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Voto en el extranjero.


Enviado por   •  8 de Marzo de 2017  •  Ensayo  •  1.631 Palabras (7 Páginas)  •  433 Visitas

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VOTO EN EL EXTRANJERO

Las constituciones de los países democráticos otorgan el derecho al voto a todos los ciudadanos, a veces hay excepciones como en el caso de quien legalmente están privados de su libertad. Han optado por dejar a la legislación ordinaria la regulación del voto de sus nacionales en el extranjero. Mientras el voto en el país es obligatorio, el voto del nacional residente en el extranjero es complemente voluntario como es el caso de Argentina, Australia, Austria y Portugal. Sin embargo en la legislación peruana declara obligatoria esa clase de voto e impone una multa por no cumplir con esa obligación.

En Colombia la ley 39 de 1961autorizo a los ciudadanos que se encontraran en el exterior a cumplir con lo que la constitución vigente en ese momento denominaba “función constitucional del voto”.

La constitución de Brasil contempla el derecho electoral desde un primer momento. En sus artículo primero,  párrafo único, afirma que todo el poder emana del pueblo, que lo ejerce por medio de representantes electos o directamente en los términos de la constitución.

La república de Guinea es un país subsahariano de áfrica occidental, la ley prevé la participación de los guineanos en el extranjero en las elecciones del presidente de la república.

En Angola la legislación de 1992 faculta a los ciudadanos residentes en el extranjero a participar en las elecciones legislativas.

Mozambique en su ley electoral de 1993 establece el voto en el extranjero para las elecciones legislativas de todos los ciudadanos que tengan más de un año de haber emigrado, salvo en el desempeño de funciones oficiales. El voto será personal en sedes de embajadas y consulados.

En Panamá su ley electoral de 1994 dispone que a partir del año 2004, los ciudadanos en ejercicio de sus derechos políticos residentes en el extranjero podrán votar para presidente y vicepresidente.  

VOTO DE LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

El instituto federal electoral, desempeña dentro de su propia naturaleza un fin de carácter doble, la organización de los procedimientos para el ejercicio de los derechos políticos-electorales de los ciudadanos mexicanos de los ciudadanos mexicanos y la promoción de la cultura democrática en México. Además de ser facultades y objetivos expresamente establecidos por la ley.

El número de mexicanos residentes en el extranjero es especialmente alto, bajo cualquier estándar. Cerca del 99% vive o trabaja en EU, en otros cuantos países latinoamericanos y europeos vive el 1%.

 El IFE no debe decir si se puede votar o no  en el extranjero, sino más bien, que mecanismos deben quedar integrados en la ley y en los órganos públicos respectivos para que este derecho pueda ser ejercido por los mexicanos residentes en el  extranjero.

El problema de voto ha acompañado a los mexicanos a lo largo de toda la vida independiente, unas veces porque ha sido causa de discordia interna, pero otras porque han formado parte de los conflictos con el extranjero. De acuerdo con el artículo 35 de la Cata Magna, el sufragio es un derecho es un derecho de los ciudadanos, y el articulo 36  lo maneja como una obligación. Por lo tanto el sufragio tiene una doble función ya que es el ejercicio de un derecho en tanto que significa una forma de libertad, pero es una obligación, porque el voto constituye una forma de integrar la voluntad colectiva.

En México, durante décadas el sufragio fue un derecho ejercido con desgano y una obligación mal cumplida. Aun que fueron adoptadas diversas estrategias encaminadas a influir en el ciudadano a través de mensajes publicitarios, exhortando a votar sin señalamiento de predilecciones.

La inquietud del voto a los residentes mexicanos en el extranjero nació en líderes de la comunidad mexicana residentes en los Estados Unidos durante los años 70´s  quienes expresaron dicha inquietud al gobierno mexicano. El gobierno y los cuatro partidos políticos representados en el Congreso de la Unión firmaron el Acuerdo Político Nacional en 1995. En IFE organizo durante julio de 1995 un foro nacional de consulta para examinar diversos temas de la reforma político-electoral.

Cuando la argumentación a favor del voto a los mexicanos en el extranjero alcanzo su punto fuerte, las diferentes fuerzas políticas todavía no consideraban garantizada la imparcialidad electoral en el interior del país. Las reformas electorales de 1994 y 1996, que complementaron las emprendidas a partir de 1997, cambiaron el panorama político sobre la conciencia del respeto al voto.

El I FE ha tenido una participación destacada, no solo como la máxima autoridad en la materia electoral, sino como, una instancia técnica imparcial. A partir de la reforma constitucional aprobada por el congreso de la unión en 1996, que estableció las bases para materializar el voto de los mexicanos residentes en el extranjero mediante la suspensión de la fracción III del artículo 36 que establecía que los ciudadanos debían votar en su distrito.

El 20 de marzo de 1998 entro en vigor una reforma a la Constitución Política conforme a la cual es posible la doble nacionalidad y así se reforzó la capacidad de las autoridades mexicanas para proteger a los mexicanos en el extranjero, sobre todo EUA.

Después de un largo proceso de deliberación y debate que se prolongó por casi diez años, el Congreso finalmente aprobó en el mes de junio del 2005 una reforma legal que contempla el voto de los mexicanos en el extranjero únicamente para las elecciones presidenciales. Así, los mexicanos residentes en el extranjero tuvieron oportunidad de votar por primera vez en las elecciones presidenciales celebradas en julio de 2006. La fórmula prevista para ello implicó una novedad adicional: el uso de la modalidad de voto postal, sin precedente en el país.

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