por la ley.
El delito de homicidio en Venezuela consiste en quitar la vida a una persona con la voluntad o la intención de hacerlo. También puede ser el resultado de una imprudencia grave (por ejemplo, un atropello, una negligencia médica… etc.) este hecho punible está castigado con la pena de prisión de 12 a 18 años según lo establece nuestro código penal.
El tratado de Homicida que el código penal venezolano pone a disposición de la comunidad jurídica, es la obra más moderna y actualizada publicada en Venezuela sobre la materia, y abarca el conocimiento de esta importante rama del Derecho, haciendo especial énfasis en la caracterología del homicida en general y del homicida venezolano en particular. Se estudian los factores que inciden en la criminalidad y las diversas modalidades del delito en Venezuela, trayendo a colación casos emblemáticos, de homicidios ocurridos en el país. Se analiza la delincuencia juvenil, el crimen organizado, la prevención del delito, el estudio de las víctimas, el tratamiento de los homicidas y las penas que les son proporcionadas por atentar y dar muerte a una persona.
El homicidio es un fenómeno social de consecuencias relevantes por lo general, ha presentado tendencias al alza en los últimos años en Venezuela. Dicha tendencia no obstante, no es exclusiva en la sociedad venezolana, sino que presenta abiertamente en otros países de nuestro entorno continental.
El Código Penal Venezolano, desarrolla la materia sustantiva del Derecho Penal; su estructura está dividida en Libros que desglosan cada una de las materias relevantes para esta rama del Derecho. El Libro Segundo, Titulo IX trata sobre los Delitos Contra las Personas, en esta oportunidad hablaremos sobre el Delito de Homicidio, tipificado desde el artículo 405 al artículo 412 de dicha ley.
El Homicidio es un delito que consiste en matar a otra persona. Etimológicamente se descompone en homo (hombre) y cidium, derivado de caedere, matar. Es una conducta reprochable, es decir típica, antijurídica y por regla general culpable (excepto en casos de inimputabilidad, donde no se es culpable pero si responsable penalmente) que consiste en atentar contra el bien jurídico de la vida de una persona física.
Dentro del Homicidio encontramos dos tipos de sujetos:
Sujeto Activo: Es aquel que ejecuta la conducta de acción o de omisión, para producir el resultado muerte, es decir, el homicida.
Sujeto Pasivo: Es el individuo titular de la vida humana, la víctima del Homicidio. El muerto.
El artículo 405 señala lo siguiente: "El que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona será penado con presidio de doce a dieciocho años". La conducta aquí establecida es la del Homicidio Intencional el cual puede ser: Simple, Agravado (art. 407) o Calificado (art. 406).
El suicidio es un delito que consiste en ejercer una influencia física o mental sobre la víctima para conseguir que en un momento dado ésta cometa suicidio. Es una conducta penada
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