Uso De Los Aditivos
Enviado por yonijuan • 28 de Mayo de 2013 • 6.979 Palabras (28 Páginas) • 295 Visitas
GUIA DE DOSIS DE USO DE LOS PRINCIPALES COLORANTES, CONSERVANTES Y ANTIOXIDANTES ALIMENTARIOS
COLORANTES
E 100 Curcumina: Se puede utilizar sin más límite que la buena práctica de fabricación en muchas aplicaciones, con excepciones como las conservas de pescado, en las que el máximo legal es 200 mg/kg, las conservas vegetales y el yogur, en las que es 100 mg/kg, y en el queso fresco, en el que este máximo es sólo 27 mg/kg.
Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (50 mg/kg).
En embutidos picados crudos y cocidos, curados hasta 20 ppm
El colorante de la cúrcuma se absorbe relativamente poco en el intestino, y aquel que es absorbido se elimina rápidamente por vía biliar. Tiene una toxicidad muy pequeña. La especia completa es capaz de inducir ciertos efectos de tipo teratogénico en algunos experimentos.
La dosis diaria admisible para la OMS es, provisionalmente, de hasta 0,1 mg/kg de colorante, y 0,3 mg/kg de oleorresina.
E 101 Riboflavina o Lactoflavina: En España se limita su uso en el yogur a 100 mg/kg y en las conservas de pescado a 200 mg/kg. En otros productos no tiene limitación. Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (50 mg/kg).
Las necesidades de riboflavina para una persona normal se situan en torno a los 2 mg/día. La dosis diaria aceptable es de hasta 5 mg/kg de peso.
101a Riboflavina-5-fosfato: Verduras en salmuera o aceite, cubierta de quesos en cantidades según las BPM. Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (50 mg/kg).
E 102 Tartrazina: Según las legislaciones en algunas de ellas se prohíbe el uso para cierto grupo de alimentos. Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas.
E 104 Amarillo de quinoleína: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (50 mg/kg).
E 110 Amarillo anaranjado S, amarillo ocaso FCF, amarillo sunset: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (100 mg/kg).
E 120 Cochinilla, ácido carmínico: Obtenido del insecto parasitario del género Cacttus, el Dactilopius coccus . Confiere a los alimentos a los que se añade un color rojo muy agradable, utilizándose en conservas vegetales y mermeladas (hasta 100 mg/kg), helados, productos cárnicos y lácteos, como el yogur y el queso fresco (20 mg/kg de producto) y bebidas, tanto alcohólicas como no alcohólicas. Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (50 mg/kg). El queso rojo jaspeado puede contener hasta 125 ppm.
En embutidos picados crudos y cocidos, curados hasta 100 ppm. En chorizos y salchichón se usa hasta 200 ppm.
No se conocen efectos adversos para la salud producidos por este colorante.
E 122 Azorrubina: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (20 mg/kg). Se usa para frutas rojas en almíbar.
E 123 Amaranto: Se permite su uso en vinos aromatizados, bebidas alcohólicas menores a 15G.L. más 30 ppm.
E 124 Rojo cochinilla A, Ponceau 4R: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (50 mg/kg). En chorizos y salchichón hasta 250 ppm.
E 127 Eritrosina: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (50 mg/kg). Sólo se permite para las cerezas en cóctel o confitadas hasta 200ppm, en dulces de cerezas y en cócteles de frutas hasta 150 ppm.
E 131 Azul patentado V: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (50 mg/kg).
E 132 Indigotina, carmín de índigo: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (100 mg/kg).
E 140 Clorofilas: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (500 mg/kg).
E 141 Complejos cúpricos de clorofilas y clorofilinas: Su empleo está limitado, en el queso a 600 mg/kg, solo el E-140, y en algunas conservas vegetales y yogures a 100 mg/kg.
Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (200 mg/kg).
Estos colorantes se absorben muy poco en el tubo digestivo.
No se ha establecido un límite máximo a la ingestión diaria de la clorofila utilizada como aditivo, ya que esta cantidad es despreciable frente a la ingerida a partir de fuentes naturales. La ingestión admisible del colorante E-141 es de hasta 15 mg/kg de peso y día, debido a su contenido en cobre (4-6% del peso de colorante). Una cantidad elevada de cobre puede ser muy tóxica.
E 142 Verde ácido brillante BS, verde lisamina: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (100 mg/kg).
E 150a Caramelo natural o Caramelo I: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, gomas de mascar (500 mg/kg).
E 150b Caramelo de sulfito caústico o Caramelo II: En España, el caramelo tiene la consideración legal de colorante natural y por tanto no está sometido en general a más limitaciones que las de la buena práctica de fabricación, con algunas excepciones como los yogures, en los que solo se aceptan 159 mg/kg de producto.
E 150d Caramelo de sulfito amónico o Caramelo V: En el caso de los tipos III y IV la situación es algo distinta, ya que la presencia de amoniaco en el proceso de elaboración hace que se produzca una substancia, el 2-acetil-4-(5)-tetrahidroxibutilimidazol, que puede afectar al sistema inmune. También se producen otras substancias capaces de producir, a grandes dosis, convulsiones en animales.
Por esta razón el comité FAO/OMS para aditivos alimentarios fija la ingestión diaria admisible en 200 mg/kg de peso para estos dos tipos.
En vinagres se usa los distintos tipos de caramelo en cantidad que permite las BPM.
E 151 Negro brillante BN: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (50 mg/kg).
E 153 Carbón medicinal vegetal: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, gomas de mascar (1500 mg/kg).
E 160a Alfa, beta y gamma caroteno: Se permite su uso en confitería, pastas de frutas, frutas confitadas, gomas de mascar (100 mg/kg).
En embutidos picados crudos y cocidos, curados hasta 20 ppm.
E 160b Bixina, norbixina, rocou, annatto: Se permite su uso en margarina, preparados grasos y grasas no emulsionadas hasta 10 ppm. En confitería, pastelería, repostería, bollería,
...