Autonomia voluntad
Enviado por michelita115 • 4 de Noviembre de 2015 • Ensayo • 1.256 Palabras (6 Páginas) • 396 Visitas
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ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE PUEBLA.
MAESTRIA EN DERECHO NOTARIAL, CONTRACTUAL Y REGISTRAL.
MICHELLE ALINE SANCHEZ FICACHI Y MOGUEL.
SOCIEDADES ANONIMAS.
AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD.
MTRO. CARLOS MANUEL LEMINI AVILA.
OCTUBRE,2015.
Para aboradar este tema, es importante mencionar la importancia de la voluntad, ya que la autonomia de la voluntad es un principio basico en los contratos, la relevancia de este principio es basica ya que es la expresion del indiviudo al tomar sus decisiones con libertad, escoger sus intereses, realizar negocios juridicos y cualquier accion que ellos decidan. En materia de contratos, la ley suprema es la voluntad.
Cuando la voluntad se manifiesta, en un acto que requiere este principio de autonomia, entonces crea consecuencias juridicas. Entonces podemos resumir que la autonomia de la voluntad se lleva acabo mediante la creacion de negocios juridicos o actos, pero no solo se traduce en la cracion, modificacion o la extincion, si no que tambien posibilita el poder determinar los deberes, los derechos, el contenido y objeto, para que el acto sea conforme la volutad de las personas.
La autonomía de la voluntad mas allá de ser considerada como uno de los principios más importantes en el Derecho Civil, considerada como la libre facultad de los particulares para celebrar el contrato que les plazca y determinar sus efectos, contenido y duración; no es admitida de forma absoluta, por cuanto tiene restricciones previstas en la ley y otras que se desprenden de las circunstancias o de las situaciones de hecho.
Existe autonomía cuando se ejerce un poder con libertad y capacidad para manifestar el propio propósito, sin embargo como todo, existen límites, como toda libertad, limita con la libertad de los demás. Implica así la autonomía de la voluntad la cuestión de determinar el rango en que la voluntad puede expresarse y regir para los demás, su esfera de influencia, su marco de actuación y el ámbito en que es autónoma esa voluntad individual.
Por otra parte este limite se entiende que autonomia privada no puede ser absoluta, ya que no tendria un limite el arbitrio individual, por eso las limitantes.
Nadie puede ser obligado a realizar un negocio juridico en contra de su voluntad.
En el derecho encontraremos dos tipos de normas: las normas dispositivas y las imperativas.
Las normas dispositivas, son las que sirven para remplazar la autonomía de la voluntad en dónde la autonomía de la voluntad no se haya establecido expresamente. La imperativa actuara en todo caso, obligando el cumplimiento. Esto como un límite a la autonomía de la voluntad.
Las limitantes de la autonomía viene de una dinámica económica, reacciones de una decadencia de la misma autonomía.
Limitantes de la voluntad:
El orden público: marca una limitacion a la autonomía privada, si lo pactado afecta a los contratantes, ya que su funcion es proteger. El mejor ejemplo lo manejan los autores en materia laboral, refiriendo las relaciones obrero-patronales. El orden público determina que no sea absoluta, para que de esta manera los pocos límites no sean tan amplios para evitar hasta donde se puede un caos, pero tampoco que estos límites impidan en su totalidad la libertad de las partes al conducirse, esto para que exista la autonomia, la cuestión es medir de manera que exista un equilibrio.
Si en efecto el orden público tiene que encontrar su fuente en la ley, no se pueden identificar las normas imperativas y el orden público. Esto es por que las normas imperativas son con el objeto de proteger los intereses generales como particulares, mientras que lo específico del orden público es la defensa de intereses generales.
En los límites de la autonomía privada, encontramos que “no se puede derogar por convenios particulares, las leyes que interesen al orden publico y a las buenas costumbres”, esta parte rescatada del Código de Napoleón. Asi como en la lesgilación para el D.F establece que “los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de interés público, serán nulos”
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