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Universalidad de los derechos humanos


Enviado por   •  24 de Marzo de 2021  •  Síntesis  •  1.139 Palabras (5 Páginas)  •  110 Visitas

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El texto Los principios de Universalidad, Interdependencia, Indivisibilidad y Progresividad. Apuntes para su aplicación práctica, de Luis Daniel Vázquez y Sandra Serrano, analiza los derechos humanos contenidos en la Constitución Política y tratados internacionales y la aplicación que la normativa le otorga en el margen de la reforma al artículo 1º Constitucional, desde el punto de vista de los principios de Universalidad, Interdependencia, Indivisibilidad y Progresividad, como una red que se entreteje relacionando a unos derechos con otros, formando a la vez un todo indivisible. Analiza los cuatro principios (Universalidad, Interdependencia, Indivisibilidad y Progresividad) desde la explicación conceptual y la aplicación práctica de cada uno de ellos.

La universalidad de los derechos humanos parte del punto en que tales derechos “son expectativas formadas en todas las personas con relación a la acción u omisión de los Estados, las empresas, los poderes fácticos y del resto de las personas respecto a ciertos bienes primarios constitutivos de lo que se considera dignidad humana”, los derechos humanos son aquellas pretensiones indispensables e inalienables a toda persona que al ser aplicados garantizan el desarrollo de la dignidad humana de ahí que el principio de universalidad se sostiene desde el punto de vista de la relevancia de su contenido moral.

Por lo tanto los derechos humanos son universales porque se aplican a todos los seres humanos independientemente de su condición y deben ser reconocidos para todas las personas, sin distinción de ningún tipo, en cualquier contexto político, jurídico, social, cultural, espacial y temporal, deben ser protegidos eficazmente a través del aparato jurídico y los diferentes instrumentos internacionales creados para tal efecto.

El texto también analiza la universalidad de los derechos humanos desde el contexto histórico, que nos permite observar el surgimiento de nuevos derechos, pero también cuestiona la realidad de que los derechos humanos solo representan a una parte de la cultura, la occidental, lo que cuestiona el principio de universalidad ya que al existir una pluralidad cultural también existen diferentes formas de construir la idea de una vida digna lo que sugiere la necesidad de construir diálogos interculturales basados en las necesidades específicas de cada cultura de concebir la idea de una vida digna.

La universalidad de los derechos humanos descansa en el hecho que todos los seres humanos merecen una vida digna y que es solo a través del goce y disfrute de estos derechos que se puede alcanzar este objetivo, sin embargo existen derechos especiales que se aplican a grupos específicamente vulnerables con el propósito de lograr la igualdad frente a otros grupos con diferentes características, es por ello que los grupos indígenas o personas con discapacidades gozan de derechos especiales que son necesarios e indispensables para alcanzar el pleno desarrollo de una vida digna.  

El principio de indivisibilidad concibe a los derechos humanos como un todo, según este principio, todos los derechos humanos se encuentran unidos formando una sola estructura, por lo que la realización o violación de un derecho impacta en los otros derechos aunque no exista una dependencia inmediata entre ellos, así también “la promoción, el respeto y el disfrute de ciertos derechos humanos y libertades fundamentales no pueden justificar la denegación de otros derechos humanos y libertades fundamentales”, por tanto las acciones de los Estados deben estar encaminadas a respetar, proteger, garantizar y promover cada uno de los derechos humanos.

El principio de interdependencia expresa la vinculación que existe entre cada uno de los derechos humanos, mientras que la indivisibilidad es la imposibilidad de la separación entre ellos la interdependencia  establece reciprocidad entre ellos, por lo tanto “la existencia real de cada uno de los derechos humanos solo puede ser garantizada por el reconocimiento integral de todos ellos”.

Todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales deben comprenderse como un conjunto, cada derecho  tiene la misma importancia que lo demás y es necesario en la misma medida para el desarrollo de la persona, el goce y disfrute de uno de ellos garantiza los otros derechos, ya que al ser interdependientes unos de otros, la violación de uno de ellos genera la violación de los demás.  

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